Reutilización del patrimonio eclesiástico

AuthorJosé María Martí Sánchez
ProfessionDoctor en Derecho y Licenciado en Ciencias Religiosas
Pages179-223
5. REUTILIZACIÓN DEL PATRIMONIO
ECLESIÁSTICO
Una primera toma de contacto con el problema es conocer sus raí-
ces. Martínez Sistach las resume en556: 1º) la construcción de templos,
en la segunda mitad del siglo XX, en los lugares en que se concentró
la inmigración (barrios en expansión de las ciudades industriales y
metrópolis que absorbieron el movimiento migratorio). 2º) Los centros
históricos de las ciudades donde estaban las iglesias más monumenta-
les, porque eran el centro de la vida local, ahora son más bien el espacio
de la actividad profesional y de tránsito. Son pocos los que allí viven y
los que lo hacen son una población residual (comunidades envejecidas
de f‌i eles). 3º) Algo similar se puede decir de los pueblos. Pocos carecen
de su templo, incluso monumental, pero se han visto despoblados
con comunidades muy mayores y sin recursos para mantener tales
infraestructuras557.
Sin embargo, la pérdida del uso religioso y las medidas de seguridad
(frente al deterioro, por la explotación turística, el terrorismo y los aten-
tados, o más recientemente, al contagio de enfermedades) pueden ir en
perjuicio de la estima y cuidado del bien, o directamente afectar a quie-
nes se benef‌i ciaban más directamente de su funcionalidad. Al respecto
nos parece que: «Las iglesias, entendidas como edif‌i cios sagrados, son
556 Alejandro GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, El régimen jurídico…, p. 148. CONSEJO
PONTIFICIO DE LA CULTURA, «La dismissione e il riuso ecclesiale di chiese Linee
guida», nº 6-7. Además, el documento pone de manifiesto que algunos lugares de culto
no estaban destinados a la atención pastoral (templos parroquiales), se relacionan
con otras instituciones y fines, verbigracia, pertenecen a entidades privadas o incluso
particulares, cuyo ajuste a los tiempos actuales no siempre ha sido posible (nº 8).
557 Una noticia reciente: Un dañino «arreglo» en una iglesia románica evidencia
la falta de recursos para conservar el patrimonio. La iglesia románica de Castronuño,
en Valladolid, amaneció un día con varias grietas rellenadas con cemento, Libertad
Digital, 10 noviembre 2021.
JOSÉ MARÍA MARTÍ SÁNCHEZ
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expresión y signo de la fe de un pueblo: no pueden separarse de ella, so
pena de perder su sentido y, al f‌i nal, poco a poco, su propia existencia.
Su reducción a bienes de interés cultural solo da una efímera ilusión
de prolongar la vida de tales edif‌i cios: en realidad se trata de insertar
algún objeto en el interés contingente del museo de nuestro tiempo»558.
Pero sin descuidar la importancia y razón de ser de los lugares de
culto, el Papa Francisco ya sugirió que algunas de estas iglesias, sin
uso cultual, podrían dedicarse a la acogida y atención a las personas
pobres y necesitadas559. Aquí creemos que cabe el uso que a veces se
ha dado a estas instituciones como residencias para la tercera edad,
hospedería con f‌i nes de cultivo interior, etc. Sobre el reto del menor
uso o demanda de algunos de estos espacios, por las circunstancias en
parte comentadas, se han pronunciado ciertas Conferencias Episco-
pales (Italia 1992560, Alemania 2003, Suiza 2006 y Bélgica 2012)561. Y,
descendiendo otro peldaño, la cuestión ha sido abordada directamente
por las diócesis. En la Archidiócesis de Barcelona, en «Nota de prensa.
Comunicado sobre una eventual reorganización de las parroquias» (17
mayo, 2021) se explica un borrador que propone el cierre-unif‌i cación de
558 «Le chiese, intese come edifici sacri, sono espressione e segno della fede di
un popolo: non ne possono essere separate, pena la perdita del loro significato e,
lentamente, alla fine, della loro stessa esistenza. La loro riduzdione a beni di interesse
culturale dà solo un’effimera illusione di protrarre la vita di tale edifici: in realtà si
tratta di inserire nel contingente interesse museale del nostro tempo qualche oggetto»
(G. Paolo MONTINI, La cessazione degli edifici di culto, p. 281).
559 Mensaje al citado Congreso «¿Dios ya no vive aquí?...», 29 noviembre 2018.
Además, Lluís MARTÍNEZ SISTACH, op. cit., p. 1051, y J. C. RODRÍGUEZ, «¿Hotel
o geriátrico? La Conferencia Episcopal abre el debate sobre cómo destinar conventos
deshabitados a uso asistencial en vez de hotelero», Vida Nueva, nº 2.882, 2014, pp.
42-43. https://www.vidanuevadigital.com/2014/02/14/hotel-o-geriatrico-conventos-
vacios-en-espana/
560 Más recientemente: CONFERENZA EPISCOPALE ITALIANA. COMITATO
PER GLI ENTI E I BENI ECCLESIASTICI, Le ciese non più utilizzate per il culto, 4
octubre 2012. http://www.diocesisalerno.it/wp-content/uploads/2012/02/documento-
cei-chiese-non-utilizzate.pdf (consulta: 27 septiembre 2021). El documento alerta
del proceso creciente de los edificios de culto en que no se mantiene su destinación
originaria. Y añade su preocupación a que el uso al que luego se destine sea
manifietamente disonante con la precedente utilización religiosa (existen casos de
iglesias transformadas en oficinas, laboratorios, restaurantes). El contraste es más
llamativos cuando el edificio sea inmediatamente recognoscible como una primitiva
iglesia. Por ello, el domento proporciona unas directrices para la elección correcta
en la situación concreta, particularmente cuando el lugar de culto sea de eantidades
eclesiásticas.
561 Algunos se comentan en: Paolo CAVANA, Il problema degli edifici di culto
dismessi, pp. 34-38.
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Patrimonio cultural de interés religioso (católico) y nuevos usos. Comparación del derecho español, italiano y francés
160 parroquias de las 208 existentes en la citada circunscripción562. La
unif‌i cación o supresión de parroquias no equivale al cierre de templos,
pero con frecuencia es su antesala. En Suecia ya se había experimen-
tado la reducción de templos de la Iglesia luterana en un 45%. Allí se
pasó de 2.517 parroquias, en 2000, a 1.382, en 2012563.
La realidad no es diferente entre los religiosos, y la experiencia
española esbozada, lo conf‌i rma564. Pocas son las comunidades pujantes
o aquellas que, no pudiendo mantenerse, son reemplazadas por otros
institutos de un carisma similar565. La sentencia del Tribunal Supremo
851/1997, 6 de Octubre, conf‌i rmó la deción de la Hermandad de Nues-
tra Señora de Monlora (Zaragoza) de cesión del uso del Monasterio de
su propiedad a los Monjes Benedictinos que allí se instalaron.
En Bélgica, en 2004, la región Flamenca asumió responsabilidades
en el sostenimiento de los lugares de culto y aprobó un Decreto566. El
objetivo era racionalizar, gracias a programas estratégicos de elaboración
562 Nota de prensa. Comunicado sobre una eventual reorganización de las
parroquias en la diócesis de Barcelona, 17 mayo, 2021. Comunicado sobre una eventual
reorganización de las parroquias en la diócesis de Barcelona - Arzobispado de Barcelona
(esglesia.barcelona) (consulta: 7 julio 2021). Asimismo, el Cardenal Juan José Omella
publicó el 17 de junio de 2021 una carta, para explicar el proceso de cambio iniciado
en la Archidiócesis.
563 Henrik LINDBLAD & Eva LÖFGREN, op. cit., p. 21. Este estudio cita 6 casos
de iglesias derruidas o con cambio de uso, en el país, los últimos años.
564 José María MARTÍ SÁNCHEZ, La preservación de la riqueza cultural de los
claustros, Revista Española de Derecho Canónico, 76, 2019, p. 693.
565 Las hermanas Concepcionistas Franciscanas, fundadas por Santa Beatriz de
Silva (1437-1492), llegaron a Torrelaguna (Madrid), Monasterio de San Juan Bautista
de la Concepción, en 1562, bajo el influjo del Cardenal Cisneros y permanecieron hasta
2018. El 4 de julio de 2020, el Instituto del Verbo Encarnado procede a la fundación
del Monasterio de su comunidad femenina contemplativa en el mismo emplazamiento.
https://institutodelverboencarnado.org/quien-ha-dicho-que-este-no-es-tiempo-para-
construir-catedrales/ 23 jul 2020 (consulta; 11 noviembre 2021). Las Hermanas
Comunicadoras Eucarísticas del Padre Celestial llegan a Mula, provincia de Murcia.
Ocuparán el espacio que dejó vacío la Orden de Santa Clara en diciembre de 2019, tras
más de 300 años instalada en Mula, La Opinión de Murcia, 2 noviembre 2021.
566 7 Mai 2004. - Décret relatif à l’organisation matérielle et au fonctionnement des
cultes reconnus (Traduction). Mise à jour au 15-02-2018. De la norma nos interesa
sobre todo su art. 2: «Le Gouvernement flamand reconnaît les paroisses et leur ressort
territorial sur la proposition de l’organe représentatif du culte catholique romain
reconnu par l’autorité fédérale, dénommé ci-après l’organe représentatif agréé».
También el art. 4: «Art. 4/1. [1 Le Gouvernement flamand reconnaît les modifications
des circonscriptions des paroisses reconnues, sur la proposition de l’organe représentatif
reconnu. Les critères de reconnaissance, visés à l’article 2, alinéa deux, ne s’appliquent
pas dans ce cas. Le Gouvernement flamand fixe les règles de procédure.]1. Les critères
d’agrément seront fixés par arrêté du Gouvernement flamand».

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