Derechos fundamentales, discrecionalidad judicial y proceso penal: cómo la reglamentación de los derechos puede afectar los objetivos del proceso

AuthorPablo Larsen
PositionUniversidad Torcuato Di Tella/Universidad de Buenos Aires
Pages13-47
Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio / International Journal on Evidential Legal Reasoning
Año 2022 N. 3 pp. 13-47 DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22598
Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio
Quaestio facti. International Journal on Evidential Legal Reasoning
Sección: Ensayos
N. 3 | 2022 pp. 13-47
Madrid, 2022
DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22598
© Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales
© Pablo Larsen
ISSN: 2604-6202
Recibido: 22/03/2021 | Aceptado: 27/05/2021 | Publicado: 08/07/2021
Editado bajo licencia Reconocimiento 4.0 Internacional de Creative Commons
DERECHOS FUNDAMENTALES, DISCRECIONALIDAD
JUDICIAL Y PROCESO PENAL:
CÓMO LA REGLAMENTACIÓN DE LOS DERECHOS
PUEDE AFECTAR LOS OBJETIVOS DEL PROCESO*
Pablo Larsen
Universidad Torcuato Di Tella/Universidad de Buenos Aires
pablolarsen93@gmail.com
RESUMEN: Este trabajo analiza las formas en que pueden reglamentarse los derechos fundamentales
y el modo en que esto puede incidir en el cumplimiento de los objetivos del proceso penal. Para
esto, primero se muestra que el análisis del tema debe ser sensible a los desacuerdos que pueden
generarse al precisar las exigencias de los derechos y discutir sobre sus posibles reglamentaciones.
Luego, mediante la tipología conocida como «reglas» (normas más precisas) y «estándares» (normas
más vagas), se exponen dos modelos que permiten identicar las principales alternativas disponi-
bles según reduzcan o amplíen, respectivamente, la discrecionalidad judicial para tomar decisiones
en el proceso. Asimismo, se argumenta que un modelo puede ser atractivo para imponer límites
más fuertes al poder estatal, mientras que el otro puede encontrarse en mejores condiciones para
aumentar la eciencia del proceso en la búsqueda de la verdad.
PALABRAS CLAVE: derechos fundamentales; discrecionalidad judicial; reglas; estándares; objetivos
del proceso penal.
* Una versión de este trabajo fue presentada como tesis para obtener el grado de Magister en Derecho
Penal por la Universidad Torcuato Di Tella (Argentina), bajo la dirección del Prof. Dr. Máximo Langer,
y ante un jurado integrado por los Prof. Dres. Alejandra Verde, Hernán Bouvier y Alejandro Chehtman.
Agradezco a los cuatro por sus agudas críticas y comentarios. Asimismo, agradezco a María Belén Iorizzo,
Alan Limardo, Pablo Rovatti, Leandro Días, Diana Veleda, Ignacio Racca, Matías Díaz y Agustín Varela
por las críticas y sugerencias realizadas luego de la lectura de algunas versiones previas del texto. El agra-
decimiento se extiende a las/los árbitras/os que evaluaron el artículo por sus valiosas recomendaciones.
14 PABLO LARSEN
Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio / International Journal on Evidential Legal Reasoning
Año 2022 N. 3 pp. 13-47 DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22598
FUNDAMENTAL RIGHTS, JUDICIAL DISCRETION
AND CRIMINAL PROCESS: HOW THE REGULATION OF RIGHTS AFFECTS
THE ACHIEVEMENT OF THE PROCEDURE GOALS
ABSTRACT: is paper explores how fundamental rights can be regulated, and analyzes how this
activity can have an impact in the achievement of the goals of the criminal procedure. In order to
do so, the paper rst shows that the analysis of those rights must pay close attention to the disa-
greements that arise in discussions about their possible regulations. After that, it shows that the
distinction between «rules» and «standards» can be used to identify two models that represent the
main alternatives available, and shows that those models dier in how much discretion they grant
to the courts. Also, the paper argues that one model can be related with the idea of imposing strong
limits to the state’s power, while the other can be related with the improvement of the fact-nding
accuracy of the procedure.
KEYWORDS: fundamental rights; judicial discretion; rules; standards; goals of the criminal process.
SUMARIO: 1. Introducción.—2. Tomarse en serio los desacuerdos sobre el contenido de los derechos
fundamentales en el proceso penal.—3. La discrecionalidad judicial como eje de los desacuer-
dos.—4. Una terminología para los desacuerdos: reglas, estándares y dos modelos para reglamen-
tar derechos fundamentales. 4.1. La estructura de las normas jurídicas que reglamentan derechos
fundamentales de la persona imputada: la dimensión de la «precisión». 4.2. Reglas y estándares
en la reglamentación de los derechos fundamentales de la persona imputada.—5. La precisión de
las normas jurídicas como herramienta: entre la imposición de límites fuertes al poder estatal y la
eciencia en la búsqueda de la verdad. 5.1. Reglas e imposición de límites fuertes al poder estatal.
5.2. Estándares y eciencia epistémica del proceso. 5.3. Balance—6. Conclusiones.
RECOMMENDED CITATION: LARSEN, PABLO, 2021: «Derechos fundamentales, discrecionali-
dad judicial y proceso penal: cómo la reglamentación de los derechos puede afectar los objetivos del
proceso», in Quaestio facti, 3: 13-47. Madrid: Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales. DOI:
http://dx.doi.org/10.33115/udg_bib/qf.i3.22598
1. INTRODUCCIÓN
Este trabajo se ocupa de analizar las formas que pueden asumir las normas que
reglamentan los derechos fundamentales de la persona imputada (aquellas que preci-
san de forma más concreta su contenido y exigencias) y cómo esto puede incidir en
el cumplimiento de los nes del proceso penal. Puntualmente, propone focalizar ese
análisis en el grado de discrecionalidad con el que cuentan los tribunales al aplicar
esas normas según el grado de precisión con el que hayan sido redactadas: normas
más precisas (reglas) o más vagas (estándares).
De ese modo, el trabajo se concentra en la clase de discusiones que se generan
al debatir, por ejemplo, cómo los tribunales deberían decidir si la admisibilidad de
la declaración previa de un testigo ausente en el juicio es compatible con el derecho
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Año 2022 N. 3 pp. 13-47 DOI: 10.33115/udg_bib/qf.i3.22598
fundamental a interrogar a los testigos de cargo. Al analizar este asunto es usual
encontrar dos posiciones contrapuestas. Por un lado, existen defensas de una re-
glamentación que establezca de forma precisa que los tribunales deben limitarse a
vericar si la defensa contó con una oportunidad previa de interrogar al testigo, y
que sólo en ese caso estos testimonios pueden ser admisibles. Por el otro, también
existen argumentaciones a favor de una reglamentación que otorgue más libertad a
los tribunales y les permita admitir esas declaraciones luego de analizar, en cada caso
concreto, algunos factores como las razones por las cuales el testigo está ausente o los
indicios de conabilidad que pueda presentar su testimonio pese a que la defensa no
haya tenido posibilidad de controlarlo, entre otros 1.
El artículo busca mostrar que ese tipo de discusiones, vinculadas con la libertad
que puede otorgarse a los tribunales para tomar decisiones durante el proceso pe-
nal, se repite en muchas más oportunidades de lo que se ha notado en la literatura
tradicional. Asimismo, intenta ofrecer una herramienta que pueda dar cuenta de la
complejidad que existe detrás de esos debates y que permita alcanzar dos objetivos
concretos: identicar cuáles son las principales técnicas con las que pueden regla-
mentarse los derechos fundamentales de la persona imputada, y detectar las razones
que podrían respaldar la implementación de alguna de esas alternativas. El primero
de esos objetivos permitirá advertir que algunos asuntos importantes del proceso
penal pueden ser abordados de formas variadas, que pueden ser distintas a las que
se conozcan en un determinado ámbito, y ayudará a comprender dónde radican las
diferencias entre esas alternativas. El segundo, por su parte, permitirá mostrar que la
detección de esas alternativas y de las razones que pueden estar detrás de su elección
puede ser útil para los debates que se generan en esta materia.
Esto último, a su vez, permitirá realizar un aporte concreto a la discusión sobre el
rol que desempeñan los derechos fundamentales de la persona imputada en el cum-
plimiento de los nes del proceso penal. Tal como se verá más adelante, si bien los
derechos en alguna medida constituyen límites a la búsqueda de la verdad, esos lími-
tes no son necesariamente claros, existen diferentes formas de establecerlos, y algunas
alternativas pueden ser más favorables a la eciencia epistémica del proceso que otras.
El resultado que esto arroja puede ser útil para quienes consideren que los procesos
penales actuales deben preocuparse más por la búsqueda de la verdad: si se super-
ponen los dos objetivos de este trabajo, será posible advertir que algunos derechos
pueden ser reglamentados válidamente de formas distintas a las que se conozcan en
un ámbito determinado, y en algunas ocasiones de un modo tal que permita mejorar
la eciencia epistémica del proceso 2. A la inversa, el desarrollo también puede ser útil
1 El ejemplo más conocido de la primera alternativa es la regla adoptada por la Suprema Corte de
Justicia de Estados Unidos en el precedente “Crawford v. Washington” (541 U.S. 36). Un caso paradig-
mático de la segunda es la regulación contenida en la Criminal Justice Act del Reino Unido (114, 1.d y
2). Se volverá sobre estos debates y estas regulaciones en las secciones 3 y 4.
2 Esto puede ser atractivo para lo que en alguna ocasión ha sido denominado el «proyecto normati-
vo» de la epistemología jurídica, es decir, aquel «consistente en proponer cambios en las reglas existentes

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