A propósito de la revocación de legados y la actio petitio hereditatis por otros llamados

AuthorELISA MUÑOZ CATALÁN
Pages269-282
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CAPÍTULO 17
A PROPÓSITO DE LA REVOCACIÓN DE LEGADOS Y LA
ACTIO PETITIO HEREDITATIS POR OTROS LLAMADOS
ELISA MUÑOZ CATALÁN
PDI Universidad Internacional De La Rioja
1. INTRODUCCIÓN
Con la elaboración de este trabajo de investigación nuestro objetivo
principal es analizar, desde un punto de vista jurídico-actual, las posi-
bles soluciones legales que se pueden dar a las preguntas que fueron
planteadas a la autora ante un supuesto práctico objeto de análisis jurí-
dico en materia hereditaria y de familia, el cual, contiene ciertos hechos
que van a resultar clave a la hora de tratar de resolver ciertas cuestiones,
máxime tras el gran número de herencias que se han producido tras el
coronavirus.
En concreto, veremos la importancia de la llamada -desde el propio
Derecho Romano- como actio petitio hereditatis y cómo el Tribunal
Supremo, mediante la STS de 24 de julio de 1998, ya afirmó literal-
mente que la acción de petición de herencia se basa:
“En el hecho de que, hallándose unos bienes poseídos en concepto de
dueño por un tercero, el que considera pertenecerle dichos bienes por
título de herencia, reclama que se declare en su favor la titularidad do-
minical de los mismos”. No obstante, en ciertos casos no va a resultar
fácil diferenciar entre la acción de petición de herencia y la acción
reivindicatoria o declarativa de dominio.
A tal fin, mediante la aportación del presente Dictamen jurídico, nos
adentraremos en diversas cuestiones controvertidas que pueden darse en
supuestos reales y que, como jurista, debemos ofrecer una respuesta jurí-
dico-procesal que ayude a resolver los problemas jurídicos que se pueden
presentar en nuestros días sobre procesos sucesorios y de familia.

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