Consecuencias de la aplicación del convenio 190 oit sobre acoso y violencia en el trabajo en el ordenamiento español.

AuthorQuintero Lima, María Gema; Correa Carrasco, Manuel
Pages281-305
CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN DEL CONVENIO 190
OIT SOBRE ACOSO Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO EN EL
ORDENAMIENTO ESPAÑOL
CONSEQUENCES OF THE APPLICATION OF THE 190 ILO
CONVENTION ON HARASSMENT AND VIOLENCE AT WORK IN
THE SPANISH ORDER
Manuel VELÁZQUEZ FERNÁNDEZ
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
Miembro del Observatorio Vasco sobre Acoso y Discriminación
mvelazquezf@mites.gob.es
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cación del Convenio 190 genera la necesidad de analizar cuáles serían los extre-
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der ya desarrollados por la legislación vigente.
Palabras clave: Violencia y acoso, legislación interna, prevención de riesgos
laborales, Inspección de Trabajo
Abstract 
Convention 190 generates the need to analyze which would be the extremes that
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already developed by the current legislation.
Keywords: Violence and harassment, national legislation, Occupational
health and safety risks, Labor Inspection
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Violencia y Acoso. 4. La ubicación legal de las conductas de acoso y violencia en el
trabajo. 5. El ámbito personal y espacial del acoso y la violencia. 6. La regulación
de la prevención de los daños a la salud que puede producir el acoso o la violen-
cia. 7. La intervención ante situaciones de acoso y violencia. 8. La mejora en las
acciones inspectoras de control y vigilancia de la legislación.
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El Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo sólo ha
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MANUEL VELÁZQUEZ FERNÁNDEZ
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pea a pesar de su activa participación durante la discusión del Convenio en
la conferencia internacional de la OIT y de la voluntad manifestada por los
gobiernos de varios de ellos, incluido el español, en sentido favorable a la
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La razón es que el Convenio abarca materias que son competencia de la
Unión Europea como las referidas al acoso y violencia por discriminación y la
prevención del acoso y la violencia que afecta a la legislación sobre seguridad
y salud en el trabajo. Por lo tanto, la Unión Europea, aunque no es miembro
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jugar a este respecto.
Respecto a este tema, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
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seguridad en la utilización de productos químicos en el que concluyó que la
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los Estados y las instituciones europeas sobre la que existe un deber de coo-
perar. A partir de ese dictamen, la práctica de estas instituciones ha sido la
de dictar normas orientativas del llamado soft-law en forma de Recomenda-
ciones sobre la aplicación de estos Convenios o de previa Autorización a los
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En el caso del Convenio 190 la Comisión Europea lanzó una propuesta
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no ha sido aprobada por el Consejo y esto es lo que hasta ahora ha paralizado
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En cuanto esa autorización del Consejo se produzca, los Estados de la UE
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ran de manera coordinada e inclusive con la adopción de alguna iniciativa de
tipo legislativo que permitiera armonizar la legislación nacional que se debe
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lo que respecta a las dos materias que son competencia de la Unión Europea.
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trabajo a bordo y la dotación de los buques y como más directo precedente con la
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 LexUriServ.do (europa.eu)

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