La legalidad en el deporte. una constante evolución a la justicia

AuthorZitlally Flores Fernández, Karel Luis Pachot Zambrana
Pages31-48
LA LEGALIDAD EN EL DEPORTE. UNA CONSTANTE
EVOLUCIÓN A LA JUSTICIA
J A D C C
DOI: 10.14679/2204
«…Cómo vas a saber lo que es la injusticia si nunca te
sacó tarjeta roja un referee localista…»
La pasión del futbolista.
Lema de un equipo amateur
Sumario: I. Resumen. II. ¿Legalidad o justicia deportiva? III. Justicia técnico-deportiva.
Derecho Procesal Deportivo. IV. Justicia disciplinaria. V. Justicia Deportiva ante la
Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte. a) Naturaleza Jurídica. b) Integración.
c) Presidente. d) Miembros Titulares. e) Funcionamiento. VI. Derecho procesal depor-
tivo. VII. Recursos jurídicos deportivos. a) Recurso de Inconformidad. b) Recurso de
Apelación. VIII. Medios alternativos de solución de controversias. a) Mediación. b)
Arbitraje Deportivo. IX. Conclusiones. X. Referencias.
I. RESUMEN
El deporte, desde la antigüedad hasta la modernidad, ha buscado aplicar reglas para
efecto de que los atletas participen en una competición bajo las mismas condiciones. Sin
embargo, cuando el atleta en su f‌i n agonístico desea el triunfo, en ocasiones puede transgre-
dir las reglas de juego, de conducta, en sí, la normatividad de una asociación o federación
deportiva nacional o internacional. Pero no solo es el atleta el que puede vulnerar reglas o
normas de carácter deportivo sino también otros sujetos vinculados al deporte.
Es por ello que debemos hacer una ref‌l exión, inicialmente de manera f‌i losóf‌i ca, respec-
to a la esencia que tiene el deporte respecto al tema de la justicia deportiva; posteriormente
se analiza la justicia técnico-deportiva, la justicia disciplinaria y f‌i nalmente la justicia
gubernamental deportiva, que en México recae, esta última, en la Comisión de Apelación
y Arbitraje del Deporte.
II. ¿LEGALIDAD O JUSTICIA DEPORTIVA?
He aquí la pregunta sobre la que debe ref‌l exionar la comunidad deportiva, ¿es la
legalidad o la justicia lo que se busca dentro del campo del deporte?, o ¿por qué la mal
llamamos justicia deportiva?
Jalil Ascary Del Carmen Clemente
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Siguiendo la idea de la Teoría Tridimensional del Derecho de Miguel Reale, la cual
explica que, para comprender de mejor manera al Derecho, se le aborda desde tres dimen-
siones: la fáctica, la normativa y la axiológica.
La dimensión fáctica denota al fenómeno jurídico como un hecho, un acontecer que se
presenta en la realidad social. Si se relaciona con el ámbito deportivo, se ref‌i ere entonces a
hechos deportivos, las competiciones, donde se involucran los actores principales: atletas,
entrenadores y jueces.
La dimensión normativa reconoce al fenómeno en su presencia estrictamente jurídica;
en el ámbito deportivo se ref‌i ere a los reglamentos deportivos, reglamentos de conducta,
leyes en materia deportiva y, en su caso, los usos y costumbres.
Finalmente, la dimensión axiológica concibe al derecho como un valor y como por-
tador y garante de otros valores superiores. En el ámbito deportivo su enfoque radica en
el fair play, el juego limpio, lo que protege son los valores intrínsecos del propio deporte,
aplicando de manera regular tres postulados: el respeto a la propia persona (deportista), al
adversario, y a la norma. Para este en tema en particular, Álvarez Ledezma (1995) explica
a través de la teoría o tesis del doble estándar valorativo íntimamente relacionada con la
Teoría de la Justicia.
Al respecto, podemos decir que para ubicar al doble estándar valorativo debe enten-
derse que en el primer estándar valorativo los valores −orden, seguridad, igualdad− le
otorgan al derecho una primera e inmediata validez, una validez de orden formal, por lo que
se traduce como legalidad, es decir, se resume en que el valor de lo jurídico es un marco
que, por sí mismo, aporta algo a la sociedad pero que no se agota con su establecimiento,
con su institucionalización, porque el derecho no es un f‌i n en sí mismo, sino que es el
medio ordenado, seguro e igualitario por el que cada sociedad, en cada momento histórico,
realiza otros valores superiores, con respecto de los derechos fundamentales de la persona
(Álvarez Ledezma, 1995). Cuando decimos que la legalidad se condiciona en el segundo
estándar valorativo, se hace referencia a un sistema de valores superiores (como la vida,
dignidad humana, etcétera) que son las aspiraciones que determinan el contenido de la
legalidad (Álvarez Ledezma, 2007).
En este orden de ideas, se puede decir que el derecho es justo cuando en el primer
estándar valorativo hace cumplir al segundo estándar valorativo. Sin embargo, existen
factores extrínsecos como son: 1) la existencia de un sistema de administración de justicia
o judicial con servidores públicos y abogados postulantes corruptos o profesionalmente
incompetentes; 2) la existencia de un sistema político corrupto o que carezca de voluntad
política a favor de la justicia; y 3) la existencia de un Estado ético o perfeccionista o las
condiciones de miseria e ignorancia en que se encuentren amplios sectores de la población
(Álvarez Ledesma, 2007). Mientras que algunos factores intrínsecos son: 4) la existencia
de un ordenamiento jurídico técnicamente defectuoso a nivel de su legalidad; y 5) la exis-
tencia de un ordenamiento jurídico que es visto como injusto en algunas de sus normas o
en su totalidad.

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