La sucesión de los Estados en la condición de miembro de las Organizaciones internacionales regionales stricto sensu y subregionales

AuthorGabriela A. Oanta
ProfessionProfesora Titular de Derecho internacional público y Directora del Instituto Universitario de Estudios Europeos 'Salvador de Madariaga' de la Universidade da Coruña
Pages219-262
219219
CAPÍTULO 4
La sucesión de los Estados
en la condición de miembro
de las Organizaciones
internacionales regionales
stricto sensu y subregionales
1. ÁFRICA
En las últimas dos décadas del Siglo XX, se ha constatado un in-
cremento de los organismos e instituciones de integración económica
regional en África con la creación de las llamadas «Comunidades Eco-
nómicas Regionales» (en adelante, CER). Entidades que se han encon-
trado en la base de la que sería la CEA, establecida, como decíamos, por
el Tratado de Abuja en el año 1991.
Cabe mencionar, asimismo, que el art. 4.1.d) de este Tratado pre-
vé que uno de sus principales objetivos es el de coordinar y armonizar
las políticas entre las comunidades económicas a n de poner en mar-
cha progresivamente la CEA. Además, uno de los objetivos de la UA es
bastante parecido a esta misma disposición del Tratado de Abuja, con la
única diferencia que la disposición del Acta constitutivo de la UA se re-
ere a la realización gradual de los objetivos de la propia Unión (art. 3.l)).
Respecto de la UA, quisiéramos indicar, también, que su relación con las
CER es bastante compleja y se sustenta sobre tres instrumentos jurídi-
220 LA SUCESIÓN DE ESTADOS EN LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES: EXAMEN DE LA PRÁCTICA INTERNACIONAL
GABRIELA A. OANTA
cos418: en primer lugar, el Tratado de Abuja; en segundo lugar, el Acta
constitutivo de la UA; y, en tercer lugar, el Protocolo sobre las relaciones
entre las CER y la CEA419. Con todo ello, se desea cumplir, pensamos,
con los objetivos mencionados en el Acta constitutivo de la UA420 y tam-
bién en el Tratado de Abuja421 a través de la integración política y socio-
económica del continente africano gracias a los procesos de integración
económica brindados por las CER.
En la actualidad, existen ocho Comunidades de estas caracterís-
ticas en el continente africano422, a saber: la Comunidad de los Esta-
dos Sahel-Saharianos (CEN-SAD) –que, conformada por 25 Estados,
constituye el marco de cooperación regional stricto sensu más extenso del
continente africano–, el Mercado Común de África Oriental y Austral
(COMESA), la Comunidad Africana Oriental (CAO/EAC), la Comu-
nidad Económica de los Estados de África Central (CEEAC/ECCAS),
la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CE-
DEAO/ECOWAS), la Autoridad Intergubernamental para el Desarro-
llo (IGAD), la Comunidad de Desarrollo de África Austral (SADC), y
la Unión del Magreb Árabe (UMA) –formada por 5 Estados y repre-
sentando el marco de cooperación regional stricto sensu más restringido
en África–.
418 Para un comentario detallado de estas cuestiones, véase: KARANGIZI, op. cit.,
pp. 210-218; MBENGUE, M.M.; OLLY, P., op. cit., pp. 175-181.
419 Véase: «Protocole sur les relations entre l’Union Africaine (UA) et les Com-
munautes economiques regionales (CER)», rmado en 1998, y modicado en
2007. Este texto está disponible en: www.archives.au.int
420 Art. 3 del Acta constitutivo de la UA.
421 Art. 4 del Tratado de Abuja.
422 Para una presentación general de las CER, véase: MALUWA, op. cit., pp. 43-48;
PENNETTA, P., La Organizzazioni internazionali dei paesi en via di sviluppo. Vo-
lume primo: Le Organizzazioni economiche regionali africane, Cacucci Editore, Bari,
1998; TCHIKAYA, op. cit., pp. 181-187; KARANGIZI, op. cit., pp. 207-222.
CAPÍTULO 4. LA SUCESIÓN DE LOS ESTADOS EN LA CONDICIÓN DE MIEMBRO DE LAS ORGANIZACIONES … 221
Se trata pues de unas Organizaciones internacionales regionales stric-
to sensu que, sin embargo, no corresponden necesariamente con las cinco
regiones geográcas reconocidas por la UA423 –a saber: África Central424,
África Oriental425, África del Norte426, África Austral427 y África Occiden-
tal428– siendo posible que un mismo Estado sea parte en más de una CER.
Es lo que ocurre con la mayoría de los Estados africanos, la excepción la
representan solamente nueve países: Argelia que es parte solamente de la
UMA, Camerún y Santo Tomé y Príncipe que son miembros únicamente
de la CEEAC/ECCAS, Esuatini, Lesoto, Mozambique, Namibia y Áfri-
ca del Sur que son parte solamente de la SADC, y Cabo Verde que se ha
integrado solamente en la CEDEAO que afecta a la parte occidental del
continente africano. A ello cabría mencionar el caso de la RDA del Saha-
ra Occidental, que ha sido admitida como miembro solamente en la UA,
no siendo, sin embargo, parte de ninguna otra estructura de organización
continental regional stricto sensu o subregional africana.
La Comunidad de los Estados Sahel-Saharianos (CEN-SAD) re-
presenta la CER más extensa del continente africano al reunir a todos
423 «Council of Ministers, Organization of African Unity, 26th ordinary session,
Addis Abeba, 23 February-1 March, 1976», CM/Res.464QCXVI.
424 Formada por 9 Estados: Burundi, Camerún, República Centroafricana, Chad,
República del Congo, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial,
Gabón, y Santo Tomé y Príncipe.
425 Integrada por 14 Estados: Comoras, Eritrea, Etiopía, Kenia, Madagascar, Mau-
ricio, Ruanda, Seychelles, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Tanzania, Uganda, y
Yibuti.
426 A la que pertenecen 6 Estados y la RDA Saharaui: Argelia, Egipto, Libia, Mau-
ritania, Marruecos, RDA Saharaui, y Túnez.
427 Formada por: Angola, Botsuana, Esuatini (hasta 2018, Suazilandia), Lesoto,
Malaui, Mozambique, Namibia, África del Sur, Zambia, y Zimbabue.
428 Compuesta por: Benín, Burkina Faso, Cabo Verde, Costa de Marl, Gambia,
Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Sierra Leona, y Togo.

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