Prefacio

AuthorMiguel Ángel Martín López
Pages7-7
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I. PREFACIO
El término derecho de gentes apenas se utiliza ya en la práctica
actual, pero, como es conocido, fue el tradicional para denominar
a lo que de manera contemporánea conocemos como derecho in-
ternacional. Sin embargo, languideció cuando este último quedó
encumbrado y alcanzó ser dominante, lo que ocurrió durante el
siglo XIX.
En general, la opinión preponderante siempre ha venido conside-
rando que este cambio terminológico fue puramente nominal, sin
que tuviera ninguna implicación jurídica efectiva. La continuidad
histórica siguió sin que hubiera ruptura alguna. No obstante, esta
visión merece, cuanto menos, ser objeto de amplia revisión y, así,
es de interés ahondar en los propósitos, ver los detalles y atisbar las
repercusiones de dicho cambio, bien sean directas o indirectas.
En suma, este será el hilo conductor que vamos a seguir a lo largo
del presente trabajo. Fundamentalmente, ello, además, lo haremos
con la finalidad principal de identificar cuáles son los ámbitos que
pudieran ser rescatados para guiar o, mejor dicho, reorientar este
ordenamiento jurídico en aras de que consiga servir mejor a la hu-
manidad en su conjunto.

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