Reflexiones sobre la proteccion penal y procesal de las victimas de los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual

AuthorRosa Rodríguez Bahamonde
Pages259-282
REFLEXIONES SOBRE LA PROTECCION PENAL Y
PROCESAL DE LAS VICTIMAS DE LOS DELITOS DE
TRATA DE PERSONAS CON FINES
DE EXPLOTACIÓN SEXUAL
Rosa Rodríguez Bahamonde
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
ORCID: 0000-0003-2167-0356
1. PLANTEAMIENTO
En la actualidad se ha observado un incremento alarmante en todo el mundo, es-
pecialmente en Europa, en relación al tráco de seres humanos. Esta fenomenología
criminal puede manifestarse de múltiples formas, con nes de explotación sexual, la-
boral, matrimonio forzado, tráco de órganos, etc.
Con razón, y sin exagerar, hay quienes mantienen que en el siglo XXI la esclavitud
no es un simple horror histórico del cual nos hemos liberado por completo; más bien,
estamos ante la transformación de un sistema que, en el momento presente, está ex-
perimentando un auge sin precedentes en todo el mundo1. En la actualidad, se puede
aseverar, sin ningún género de dudas, que el tráco de seres humanos, centrando el
eje de la persona como bienes para la explotación y ganancia económica, merece ser
considerado como una forma de esclavitud.
Quizás, la única diferencia con respecto a la esclavitud del pasado es que la pre-
sente no se reconoce como una institución jurídica ocialmente establecida y parte
integral del sistema económico. No obstante, el núcleo esencial sigue siendo idéntico,
la comercialización y la mercantilización del ser humano. Según consta en los infor-
mes aportados por las diferentes agencias encargadas de gestionar cuantitativamente
1 PÉREZ CEPEDA, Ana Isabel: Globalización, tráco internacional ilícito de personas y dere-
cho penal, Comares, Granada, 2004, p. 1.
–260–
el número de víctimas en la trata de personas, ésta se instituye como la tercera fuente
de ingresos para las organizaciones criminales que trabajan con la trata de personas,
siguiendo al tráco de drogas y armas. Señala la Organización Internacional del Tra-
bajo (OIT), que aproximadamente 2,4 millones de individuos a nivel global sufren
explotación debido a la trata de personas, generando ganancias para las organizacio-
nes criminales que varían entre 8 y 10 mil millones de dólares anualmente.
Se ha resaltado que la persistencia de esta nueva manifestación de esclavitud tie-
ne su origen en la globalización, que se ha desarrollado en un mundo altamente
desigual, caracterizado por relaciones de poder notablemente asimétricas. Esto ha
generado un sistema de intercambio desigual entre Estados y ha acentuado las ya
existentes dinámicas de dominación basadas en género y clase.
La trata de personas responde a un sector emergente dentro del ámbito del crimen
organizado, mayormente controlado por las organizaciones criminales, que, además,
participan activamente con el tráco de drogas, tráco de órganos, tráco de armas,
entre otros. Entre las diversas formas de explotación relacionadas con la trata, nos
queremos centrar en este trabajo en la explotación sexual de mujeres y en el impac-
to en cuanto a su victimización. Especícamente, en su tratamiento jurídico penal y
procesal en el ordenamiento jurídico español.
Con carácter previo, debemos jar el marco social que vamos a abordar. La reali-
dad es que la trata de seres humanos orientada hacia la explotación de mujeres no es
de reciente origen, aunque en las últimas décadas ha experimentado una expansión
a nivel internacional y su crecimiento es constante, como ya se ha expuesto. Este ne-
gocio presenta en el mercado una amplia gama de opciones, que van desde servicios
sexuales de bajo costo hasta servicios especializados proporcionados por mujeres con
rasgos más sugestivos. Lo que resulta del todo claro, tal como ha sido expresado por
especialistas de diversas disciplinas, es que la dignidad, la integridad mental y física,
la autonomía personal, la libertad sexual, el pleno desarrollo de su individualidad, la
movilidad sin restricciones, la salud, el derecho a la privacidad personal y familiar,
incluso, en diversas situaciones, la vida, son derechos que se vulneran de forma a-
grante y grave en las víctimas explotadas sexualmente.
En realidad, la explotación de la prostitución y el control sexual que se experi-
menta en esta forma moderna de esclavitud revela un nivel adicional de afectación a
la libertad y la dignidad esencial, elementos presentes en cualquier forma de ataque
a la libertad sexual. Esto conlleva a una auténtica objetivación de la mujer2. Resulta,
cuanto menos complejo, deliberar sobre la situación de debilidad en la que se en-
cuentran las mujeres, niñas y niños sometidos a una situación de vulnerabilidad tan
extrema.
En todos los informes, se apunta a un denominador común en la victimización:
la mayoría de las mujeres explotadas son extranjeras, procedentes en su mayoría de
Estados poco desarrollados en el que se caracteriza por la marginación y la pobre-
2 GARCÍA ARÁN, M. Trata de personas y explotación sexual, cit. p. 4.

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT