Justificación epistémica, evidencialismo robusto y prueba jurídica

AuthorEdgar Ramón Aguilera García
PositionUniversidad de Girona
Pages81-102
Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio / International Journal on Evidential Legal Reasoning
Año 2022 N. 3 pp. 81-102 DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22733
Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio
Quaestio facti. International Journal on Evidential Legal Reasoning
Sección: Ensayos
N. 3 | 2022 pp. 81-102
Madrid, 2022
DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22733
© Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales
© Edgar Aguilera
ISSN: 2604-6202
Recibido: 22/12/2021 | Aceptado: 24/1/2022 | Publicado: 31/01/2022
Editado bajo licencia Reconocimiento 4.0 Internacional de Creative Commons
JUSTIFICACIÓN EPISTÉMICA,
EVIDENCIALISMO ROBUSTO Y PRUEBA JURÍDICA
Edgar Aguilera
Universidad de Girona
edgar.aguilera@udg.edu
https://orcid.org/0000-0003-0119-0515
RESUMEN: En el trabajo me propongo dar cuenta (y contribuir a un posible desarrollo) de un de-
bate poco explorado en el ámbito de la teorización sobre la prueba jurídica de corte racionalista,
mismo que se origina en las las del «evidencialismo» en epistemología (y que ha cristalizado en la
propuesta de un evidencialismo denominado «robusto»). Ello a los efectos de esbozar una visión
de la prueba en el derecho, no estándar, pero también racionalista, que podría emerger de la con-
sideración de dicho debate, la cual estaría integrada por un componente aretaico (que tiene que
ver con el despliegue de ciertas virtudes intelectuales), una concepción argumentativa de la prueba
en el derecho y un análisis peculiar de la fuerza y el sentido de los enunciados probatorios del tipo
«está probado que “p”».
PALABRAS CLAVE: justicación epistémica; evidencialismo; prueba jurídica, tradición racionalista;
estándares de prueba.
EPISTEMIC JUSTIFICATION, ROBUST EVIDENTIALISM,
AND LEGAL EVIDENCE AND PROOF
ABSTRACT: My purpose in this essay is twofold: 1) to introduce and elaborate on a debate originated
within the province of evidentialism in epistemology (leading to «robust» versions of evidentia-
lism) that has not received much attention from the rationalist approach to legal evidence and
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Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio / International Journal on Evidential Legal Reasoning
Año 2022 N. 3 pp. 81-102 DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22733
proof, and 2) to sketch the contours of a conception of legal evidence and proof that emerges from
that debate, which is to a certain extent alternative but nonetheless rationalist too. is conception
is comprised of an aretaic component (which refers to certain epistemic virtues), an argumentative
understanding of legal evidence and proof, and a particular analysis of the force and sense or mea-
ning of the so-called evidentiary statements of the form «it is proven that “p”».
KEYWORDS: epistemic justication; evidentialism; legal evidence and proof; rationalist tradition;
standards of proof.
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.— 2. PRESENTACIÓN DE UN DEBATE EN LAS FILAS
DEL EVIDENCIALISMO: 2.1. Aportes al desarrollo del evidencialismo robusto: el deber de
reexionar. 2.2. Aportes al desarrollo del evidencialismo robusto II: la virtud de ejercer autoridad
sobre nuestras creencias. 2.3. Aportes al desarrollo del evidencialismo robusto III: la idea de cautela
epistémica. 2.4. Aportes al desarrollo del evidencialismo robusto IV: cautela epistémica y descarte
de hipótesis alternativas. 2.5. Recapitulando la discusión.— 3. EVIDENCIALISMO ROBUSTO
Y PRUEBA JURÍDICA.— REFERENCIAS.
RECOMMENDED CITATION: EDGAR AGUILERA, 2022: «Justicación epistémica, evidencia-
lismo robusto y prueba jurídica», in Quaestio facti, 3: 81-102. Madrid: Marcial Pons Ediciones
Jurídicas y Sociales. DOI: http://dx.doi.org/10.33115/udg_bib/qf.i3.22733
1. INTRODUCCIÓN
Entre la prueba jurídica y la epistemología puede surgir, entre otros, un tipo de
vínculo semejante al que se establece entre cierto objetivo, meta o nalidad deseable
y el o los medios idóneos para alcanzarlo, es decir, un vínculo de racionalidad instru-
mental. Esta clase de relación ha sido explícitamente sugerida por la conocida como
«Tradicion Racionalista de la Prueba Jurídica» (TRPJ) 1.
Para dicha tradición, la relación de racionalidad instrumental en comento se ob-
tiene, por un lado, como resultado de atribuirle a la institución jurídico-procesal de
la prueba (o más especícamente, a la actividad probatoria en el derecho), la na-
lidad primordial de maximizar los episodios de coincidencia o de correspondencia
entre el contenido de la premisa menor o fáctica de un silogismo judicial y la realidad
(o de minimizar las ocasiones de falta o ausencia de esa coincidencia, que sería la otra
cara de la misma moneda) y, por otro, de considerar que el medio idóneo para lograr
la referida maximización de la verdad (o la minimización del error) en el contexto de
la aplicación del derecho consiste en que principalmente los legisladores y los jueces,
en sus respectivas labores, tanto de diseño y/o reforma del proceso del que se trate
(en el caso de los primeros), como de valoración de las pruebas de las que disponen
1 Para una excelente revisión de las tesis a las que adhieren tanto la vertiente anglo-sajona, como la
vertiente latina de la TRPJ, véase A, 2019.

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