Las reformas del derecho de las personas y de la familia en Francia desde la segunda mitad del siglo XX

AuthorRémy Cabrillac
ProfessionCatedrático a la Facultad de derecho y de ciencias políticas de Montpellier (Francia)
Pages51-62
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LAS REFORMAS DEL DERECHO DE LAS PERSONAS Y DE
LA FAMILIA EN FRANCIA DESDE LA SEGUNDA MITAD
DEL SIGLO XX
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Catedrático a la Facultad de derecho
y de ciencias políticas de Montpellier (Francia)
1. - En el año 2021 se celebra el cuadragésimo cumpleaños de las leyes de 1981
de reforma del derecho familiar español, a propósito de cuales el profesor Carlos
Lasarte fue el primero organizando un congreso, la Ley 11/1981 de 13 de mayo (de
modificación del Código civil en materia de filiación, patria potestad y régimen
económico del matrimonio), y la Ley 30/1981, de 7 de julio (por la que se modifica
la regulación del matrimonio en el Código civil y se determina el procedimiento
a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio). Estas leyes, con siguien-
tes, han permitido una importante modernización del derecho español de familia,
como lo observa el profesor Carlos Lasarte en su relevante libro 1.
2. - Otros países del mundo, especialmente en Europa han reformado su de-
recho de las personas y de la familia durante la segunda mitad del siglo XX, como
puede mostrarlo el ejemplo de Alemania 2.
En Francia, nuestro Código civil de 1804 ha permitido instaurar las ideas de la
filosofía de la Ilustración y de nuestra revolución, más igualdad, más libertad y más
fraternidad. En derecho de las personas y de la familia, el Código civil ha realizado
un progreso importante. Por ejemplo, en el derecho de las sucesiones, antes había
privilegios para el hijo mayor y para los hijos en concurso con hijas. Después de
1804, todos los niños legítimos tienen la misma parte de la sucesión de sus padres
3. En el momento de la Restauración, el rey Luis XVIII ha mantenido el Código
civil, contentándose, por motivos religiosos, con suprimir, en 1816, el divorcio, que
1 C. LASARTE, Derecho de familia, Principios de derecho civil IV, Revisada y actualizada con la
colaboración de Belén Sainz –Cantero Caparos, Marcial Pons, 2021, esp. n° 3.2.
2 Cf. R. FRANCK, « Le centenaire du BGB : le droit de la famille face aux exigences du raisonne-
ment politique, de la Constitution et de la cohérence du système juridique », RIDComp. 2000, p. 819 et s.
3 P. MALAURIE P. et L. AYNES, Les successions, les libéralités, Defrénois, 9 ème éd., 2022, n° 19.

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