Reacción frente a actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad

AuthorEmilia Bea
Pages75-128
75
II. REACCIÓN FRENTE A ACTOS DE BARBARIE
ULTRAJANTES PARA LA CONCIENCIA
DE LA HUMANIDAD
1. EL INICIO DE UN PROCESO MARCADO
POR LA INDIGNACIÓN Y LA URGENCIA
Los estudios de la Francia Libre en Londres han puesto de
manifiesto que el asunto de los deberes se suscitó con fuerza
durante la guerra como un factor catalizador de las transfor-
maciones necesarias a nivel nacional e internacional. No obs-
tante, si bien el análisis de la fase preparatoria de la Declara-
ción Universal de los Derechos Humanos mostrará que la
cuestión preocupó seriamente a los expertos de Naciones Uni-
das, la redacción definitiva del texto no estuvo a la altura del
papel central que se atribuyó a los deberes, junto a los dere-
chos, desde diferentes corrientes de pensamiento y desde la
óptica de ilustres miembros de la propia Comisión de Derechos
Humanos. El mismo René Cassin, cuya postura al respecto nos
es ya bien conocida, advierte de la decepción en lo concernien-
te a esta cuestión. Desde su punto de vista, el clima en el que se
elaboró la Declaración es una clave explicativa que, aunque no
justifica por completo la opción tomada, ha de ser bien tenida
Emilia Bea
76
en cuenta, habiendo influido de forma decisiva en su propia
aceptación de un texto alejado de sus expectativas:
Yo que, como redactor del anteproyecto de declaración, había
intentado no sin dificultad una enumeración limitada a tres debe-
res: la obediencia a las leyes, el ejercicio de una actividad útil y la
aceptación de las cargas y sacrificios exigidos por el bien común,
renuncié en seguida a mi tentativa ya que temía comprometer el
éxito del principio 121.
En este sentido, recomienda trasladarse «a la atmósfera de
horror y de indignación respecto a los atentados monstruosos
perpetrados contra los derechos humanos antes o durante la
Segunda Guerra Mundial por Hitler y sus cómplices» y tratar
de ponerse en el lugar de los miembros de la Comisión de Dere-
chos Humanos que ante todo pretendían «elevar la protesta
solemne de la conciencia humana contra la tiranía ilimitada
del Estado» 122. Cassin recuerda las tajantes palabras pronun-
ciadas «en este estado de espíritu» por la presidenta de la
Comisión, Eleanor Roosevelt, en junio de 1947, durante una de
las primeras sesiones del grupo de trabajo del Comité de redac-
ción, en la que él expuso su anteproyecto con mención a los
deberes: «La tarea que se nos ha encomendado es la de procla-
mar los derechos y las libertades fundamentales del ser huma-
no y de hacer todo lo posible para asegurar su respeto universal
y efectivo siguiendo los términos de la Carta de Naciones Uni-
das y no de enumerar sus obligaciones» 123.
En un ambiente de posguerra, firmemente comprometido
con que no vuelva a producirse nunca más una situación como
la vivida, el panorama internacional aparecerá cada vez más
121 R. CASSIN, «De la place faite aux devoirs de l’individu dans la Décla-
ration Universelle des Droits de l’Homme» en M. POLYS MODINOS, Mélanges
offerts à Polys Modinos: Problèmes des Droits de l’homme et de l’unification
européenne., Pedone, París, 1968, (pp. 479-488), p. 484.
122 Ibid., p. 481.
123 Ibid.
Reacción frente a actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad
77
dividido entre el bloque occidental y el bloque socialista, que, a
pesar del deseo compartido de conseguir una paz estable, se
miran mutuamente con desconfianza y temor. Pronto comien-
za a entreverse una situación de Guerra Fría, de conflictos sec-
toriales y de carrera armamentística entre las grandes poten-
cies. La urgencia, así como la gran dificultad, de consensuar un
texto estaban íntimamente unidas a esta política de bloques
que iba acrecentando la distancia entre quienes habían luchado
conjuntamente para vencer al enemigo común. Los redactores
de la Declaración se encontraron ante tensiones internaciona-
les que eran un riesgo latente y creciente para el logro de los
propósitos de Naciones Unidas expresados en su Carta funda-
cional, aprobada el 25 de abril de 1945 en San Francisco: man-
tener la paz, promover el progreso social y económico de todos
los pueblos y velar por el respeto de los derechos humanos.
Como es bien sabido, en base a la antigua Sociedad de Nacio-
nes, la nueva organización internacional pretendía evitar los
errores y la debilidad de aquella, pero, desde su origen y hasta
nuestros días, se ha mantenido en un difícil equilibrio entre el
respeto al principio básico en el Derecho internacional clásico
de soberanía de cada Estado (del cual se deduce el principio de
no injerencia en los asuntos internos), y los dos nuevos princi-
pios que se desprenden de la Carta de las Naciones Unidas: el
que estipula que las violaciones de los derechos humanos en un
Estado determinado es materia de preocupación internacional
y el que formula la exigencia de mantenimiento de la paz, que
podría llegar a suponer, en algunos casos, la adopción de medi-
das preventivas o coercitivas contra un Estado.
La gran novedad es el inicio de un proceso de humaniza-
ción del Derecho internacional, que convierte a los seres huma-
nos en sujetos de protección incluso por encima del Estado,
rompiendo con la idea de que un Estado puede tratar a sus
súbditos a su arbitrio. Los individuos dejan de ser exclusiva-
mente ciudadanos de los Estados, para pasar a convertirse tam-
bién en ciudadanos de una comunidad jurídica universal con la
cual están directamente conectados. La afirmación de la igual
dignidad y valor de toda persona humana contradecía la visión

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT