Ámbito temporal de la ley penal

AuthorGianni Egidio Piva Torres/Roymar Ali Armas Graterol
Pages183-189
183
| CAPÍTULO IX |
Ámbito temporal de la ley penal
SUMARIO: 1. Promulgación y derogatoria de la ley penal; 2. Principio de legalidad y
prohibición de retroactividad de la ley penal. Sucesión de leyes penales; 3. La retroacti-
vidad de la ley penal más favorable; 4. Teoría sobre la retroactividad e irretroactividad
de las leyes penales; 5. Determinación de la ley que más favorezca al reo; 6. Retroacti-
vidad como excepción; 7. Momento de la realización del delito.
1. Promulgación y derogatoria de la ley penal
Las leyes penales tienen su ef‌icacia temporal vinculada, obviamente, a su
periodo de vigencia. Las exigencias propias del principio de legalidad que se ha
recogido al tratarlo con carácter general, determinan algunas especialidades en
cuanto a su aplicabilidad a hechos cometidos bajo la vigencia de una u otra ley.
CC
Art. 2. 1. Las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publi-
cación en el «Boletín Of‌icial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa.
2. Las leyes sólo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcan-
ce que expresamente se disponga y se extenderá siempre a todo aquello que en
la ley nueva, sobre la misma materia sea incompatible con la anterior. Por la
simple derogación de una ley no recobran vigencia las que ésta hubiere derogado.
3. Las leyes no tendrán efecto retroactivo, si no dispusieren lo contraria.
Durante el periodo entre la publicación y la entrada en vigor, la vacatio
legis, la ley carece de ef‌icacia y no puede ser aplicada, lo que signif‌ica que to-

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