Regimen convencional del patrimonio conyugal

AuthorLourdes Wills Rivera
Pages1201-1212
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REGIMEN CONVENCIONAL
DEL PATRIMONIO CONYUGAL
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INTRODUCCION
El tema que abordamos está fundamentalmente referido, al régimen convenido
por quienes van a unirse en matrimonio, con el objeto de establecer las normas
que regularán su patrimonio durante el transcurso de su vida conyugal. Se trata
de las denominadas Capitulaciones Matrimoniales, una figura legislativa que ha
permanecido casi invariable desde el inicio de nuestra codificación civil y que con-
stituye el régimen prioritario respecto a los bienes de quienes han contraído ma-
trimonio. En la actualidad hay una tendencia que se orienta a plantear la modifi-
cación de las normas que las rigen con el propósito de flexibilizarlas.
1. PRINCIPIO GENERAL
Como ocurre en la generalidad de los países latinoamericanos, en nuestra leg-
islación civil la celebración del matrimonio comporta una modificación del sistema
regulador de los bienes de los contrayentes, que se inicia a partir del momento de su
celebración y en tal sentido, el principio rector respecto al régimen de bienes de los
cónyuges tradicionalmente ha establecido que estará regulado “por las convencio-
nes de las partes y por la ley 1.
En efecto, desde la promulgación del primer Código Civil en 1862, nuestro
legislador confirió a los futuros contrayentes, la facultad de escoger el sistema que
habría de regir respecto de sus bienes durante la vigencia del matrimonio. En los
Códigos sancionados con posterioridad hasta el vigente promulgado en 1942 y re-
formado en 1982, tal criterio se mantuvo sustancialmente inalterado, con algunas
1 Código Civil. Gaceta Ocial N° 2990 Extr de 26-07-1982, Art. 141.

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