Ámbito espacial de la ley penal

AuthorGianni Egidio Piva Torres/Roymar Ali Armas Graterol
Pages217-274
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| CAPÍTULO XI |
Ámbito espacial de la ley penal
SUMARIO: 1. Generalidades; 2. Principio de territorialidad; 3. Lugar de la comisión
del delito; 4. Excepciones al principio de territorialidad: la extraterritorialidad de la ley
penal; 4.1. Principio Real defensa o protección; 4.2. Personalidad o Nacionalidad; 4.3.
Justicia Universal; 4.3.1.
Lex loci delicti commissi
; 4.3.1.1. Teoría de la acción; 4.3.1.2.
Teoría del Resultado; 4.3.1.3. Teoría de la ubicuidad; 5. Extradición; 6. Criterio de la
Corte Constitucional colombiana/La regulación legal de la extradición de colombianos
y el debido proceso; 7. Autonomía de la Corte Suprema de Justicia para evaluar las
condiciones de procedencia de la extradición; 8. Violación del derecho de igualdad por
no aplicarse el mismo trato que a los amparados mediante tutela; 9. Fuente de la ex-
tradición; 9.1 . Tratados de extradición bilaterales y multilaterales vigentes Colombia;
9.2. Tratados de extradición bilaterales y multilaterales vigentes España; 10. Clasif‌i-
cación de a extradición; 10.1. Extradición Activa; 10.2. Extradición Reextradición; 10.3.
Extradición en Tránsito; 10.4. Extradición Diferida; 10.5. Extradición Simplif‌icada; 11.
Principios Rectores de la Extradición; 11.1. Principio de legalidad; 11.2. Principio de la
especialidad; 11.3. Juez natural; 11.4. Principio de doble incriminación; 11.5. Principio
de la conmutación o de la prohibición de la pena capital; 11.6. Principio de non bis in
idem/criterio sala penal; 11 .7. Principio de reciprocidad; 12. Improcedencia de la extra-
dición por delitos políticos; 12.1. Asilo político; 13. Sujeto activo de derecho de refugio;
13.1. Sujeto pasivo; 13.2. Bien jurídico; 13.3. Concesión de asilo supone la adquisición
de los derechos fundamentales.
1. Generalidades
La potestad punitiva (ius puniendi) de los Estados forma parte inescin-
dible del ejercicio de su soberanía y en tal medida, se encuentra sometida a
límites determinados por el espacio sobre el que tal soberanía se ejerce.
CE
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EXEGESIS DEL DERECHO PENAL GENERAL TEORÍA DEL HECHO PUNIBLE
GIANNI EGIDIO PIVA TOR RES | ROYMAR ALI ARMAS G RATEROL
Art. 1. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan
los poderes del Estado.
CPC
Art. 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el
poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus repre-
sentantes, en los términos que la Constitución establece.
Sin embargo, esta expresión tan general resulta inmediatamente matiza-
ble en función de las características de la delincuencia actual y las relaciones
entre los Estados. En primer lugar, las actuales facilidades para trasladarse
de un país a otro determinan una considerable movilidad de la delincuencia,
detal modo que no resulta especialmente difícil eludir la actuación de los tri-
bunales del país. A ello debe añadirse la existencia de organizaciones interna-
cionales, favorecida por dicha movilidad, que extienden su actuación sobre el
territorio de varios países y cuya persecución demanda la colaboración inter-
nacional de los Estados.
Todo ello conlleva la necesidad de la aceptación de determinadas reglas
jurídicas destinadas a resolver los supuestos en los que conf‌luye la potestad
punitiva demás de un Estado o bien, a establecer la colaboración internacional
en la persecución de hechos que afectan a la comunidad supranacional.
ERCPI
Art. 1 La Corte. Se instituye por el presente una Corte Penal Internacional («la
Corte»). La Corte será una institución permanente, estará facultada para ejercer
su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascen-
dencia internacional de conformidad con el presente Estatuto y tendrá carácter
complementario de las jurisdicciones penales nacionales. La competencia y el
funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatuto.
Art. 4. Condición jurídica y atribuciones de la Corte. 1. La Corte tendrá per-
sonalidad jurídica internacional. Tendrá también la capacidad jurídica que sea
necesaria para el desempeño de sus funciones y la realización de sus propósitos.
2. La Corte podrá ejercer sus funciones y atribuciones de conformidad con lo
dispuesto en el presente Estatuto en el territorio de cualquier Estado Parte y,
por acuerdo especial, en el territorio de cualquier otro Estado.
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ÁMBITO ESPACIAL DE LA LEY PENAL
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Tales normas jurídicas forman parte del derecho interno de los Estados,
bien por encontrarse recogidas en leyes emanadas del poder legislativo propio,
bien por derivarse de tratados internacionales que en nuestro derecho se in-
corporan desde el momento de ser suscritos.
CPC
Art. 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibili-
dad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposi-
ciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colom-
bia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
CE
Art. 9. 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución
y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Principio de territorialidad
Para COBO DEL ROSAL Y VIVES ANTON151: «el principio general para
determinar la competencia de los Estados en la persecución de los delitos es el que
atiende al lugar de la comisión. En virtud del principio de territorialidad, el Es-
tado es competente para sancionar, con arreglo a las leyes propias, los hechos
cometidos en su territorio (locus regitactum), independientemente de la nacio-
nalidad de quien los haya cometido. En suma, se dice la ley penal es territoria l,
lo que supone que cualquier ciudadano extranjero que cometa un delito con
arreglo a las leyes del país en el que se encuentra, puede ser perseguido y san-
cionado, aunque los hechos no constituyan delito en su país de origen.
CPCOL
Art. 14. Territorialidad. La ley penal colombiana se aplicará a toda persona
que la infrinja en el territorio nacional, salvo las excepciones consagradas en
el derecho internacional.
151 DEL ROSAL COBO Y ANTÓN VIVES. Derecho Penal parte general. Editorial Tiran
lo Blanch. Madrid España 1999.

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