Los «derechos humanos» en la Doctrina social y política de la Iglesia

AuthorLuis María De Ruschi
Pages179-194
LOS «DERECHOS HUMANOS» EN LA DOCTRINA
SOCIAL Y POLÍTICA DE LA IGLESIA
Luis María De Ruschi
Universidad del Salvador (Buenos Aires)
1. Introducción
El siguiente texto traído a colación es simplemente una muestra de la
enorme cantidad de pronunciamientos del reciente magisterio de la que
surge con notoriedad que la promoción y la defensa de los derechos huma-
nos ha adquirido una centralidad dentro de la Doctrina social y política de
la Iglesia. Leemos en el número 152 del Compendio de la Doctrina Social
de la Iglesia, publicado en 2004 por el entonces Pontificio Consejo Justicia y
Paz que:
«El Magisterio de la Iglesia no ha dejado de evaluar positivamente la De-
claración Universal de Derechos del Hombre, proclamada por las Naciones
Unidas el 10 de diciembre de 1948, que Juan Pablo II ha definido “una pie-
dra miliar en el camino del progreso moral de la humanidad”».
Pero esto no ha sido siempre así: el tratamiento que en el pasado los Pon-
tífices dispensaran a los derechos humanos fue bien diverso, más bien de
condena y deploración. Es suficiente recordar la calificación de libertades de
perdición que Gregorio XVI aplicara a la libertad de conciencia, hoy conside-
rada práctica –y teóricamente– como uno de los principales derechos huma-
nos. La continuidad o ruptura de la doctrina social y política ha sido, desde
los años sesenta, una quaestio disputada y no cerrada, con diversas perspecti-
vas y puntos de vista: la de aquellos que ven una continuidad entre el magis-
terio anterior y el contemporáneo, otros que ven una ruptura incompatible
con la unidad y coherencia que debe caracterizar la enseñanza de la Iglesia
u otros que, coincidiendo en la ruptura, no ven en ésta escollo alguno sino
un desarrollo de la cuestión, una respuesta de la Iglesia acomodada a los
tiempos que le tocan vivir.
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Estos debates y polémicas han sido seguidos por la Ciudad Católica desde
sus inicios. Basta hacer un recorrido por los índices de la revista Verbo para
encontrar desde su fundación numerosos estudios que trataron el asunto.
Podríamos decir que es una cuestión que está en el corazón de los afanes
de los hombres de la Ciudad Católica. Las contribuciones de Juan Vallet de
Goytisolo o de Estanislao Cantero han sido un aporte notable para su tra-
tamiento. Lo mismo podemos decir de las aportaciones de Miguel Ayuso,
Danilo Castellano y Juan Fernando Segovia en tiempos más cercanos.
Por lo específico del tema propuesto no entraremos a considerar los pro-
blemas intrínsecos a la temática de los derechos humanos, sino solamente
de modo colateral y para dar contexto. Este tema ha sido tratado de modo
suficiente en las ponencias de esta Reunión y a ellas nos remitimos. La vas-
tedad de documentos y estudios sobre la materia hacen imposible un tra-
tamiento detallado, como quizás sería menester. Se tratará de brindar una
síntesis de tipo histórico-conceptual.
En razón de lo dicho, esta ponencia no pretende, ciertamente, definir
la controversia. Ni las aptitudes del autor ni el formato de esta aportación
lo permitiría. La presentación se hará siguiendo el siguiente esquema. Pri-
meramente, un desarrollo cronológico de la postura del Magisterio eclesiás-
tico respecto de los derechos humanos. Seguidamente, la recepción de los
derechos humanos en los pronunciamientos pontificios, indicando la her-
menéutica realizada en sede tradicional y los aspectos problemáticos de la
cuestión, para terminar con algunas conclusiones.
2. Los derechos humanos en la historia de la doctrina social y
política de la Iglesia
Los derechos humanos son hijos de la Modernidad. El gran filósofo del
derecho Michel Villey señalaba que:
«El idealismo que fue lo propio de la filosofía moderna, y del que no es
seguro que nos hayamos curado, erige en el lugar de Dios este gran ídolo:
el Progreso, que debe asegurar los goces y la felicidad de todos, mito muy
cultivado en el tiempo de las Luces; finalidad de la política moderna. Y en
cuanto a los medios, con el fin de orden del modo más “racional” el trabajo
de los sabios y de los técnicos, y para explotar mejor sus frutos, nuestro mun-
do ha depositado su esperanza en la gran maquinaria estatal diseñada por
Hobbes: el Dios terrestre, Leviatán» 1.
El derecho pasó a ser solamente el producido por el Estado –el positivis-
mo jurídico– y como todo exceso requiere de un antídoto, la misma filosofía
de la Modernidad lo aportó: los derechos humanos. Así aparecen, a fines del
siglo XVIII las primeras declaraciones de derechos del hombre que son pre-
1 Michel V, El derecho y los derechos del hombre, Madrid, Marcial Pons, 2020, p. 20.

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