La trata de personas con fines de explotación sexual: una realidad alarmante

AuthorMónica Pulido Martín
Pages235-258
LA TRATA DE PERSONAS CON FINES
DE EXPLOTACIÓN SEXUAL:
UNA REALIDAD ALARMANTE
Mónica Pulido Martín
Trabajadora Social
monica.pulido@gmail.com
SUMARIO: 1. TRATA DE PERSONAS: GÉNESIS Y ACTUALIDAD. 1.1 TRÁFI
CO DE PERSONAS Y TRATA DE SERES HUMANOS: LAS DOS CARAS DE LA
REALIDAD. 2. MODALIDADES OCULTAS DE LA TRATA. 3. LA VICTIMIZA
CIÓN EN EL FENÓMENO DE LA TRATA. 4. LA VICTIMIZACIÓN EN CLAVE
DE GÉNERO. 5. LA FEMINIZACIÓN DE LA POBREZA COMO FUNDAMEN
TO DE LA TRATA. 6. NUEVOS DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE UNA
PROTECCIÓN INTEGRAL EN LAS VÍCTIMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL.
7.CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA.
1. TRATA DE PERSONAS: GÉNESIS Y ACTUALIDAD
La trata de personas se presenta en diversas manifestaciones, que incluyen la ex-
plotación sexual y laboral, matrimonios forzados, esclavitud, servidumbre, trabajos
forzados, explotación de la mendicidad, tráco de órganos y la obligación de cometer
delitos. Los primeros registros de esta problemática en documentos de las Naciones
Unidas se remontan al inicio del siglo XX, principalmente relacionados con lo que se
conoce como trata de blancas. En 1904, se estableció el Acuerdo Internacional para
combatir la trata de blancas, seguido por el Convenio Internacional de 1910 con el
mismo propósito. Estos acuerdos fueron posteriormente modicados por un pro-
tocolo en 1948 y se unieron a otros documentos de 1921 y 1933 que abordaban la
trata de mujeres y niños. Esta consolidación culminó en la creación del “Convenio
para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena”
adoptado por la Asamblea de las Naciones Unidas en 1949. No obstante, es impor-
tante señalar que estos acuerdos no ofrecen una denición especíca de la trata de
personas, ya que se centran principalmente en la prostitución y están estrechamente
vinculados a la esclavitud.
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La deshumanización en el contexto histórico de la esclavitud implica la sub-
yugación de una persona por otra a través de la fuerza. Es innegable que, por más
aterradora que pueda parecer, la fenomenología de la trata de seres humanos degrada
la dignidad personal y, junto con ella, los derechos intrínsecos a la naturaleza huma-
na, convirtiendo a las personas en objetos susceptibles de comercialización1.
El Protocolo de Palermo, que complementa la Convención de las Naciones Uni-
das contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000, establece la primera
denición globalmente aceptada de la trata de personas. De acuerdo con este proto-
colo:
a) La trata de personas comprende la captación, transporte, traslado, acogida o
recepción de individuos mediante diversos métodos, como amenazas, fuerza,
coacción, rapto, engaño, abuso de poder o aprovechamiento de su vulnerabili-
dad. También involucra el ofrecimiento o recepción de pagos o benecios para
obtener el consentimiento de una persona que tiene autoridad sobre otra, con el
propósito de explotación. Esta explotación abarca la prostitución forzada, traba-
jos forzados, esclavitud u otras prácticas similares, servidumbre y la extracción
de órganos.
b) El consentimiento de la víctima no se considera válido si se ha obtenido me-
diante los medios mencionados anteriormente.
c) La trata de personas se aplica a situaciones en las que se capture, transporte,
traslade, acoja o reciba a un niño con la intención de explotación, incluso si no se
han utilizado los medios mencionados en el apartado a).
d) Se dene como “niño” a cualquier individuo menor de 18 años.
Deniciones posteriores, como la del Convenio del Consejo de Europa Nº 197 so-
bre la lucha contra la trata de seres humanos de 2005, conservan aspectos esenciales
similares y hacen hincapié en proteger los derechos humanos de las víctimas. A pesar
de su aparente complejidad, esta denición precisa tiene como objetivo asegurar la
protección de las personas afectadas por este delito.
1.1. Tráco de Personas y Trata de Seres Humanos: Las dos caras de la
realidad
El tráco de personas y la trata de seres humanos son dos fenómenos interre-
lacionados de un problema global que involucra la explotación y el abuso de las
personas que, a menudo, se encuentran en situación de vulnerabilidad. El tráco de
personas se reere a la actividad ilegal consistente en mover personas de un lugar a
otro, a menudo a través de fronteras internacionales, con la nalidad de su explo-
tación laboral, sexual o de cualquier otra índole. Por otro lado, la trata de personas
1 Guardiola Lago, M. J. (2007). El tráco de personas en el Derecho penal español. Pamplona:
Aranzadi, p. 41.

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