La comisión y los objetivos de la sentencing reform act

AuthorDiego Zysman Quirós
Pages149-160
149
CAPÍTULO V
LA COMISIÓN Y LOS OBJETIVOS
DE LA
SENTENCING REFORM ACT
1. FUNDAMENTO Y FINES DE LA PENA
En primer lugar, de acuerdo al desarrollo histórico reseñado con ante-
rioridad, la reforma en favor de disposiciones precisas para la determinación
de las penas dejó claro que la nueva política implicaba tomar distancia de
la resocialización como ideología dominante. A partir de esta af‌irmación, la
expectativa se trasladaba a conocer cuál de las nuevas propuestas sobre el f‌in
de la pena amparaba a las Directrices. Dicho de otra forma, qué concepción
del castigo de las que hemos mencionado en el capítulo anterior vendría a
reemplazar en ellas a la resocialización que había sustentado el indeterminate
sentencing.
La Comisión abordó el tema expresamente y pretendió excusarse por no
efectuar una clara manifestación, de la siguiente manera 1:
«Un problema f‌ilosóf‌ico que surgió cuando la Comisión intentó reconciliar
las diferentes percepciones del castigo criminal. La mayoría de los observadores
de la ley penal acordaron que el último f‌in de la ley en sí, y del castigo en parti-
cular, era el control del delito. Más allá de este punto, sin embargo, el consen-
so pareció perderse. Algunos argumentaron que el castigo apropiado debería
ser def‌inido primariamente sobre las bases del principio moral del “just desert”
[...] Otros af‌irmaron que el castigo debía ser impuesto prioritariamente sobre
las bases de consideraciones prácticas de “control del delito”. Los condenados
bajo este esquema deberían recibir el castigo que redujera más efectivamente la
probabilidad del delito futuro, tanto disuadiendo a los otros [deterrence] como
incapacitando al ofensor. Los adherentes de estos puntos de vista han urgido a la
Comisión a elegir entre ellos, a acordar una primacía sobre la otra. Esta opción
sería profundamente dif‌icultosa. La literatura relevante es vasta, los argumen-
tos profundos, y cada punto de vista tiene mucho que decir en su favor. Un
claro corte de la decisión de la Comisión a favor de uno u otro de los enfoques
1 DOOB, op. cit. p. 215.

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