Reparaciones individuales y colectivas, materiales y simbólicas a las víctimas. Reformas jurídicas e institucionales

AuthorSergio Cámara Arroyo
ProfessionProf. Dr. Derecho penal y Criminología UNED
Pages347-368
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CAPÍTULO IX
REPARACIONES INDIVIDUALES Y
COLECTIVAS, MATERIALES Y SIMBÓLICAS
A LAS VÍCTIMAS. REFORMAS
JURÍDICAS E INSTITUCIONALES
1. INTRODUCCIÓN
La necesidad de recurrir a los mecanismos de Justicia transicional surge en
momentos determinados de fuerte cambio sociopolítico postconicto. En este ca-
pítulo abordamos el encaje de la Justicia transicional en los procesos de paz que
ponen n a las hostilidades del pasado o la comisión de crímenes internacionales y
abren el camino a la utilización de las herramientas transicionales. Asimismo, se fo-
calizará la atención en los damnicados por la perpetración de estos delitos contra
el Derecho internacional: las víctimas y sus familiares. Al ser crímenes internacio-
nales con un componente sistemático y, en muchas ocasiones, con la connivencia
del poder estatal, la Justicia transicional puede ayudar a reconocer los derechos sub-
jetivos de las víctimas y aanzar el nuevo orden político mediante la implicación
del nuevo gobierno en la confección de programas de reparación y satisfacción a los
sujetos pasivos de los crímenes del pasado. Por último abordaremos la distinción
entre los enfoques restaurativo y transicional, viendo cuales son los principales
puntos en común y las diferencias entre ambas disciplinas.
Los objetivos para este capítulo son los siguientes:
a) Analizar el concepto de proceso de paz, sus principales fases y el encaje de
los mecanismos transicionales en el mismo.
LA JUSTICIA TRANSICIONAL Y DERECHO PENAL INTERNACIONAL: ALIANZAS Y DESENCUENTROS
SERGIO CÁMARA ARROYO
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b) Comprender el enfoque restaurativo, sus diferencias y compatibilidades
con el concepto de Justicia transicional.
c) Conocer qué derechos asisten a las víctimas de crímenes internacionales y a
sus familiares y cuáles son las obligaciones estatales de reparación del daño.
d) Conocer qué tipo de reformas institucionales pueden realizarse para garantizar
la no repetición de los crímenes del pasado y aanzar el nuevo orden político.
2. PROCESOS DE PAZ
«Un proceso de paz es un esfuerzo para lograr un acuerdo que ponga n a
la violencia, así como para implementarlo, mediante negociaciones que pueden
requerir la mediación de terceros». Así dene FISAS (2010: 5) el camino por el
que transita un Estado inmerso en una transición para llegar al n de las hostili-
dades. De tal denición pueden extraerse, siguiendo al autor precitado, algunas
características fundamentales:
a) No se trata de algo puntual, sino un conjunto de fases o etapas que requie-
ren de acciones constantes (ANDERSON, 2004). Por tanto, nos encon-
tramos ante un proceso dinámico y divisible o escalonado.
b) Es un proceso colectivo en el que intervienen todos los actores implicados
en el conicto.
c) Recurre como principales herramientas el diálogo y el consenso a base de
pactos o acuerdos. En este sentido, todo proceso de paz conlleva una fase
de negociación y acercamiento de posturas.
d) Tiene como nalidad el cese de las hostilidades y el paso de una situación
de conicto a otra de estabilidad político social caracterizada por la nali-
zación de la violencia.
e) Supone el n del cambio (transición), pero el inicio de una nueva etapa
aún por construir. El proceso de paz no es el nal del camino, sino que tan
sólo es el nal del conicto: es la primera piedra para construir el futuro
sin hostilidades.
Siguiendo al autor precitado, podemos encontrar diferentes modelos de
procesos de paz, además de la mera rendición de uno de los dos bandos:

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