La competencia del tribunal penal de apelación o casación en la jurisprudencia de la corte interamericana de derechos humanos

AuthorDaniel González Álvarez
Pages115-162
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SUMARIO: 1. Introducción. 2. Las funciones de los tribunales de alzada en
los Códigos latinoamericanos. 3. El derecho al recurso como un mecanis-
mo de garantía de derechos humanos. 4. Características fundamentales
del recurso contra la sentencia penal en la Jurisprudencia de la Corte In-
teramericana. 4.1. Recurso ordinario. 4.2. Recurso accesible. 4.3. Recurso
ef‌icaz. 4.4. Recurso integral. 4.5. Recurso disponible. 4.6. Recurso inme-
diato. 5. Competencia de la Corte Interamericana para conocer de las
impugnaciones. 6. La competencia del Tribunal de Alzada en la jurispru-
dencia de la Corte Interamericana. 6.1. Flexibilidad en la admisión del re-
curso. 6.2. Deber de realizar un análisis amplio y exhaustivo sobre los
motivos de agravio. 6.3. Deber de realizar efectiva tutela judicial. 6.4.
Deber de analizar hechos y prueba en segunda instancia. 6.5. Posibilidad
de utilizar prueba indiciaria, circunstancial y presunciones. 6.6. Deber de
fundamentar la decisión en alzada. 6.7. Funciones y tareas objetivamente
regladas. 7. Unas ref‌lexiones f‌inales sobre las funciones de los Tribunales
de Alzada. 8. Bibliografía. 9. Resoluciones.
CAPÍTULO III
LA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL
PENAL DE APELACIÓN O CASACIÓN
EN LA JURISPRUDENCIA DE
LA CORTE INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS
Daniel González Álvarez
Exmagistrado
Consultor de la Universidad Internacional de la Florida
PRINCIPIOS Y GARANTÍAS PENALES Y PROCESALES EN LA DOCTRINA DE LA CIDH Y EL TEDH
JAVIER LLOBET RODRÍGUEZ | LUIS RAMÓN RUIZ RODRÍGUEZ |
COORDINADORES
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1. INTRODUCCIÓN
En estas líneas pretendemos hacer referencia a la jurisprudencia de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos que ha especicado y desarro-
llado los ámbitos de la competencia y las funciones de los tribunales de alzada,
al momento de conocer del recurso contra la sentencia condenatoria en ma-
teria penal.
Como hemos debido aclarar, hacemos referencia en términos genéricos
al recurso contra la sentencia penal, independientemente de las distintas de-
nominaciones que recibe en los Códigos Latinoamericanos, ya que algunos le
denominan casación, otros apelación1, mientras que otros recurso de nulidad2,
y más reciente en Argentina se utiliza recurso de revisión de la sentencia sin
dejar de usar el concepto de casación3, entre muchas otras denominaciones.
Incluso en algunos países se hace una distinción clara entre los recursos contra
las resoluciones interlocutorias, a los que denomina apelación, y contra la sen-
tencia denitiva, a los que denomina casación4, mientras que otros no hacen
esas distinciones de nomenclatura, aunque si establecen diferencias sobre su
contenido y competencia5.
La descripción de las funciones de los tribunales de apelación o casación
es un tema escasamente abordado en las regulaciones normativas de los códi-
gos procesales y en la doctrina procesal, de ahí que los desarrollos jurispruden-
ciales que ha tenido este tema resultan vitales para entender, contextualizar y
1 Así lo señala el Código Nacional de Procedimientos Penales de México, arts. 467
ss.
2 Por ejemplo, así lo denomina el Código Procesal Penal de Chile, arts. 352 ss. Cfr.
HORVITZ LENNON, M.I. y LÓPEZ MASLE, J. (2004). Derecho Procesal Pe-
nal Chileno, Editorial Jurídica de Chile, Santiago, tomo II, pp. 392 ss.
3 Código Procesal Penal Federal de Argentina, arts. 54, 350 y ss.
4 Código Procesal Penal de Colombia, arts. 177 ss. y Código Procesal Penal de Cos-
ta Rica, arts. 437 ss.
5 Así lo señala el Código Nacional de Procedimientos Penales de México, arts. 467
ss.
CAPÍTULO III LA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL PENAL DE APELACIÓN O CASACIÓN EN
LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
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DANIEL GONZÁLEZ ÁLVAREZ
ejercer correctamente las tareas que debe asumir el Juez o Tribunal encargado
de conocer en apelación o casación la sentencia condenatoria en materia penal.
Por consiguiente, hurgar entre la jurisprudencia de la Corte Interame-
ricana para determinar la naturaleza y los alcances de la competencia del tri-
bunal de alzada para conocer de un recurso contra la sentencia penal, se hace
de interés primero, como señalamos, porque los Códigos procesales no son
muy prolijos al respecto; segundo, porque el recurso contra la sentencia penal
constituye una garantía esencial para hacer efectivos derechos fundamentales,
haciendo imprescindible su análisis; tercero, porque la Corte Interamericana
lo visualiza como un mecanismo fundamental para hacer efectiva la vigencia
porque resulta de vital trascendencia para los operadores el sistema penal,
tanto para quienes deben formular recursos contra la sentencia, contestarlo
y oponerse, como para quienes deben resolverlos como jueces, resulta vital
y trascedente conocer y estudiar las directrices jurisprudenciales de la Corte
Interamericana sobre los alcances del recurso contra la sentencia, sobre los
requerimientos para cumplir con los presupuestos de la convención y muy en
particular sobre las funciones de los jueces de apelación y casación para cono-
cer y pronunciarse sobre dichos recursos contra la sentencia.
Como ya hemos expuesto, la Corte Interamericana de Derechos Hu-
manos ha señalado que todos los Tribunales de Justicia de los países que
conforman el sistema interamericano de derechos humanos, incluso todos
los funcionarios públicos de los países sobre los cuales ejerce jurisdicción la
como fuente normativa directa y las interpretaciones que de ella haga la pro-
pia Corte, para resolver casos concretos, en virtud de que ejercen un control
de convencionalidad extendido para garantizar el cumplimiento de derechos
fundamentales6.
6 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Cabrera García y Montiel
Flores Vs. México. Sentencia de 26 de noviembre de 2010; también Caso Gelman
Vs. Uruguay. Sentencia de 24 de febrero de 2011y la sentencia de cumplimiento de
ese caso de 1013. Cfr. FERRER MAC-GREGOR, EDUARDO y SÁNCHEZ
GIL, RUBÉN (2013). Control difuso de constitucionalidad y convencionalidad, Su-
prema Corte de Justicia de la Nación, México D.F.

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