Asistencia a las víctimas de los accidentes de la aviación civil y a sus familiares

AuthorNieves López Santana
Pages387-414
CAPÍTULO XII
ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE LOS ACCIDENTES
DE LA AVIACIÓN CIVIL Y A SUS FAMILIARES
Nieves LÓPEZ SANTANA
Profesora Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Sevilla
SUMARIO: I. DISPOSICIONES APLICABLES: 1. El Derecho español sobre asistencia a las víctimas
de los accidentes de la aviación civil y a sus familiares. Normas aplicables y su ordenación. 2. La
política de la OACI sobre asistencia a las víctimas de accidentes de aviación civil y sus familia-
res. II. LA ASISTENCIA EN ESPAÑA A LAS VÍCTIMAS DE LOS ACCIDENTES DE AVIACIÓN
CIVIL Y SUS FAMILIARES: 1. La actuación del Estado español. 2. Sujetos participantes: 2.1. Los
destinatarios de la asistencia: las víctimas de accidentes aéreos y sus familiares: 2.1.1. Las víc-
timas. 2.1.2. Los familiares de las víctimas. 2.2. Los prestadores de asistencia y organigrama
específ‌ico de atención. 3. Medidas concretas de asistencia: 3.1. Medidas preventivas. 3.2. Medi-
das durante la situación de emergencia. 3.3. Medidas posteriores a la situación de emergencia.
I. DISPOSICIONES APLICABLES
1. El Derecho español sobre asistencia a las víctimas de los accidentes
de la aviación civil y a sus familiares. Normas aplicables y su ordenación
En España, la asistencia a las víctimas de accidentes de aviación civil y sus
familiares cuenta con una regulación específ‌ica que se contiene, básicamente, en
cuatro normas, de diferente rango.
En primer lugar, el Reglamento (UE) núm. 996/2010, del Parlamento Eu-
ropeo y del Consejo, de 20 de octubre, sobre investigación y prevención de
accidentes e incidentes en la aviación civil y por el que se deroga la Directi-
va94/56/CE 1.
1 DOUE L 295/35, de 12 de noviembre de 2010.
388 NIEVES LÓPEZ SANTANA
En segundo lugar, la Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el
Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil y se modif‌ica
la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea 2.
En tercer lugar, el Real Decreto 623/2013, de 2 de agosto, de asistencia a las
víctimas de accidentes de la aviación civil y sus familiares y por el que se modif‌ica
el Real Decreto 389/1998, de 13 de marzo, por el que se regula la investigación
de los accidentes e incidentes de aviación civil 3.
Finalmente, en lo que se ref‌iere a la normativa específ‌ica sobre la cuestión
que nos ocupa, la Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Subsecretaría, por la
que se aprueba el Protocolo de Coordinación para la asistencia a las víctimas de
accidentes de aviación civil y sus familiares 4.
Junto a las citadas normas específ‌icas sectoriales hay que tener en cuenta tam-
bién otras que, siendo igualmente aplicables, ostentan un carácter más general,
en cuanto que no encargadas sólo o específ‌icamente de las emergencias derivadas
de los accidentes en el marco de la aviación civil, ni únicamente del aspecto de
asistir a las víctimas de los distintos desastres o situaciones a los que se ref‌ieren.
En este segundo grupo de disposiciones destaca la Ley 2/1985, de 21 de enero,
sobre Protección Civil 5. Dicha norma se encarga de articular un conjunto de ac-
ciones encaminadas a prevenir y aminorar las consecuencias lesivas que, para las
personas y los bienes, derivan de las distintas situaciones graves de emergencia 6.
Para ello se apoya, a su vez, en los distintos planes preexistentes, dictados por las
distintas administraciones territoriales en el ámbito de sus respectivas competen-
cias, a los que el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la
Norma Básica de Protección Civil 7 (dictado en aplicación del art. 8 de la citada
Ley del 85) dotó de un contenido mínimo común.
En este bloque, de normativa más general, ha de tenerse en cuenta también el
Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica
de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados
a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia 8; así como el
Real Decreto 32/2009, de 16 de enero, por el que se aprueba el Protocolo Nacio-
nal de Actuación Médico-forense y de Policía Científ‌ica en sucesos con víctimas
múltiples 9.
Nos encontramos pues con una pluralidad de normas, nada desdeñable, que,
como ocurre en estos casos, puede producir el efecto contrario a la f‌inalidad
2 BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2011.
3 BOE núm. 185, de 3 de agosto de 2013.
4 BOE núm. 127, de 26 de mayo de 2014.
5 BOE núm. 22, de 25 de enero de 1985.
6 En concreto, el TC def‌ine a la protección civil como «el conjunto de acciones dirigidas a evitar,
reducir o corregir los daños causados a personas y bienes por toda clase de medios de agresión y por los
elementos naturales o extraordinarios en tiempos de paz, cuando la amplitud y gravedad de sus efectos
les hace alcanzar el carácter de calamidad pública» (cfr. STC 123/1984, de 18 de diciembre —BOE
núm. 10, de 11 de enero de 1985—).
7 BOE núm. 105, de 1 de mayo de 1992. Dicha norma fue dictada, a su vez, en cumplimiento del
mandato establecido en el art. 8 de la citada Ley 2/1985.
8 BOE núm. 72, de 24 de marzo.
9 BOE núm. 32, de 6 de febrero de 2009.

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT