Extinción del derecho de uso de la vivienda familiar por la convivencia estable con un tercero

AuthorRemedios Aranda Rodríguez
Pages351-364
— 351 —
EXTINCIÓN DEL DERECHO DE USO
DE LA VIVIENDA FAMILIAR
POR LA CONVIVENCIA ESTABLE CON UN TERCERO
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INTRODUCCIÓN
Las consecuencias legales derivadas de la crisis del matrimonio y, en conse-
cuencia, de la ruptura de la pareja son muy importantes y comienzan a funcionar
para evitar mayores daños a los miembros de la familia. En todas estas consecuen-
cias, gozan de especial protección los hijos menores, cuyo interés se superpone al
resto de las personas que componían dicha familia
La atribución del uso y disfrute de la vivienda, hasta entonces familiar, es uno de
los supuestos más importantes y conflictivos 1. Dicha atribución no es siempre igual,
sino que depende los miembros de la familia (si hay o no hijos; si los hijos son meno-
res o mayores; o bien, si son discapacitados; o incluso, si alguno de los hasta entonces
cónyuges tiene más necesidad de protección que el otro). El Código civil español, en
estos casos, deja en primer lugar un amplio margen a la autonomía de la voluntad, en
cuanto a decidir quien se queda en el uso de la vivienda, recogiéndose en el Convenio
Regulador que deberá ser aprobado por el Juez o por el Secretario Judicial o Notario
(art. 91 CC). Pero, cuando no se puede conseguir ningún acuerdo, es necesario que
sea la autoridad judicial quien lo determine atendiendo a las indicaciones del Minis-
terio Fiscal si existen menores o discapacitados (art. 96 CC) 2.
1 La STS de 23 de septiembre de 2020 (RJ 2020, 3531) señala en este aspecto: “La medida re-
lativa a la vivienda familiar es origen, en general, de tensiones y conictos entre los excónyuges que
tenían en ella la sede del núcleo familiar. De ahí que la doctrina postule que el legislador aborde una
nueva regulación sobre la materia, pues las nuevas realidades familiares y de uniones de pareja así lo
demandan; y todo ello en estrecha relación con la superior protección del interés del menor; conci-
liando los intereses en conicto y poniendo coto a un nicho de litigios y de tensiones deplorables, y a
veces reprobables.
2 Sobre la existencia de distintas normas sobre la vivienda familiar ZUMAQUERO GIL, L. La
atribución judicial del uso de la vivienda familiar en caso de crisis matrimonial: régimen jurídico actual
y propuestas de reforma”, Revista de Derecho Patrimonial, 2016, nº 41. BIB 2016\85411.

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