Derecho penal en la antigüedad

AuthorGianni Egidio Piva Torres/Roymar Ali Armas Graterol
Pages71-98
71
| CAPÍTULO II |
Derecho penal en la antigüedad
SUMARIO: 1. Generalidades; 2. Derecho penal de los griegos; 3. Derecho Penal Ro-
mano/Evolución del Concepto de Delito; 3.1. Elementos para la comisión de un delito;
3.1.1. La persona; 3.1.2. La voluntad; 3.1.3. El hecho; 3.2. Ef‌icacia de la Ley Penal por
razón de las personas y del lugar; 3.3. Delitos Públicos y Privados en la Antigua Roma;
3.3.1. Delitos Privados-Generalidades; 4. Derecho penal Alemán/Germánica; 4.1. De-
recho Alemán/época Franca; 5. Derecho Penal Colombiano; 6. Formación histórica del
derecho penal español.
1. Generalidades
En este apartado realizaremos un breve bosquejo del derecho penal de
algunos pueblos muchas veces inquietantes uno de los otros, sea geográf‌ica o
culturalmente. No se trata de un trabajo antropológico, porque no es el obje-
tivo de esta obra, sino un trabajo de breve introducción conceptual a aspectos
penales de algunos pueblos. Por razones obvias no será posible hablar sobre
todos, pero en los siguientes párrafos encontraran los más importantes para el
estudio del derecho penal.
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EXEGESIS DEL DERECHO PENAL GENERAL TEORÍA DEL HECHO PUNIBLE
GIANNI EGIDIO PIVA TOR RES | ROYMAR ALI ARMAS G RATEROL
2. Derecho penal de los griegos33
La historia del derecho penal griego, puede ser dividida fácilmente en
dos periodos el primero llamado de legendario y el segundo llamado de his-
tórico. La principal característica del primer periodo es la fuerte inf‌luencia
de la mitología tanto en las sanciones cuanto en la ejecución de las penas.
Prevalencia así, la venganza de sangre, que le da un carácter de crueldad y
desproporcionalidad al que llaman de justicia. El carácter teocrático era el que
daba el tono en las cuestiones criminales. La persona considerada culpable no
debía temer a quien ejecutaba las penas, pues el espíritu de la venganza era la
aplicación de la justicia.
No se puede estudiar el derecho griego34 sin tener en cuenta el grado
de independencia de sus principales ciudades como Atenas, Esparta, Tebas,
Catania. Esta es la buena noticia con respecto a las legislaciones griegas y la
mala es que no se tiene hoy día casi nada del que fue producido en termino de
leyes escritas. Así, si no fue por los poetas, los oradores y, principalmente por
los f‌ilósofos, menos aún o casi nada se tendría del Derecho, por ejemplo, de
Esparta que fue agrupado en toro a la f‌igura del legendario LICURGO.
En Grecia los delitos se dividían en dos grandes grupos, a saber:
Aquellos practicados en contra de los particulares.
Los practicados contra la colectividad.
Estos ofendían la idea de Estado de Derecho como por ejemplo el de
proteger a los ciudadanos. Los crímenes practicados en contra de los particu-
lares eran aplicadas penas de cierta forma más blandas que las aplicadas en
contra de los crímenes practicados contra la colectividad, en esos casos eran
33 Antes de proseguir es preciso que se tenga en mente que no hay estudios de pro-
fundidad en relación a la legislación griega, siendo esta muy dispersa y desprovista
de relación de certeza.
34 El término derecho griego es bastante signif‌icativo ms por su fuerza de expresión
que por su contenido. Como lo dice Jiménez De Asúa: «todo cuanto se diga sobre el
signif‌icado de las normas jurídicas de la antigua Grecia es por demás dudoso».

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