Reflexiones sobre las haciendas locales españolas en un momento de transición

AuthorEnrique Giménez-Reyna Rodríguez
ProfessionAbogado
Pages255-283
*El autor es Inspector de Hacienda del Estado, en excedencia voluntaria, y abogado en ejer-
cicio por el Ilustre Colegio de Madrid desde 2001. Ha sido Subdirector General de Tributos Locales
(1981-1986), Director General de Coordinación con las Haciendas Territoriales (1996-1997),
Director General de Tributos (1997-2000) y Secretario de Estado de Hacienda (2000-2001), cargos
todos ellos del Ministerio español de Economía y Hacienda.
REFLEXIONES SOBRE
LAS HACIENDAS LOCALES ESPAÑOLAS
EN UN MOMENTO DE TRANSICIÓN
ENRIQUE GIMÉNEZ-REYNA RODRÍGUEZ
Abogado*
Sumario: I. Introducción.- II. El marco legal: 1. La cuestión de las competencias
normativas. 2. Otras cuestiones.- III. Los tributos locales.- IV. Las funcio-
nes administrativas.- V. El principio de coordinación y la hacienda local.
I. INTRODUCCIÓN
El llamado tercer nivel de gobierno –y de hacienda– de los Estados compues-
tos merece cada vez más la atención de los autores, dada su importancia cualita-
tiva en el conjunto de la acción pública de los países democráticos.
España no es una excepción; en estos últimos treinta años el sector local, que
ha sido objeto de constantes iniciativas legislativas de todos los gobiernos consti-
tuidos desde nuestra transición a la democracia, ha pasado de ser un capítulo,
cuando no ignorado, marginal para la doctrina, a ocupar un importante espacio en
los manuales y en las revistas especializadas.
Esta creciente atención contrasta con la escasa significación que nuestros
políticos reconocen al papel y al volumen de gasto de las Corporaciones Locales
españolas, en comparación con las Comunidades Autónomas (CCAA), ya que
permanecen ancladas en las mismas cifras relativas que tenían a finales de los
setenta.
Pero no hay un trabajo sobre financiación local que no caiga en la constan-
te reflexión sobre la infradotación de recursos de este sector de nuestra Hacien-
da Pública, igual que las exposiciones de motivos de todas las disposiciones
que se dictan, elevando a la categoría de tópico la llamada “crónica insuficien-
cia de la Hacienda local española”, que venimos leyendo desde comienzos del
pasado siglo. Lo cual puede ser verdad, no lo discutimos, pero la realidad,
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cuando uno viaja por España, o conoce de cerca las actuaciones urbanísticas,
las dotaciones de infraestructuras, los programas culturales y asistenciales, et-
cétera, de nuestros Municipios siente la duda sobre el alcance de aquella persis-
tente denuncia.
En el momento presente (verano de 2005) vivimos otro ciclo cargado de estu-
dios y análisis para la reforma de la Hacienda local. Ello es debido, en parte, a las
propias demandas de los Ayuntamientos que, agrupados en la gran institución que
les representa, la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias), han
conseguido un gran protagonismo en la vida política de nuestro país. Pero también
influye el mimetismo con el otro frente, el de las CCAA, embarcadas en un pro-
ceso de reforma de sus Estatutos con una pretensión dominante que es el reforza-
miento de sus recursos financieros. La gran cuestión es si, una vez más, la enésima
reforma de la Hacienda local va a ir por delante o si quedará relegada a repartir las
migajas que deje la reforma de la financiación autonómica.
En ese estado de incertidumbre –algunos hablan de “la segunda transición”–
nos encontramos, a los 27 años de aprobar la Constitución, a los 25 de la aproba-
ción de los Estatutos de Autonomía de las llamadas CCAA históricas, a los 27
años de las primeras elecciones municipales de la democracia y al cuarto de siglo
de funcionamiento de nuestro Tribunal Constitucional. Todo son propuestas de
reforma, unas de gran sentido y oportunidad, y otras, no tanto y con una indisimu-
lada vocación de reformar la propia definición del Estado.
Las líneas que siguen responden a un análisis, sin pretensiones científicas,
sobre las cuestiones que la revisión del sistema financiero local debe abordar en
un corto plazo, sin dejar de advertir que el proceso de reforma que nos acecha
puede desbordar la visión particular que podemos dar en este momento.
II. EL MARCO LEGAL
1. La cuestión de las competencias normativas
La situación actual es la siguiente: la Hacienda Local se rige por una Ley del
Estado1, dictada con fundamento en varios títulos competenciales previstos en la
Constitución que nadie ha puesto en cuestión, salvo matizaciones. En ella se con-
tienen todas las disposiciones de Derecho material y formal, que exigen rango de
ley, relativas al establecimiento, regulación y exacción de los tributos locales y a
la revisión de los actos dictados en esta materia por las entidades locales.
1. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL, en adelante).

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