Trayectorias

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TRAYECTORIAS
En este capítulo presento un acercamiento colectivo a la biografía y la
trayectoria de los penalistas españoles exiliados en México. Tomo en
cuenta fecha de nacimiento, así como formación y trayectoria en Espa-
ña y México. Además, valoro la diferencia generacional (aunque al
hacerlo señalo matices y excepciones), muestro las dificultades que los
penalistas españoles enfrentaron para incorporarse a la vida académica
y profesional mexicana, y enlisto sus contribuciones teóricas e institu-
cionales al país (pues en ello ahondaré en otros apartados).
Formación y experiencia en España
Algunos de los penalistas españoles que se exiliaron en México tenían
una trayectoria consolidada en España, pues antes o durante la Segun-
da República, publicaron obras, ocuparon cargos administrativos o ju-
diciales, participaron en la formulación de leyes y obtuvieron cátedras
universitarias en concursos de oposición. En cambio, otros apenas esta-
ban iniciando su carrera académica y no contaban con trabajos publica-
dos o empezaban a publicar, eran ayudantes de profesor o incursionaban
en el litigio, y ante el llamado del gobierno republicano se adentraron en
el ámbito judicial.
En palabras de Manuel de Rivacoba y Rivacoba, en el penalismo
español del exilio se distinguen “dos sectores principales o niveles bien
diferenciados, que, sin identificarse realmente, sobre todo el primero,
con el concepto de generación, pueden en cierto modo reducirse a él y
llamarse dos generaciones”. Siguiendo con el autor, a la primera gene-
ración pertenecen los maestros que gozaban de consagración oficial
y, por ello, antes de la Guerra Civil desempeñaron cargos públicos y
durante la contienda tuvieron responsabilidades políticas o diplomáti-
cas: Constancio Bernaldo de Quirós (nacido en 1873) y con distancia
de edad, Luis Jiménez de Asúa (1889), Mariano Ruiz-Funes (1889),
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Manuel López Rey Arrojo (1902) y Emilio González López (1903). En
cambio, a la segunda pertenecen sus alumnos, quienes “tenían ya ade-
lantada su formación, habían obtenido en algún caso puestos de avan-
zada significación en lo jurídico o ejercían con prestancia en otros la
abogacía, y estaban a punto de alcanzar dignidad profesional” pero, a
partir de 1936, ante la necesidad de que los tribunales continuaran sus
funciones, fueron requeridos a participar en la judicatura y con frecuen-
cia a participar en el combate: Mariano Jiménez Huerta (nacido en
1905), Francisco Blasco y Fernández de Moreda (1906), Isidro de Mi-
guel Pérez (1906) y Julián Calvo Blanco (1909); también, por su labor
penitenciaria, Victoria Kent Siano (1898) y, por su atención al proceso
penal, Santiago Sentís Melendo (1900) y Niceto Alcalá-Zamora y Cas-
tillo (1906).1
En sus listados Manuel de Rivacoba y Rivacoba incluye a la mayor
parte de los penalistas exiliados en México. Dentro de los maestros a
Bernaldo de Quirós y Ruiz-Funes, y en el de sus alumnos a Jiménez
Huerta, Blasco y Fernández de Moreda, Calvo Blanco, Kent Siano y
Alcalá-Zamora. No menciona a Ricardo Calderón Serrano (1897) ni a
Fernando Arilla Bas (1913), pero según su lógica, el primero podría en-
trar en la categoría de los maestros y el segundo en la de sus discípulos.
Por su parte, Jacqueline Alejandra Ramos García considera que los
juristas españoles exiliados en México pueden dividirse en tres genera-
ciones: la primera es la integrada por abogados que gozaban de presti-
gio (considerando sólo a los penalistas; en ella incluye a Bernaldo de
Quirós y a Ruiz-Funes); la segunda está conformada por estudiantes
que se formaron bajo la tutela de los anteriores y daban sus primeros
pasos profesionales en la judicatura, la docencia o la investigación (Al-
calá-Zamora y Castillo, Jiménez Huerta y Arilla Bas), y la tercera es la
que se formó en México y dentro de la cual no enlista a juristas especia-
lizados en la materia penal.2 Por ende, menciona a cinco de los perso-
najes estudiados en este libro: como abogados de prestigio, a Bernaldo
1 Manuel de Rivacoba y Rivacoba, “Presencia y obra del penalismo español del
exilio en Hispanoamérica”, Cuadernos Republicanos, n. 11, 1992, p. 59-74, p. 59-60.
2 Jacqueline Alejandra Ramos García, Los juristas del exilio español en México, Mo-
relia, Universidad Michoacana de San Nicolás Hidalgo, Instituto de Investigaciones
Históricas/Fundación Pablo Iglesias, 2012, p. 264.
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de Quirós y Ruiz-Funes, y como estudiantes a Alcalá-Zamora, Arilla
Bas y Jiménez Huerta.
En suma, tomando en cuenta a los nueve penalistas exiliados en
México, puede decirse que pertenecían al grupo de catedráticos conso-
lidados Constancio Bernaldo de Quirós (1873), Mariano Ruiz-Funes
(1889) y quizá Ricardo Calderón Serrano (1897) o Victoria Kent Siano
(1898), mientras que en el segundo conjunto se ubican Mariano Jimé-
nez Huerta (1905), Francisco Blasco y Fernández de Moreda (1906),
Niceto Alcalá-Zamora y Castillo (1906), Julián Calvo Blanco (1909) y
Fernando Arilla Bas (1913).
Como puede observarse —y como lo sugiere Manuel de Rivacoba
y Rivacoba— el corte generacional no se basa en la diferencia etaria.
Hay que considerar, antes que nada, que los miembros del primer
grupo no tenían una edad similar; en el caso de quienes llegaron a
México la diferencia es menor que la existente entre todos los penalis-
tas que salieron de España, pero la hay: Bernaldo de Quirós tenía 16
años más que Ruiz-Funes. Además, Victoria Kent Siano o Ricardo
Calderón Serrano eran coetáneos de Ruiz-Funes y otros tres sólo eran
siete u ocho años más jóvenes.
La diferencia entre los dos conjuntos se basa en la trayectoria. Para
hilar más fino es preciso tomar en cuenta tres aspectos: formación,
carrera (laboral y académica) y publicaciones. Si los tres aspectos se
toman en cuenta la división generacional es clara, aunque la línea di-
visoria en el ámbito profesional resulta más tenue.
Empiezo por la formación. Tanto los integrantes de la primera co-
mo los de la segunda generación reconocen la influencia que sobre ellos
ejerció Constancio Bernaldo de Quirós. Escribió Mariano Ruiz-Funes:
“Desde el destierro, todos los españoles libres nos inclinamos emocio-
nados ante el ciudadano y ante el maestro”.3 Por su parte, Jiménez de
Asúa, quien fue su alumno y conocía su obra, le pidió que prologara su
tesis doctoral.4 En este sentido y por edad, Bernaldo de Quirós podría
3 Mariano Ruiz-Funes, “Constancio Bernaldo de Quirós”, Car teles, 6 de febrero
1944, p. 174.
4 Sergio García Ramírez, “Maestros españoles: Niceto Alcalá-Zamora y los pe-
nalistas”, Temas de Derecho, México, Universidad Nacional Autónoma de México/
Universidad Autónoma del Estado de México/Seminario de Cultura Mexicana, 2002,
p. 651-659, p. 652; y Jacqueline Alejandra Ramos García y Francisco Xavier Dosil

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