Delitos de comportamiento: ¿protección de la cultura a través del derecho?

AuthorKurt Seelmann
Pages59-72
59
CAPÍTULO III
DELITOS DE COMPORTAMIENTO: ¿PROTECCIÓN
DE LA CULTURA A TRAVÉS DEL DERECHO? *
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
En los últimos años se ha venido cuestionando la legitimación de los
tipos penales a través de la teoría que ha dominado esta materia durante
mucho tiempo: la teoría del bien jurídico. Desde hace mucho existen reser-
vas acerca de si el concepto de bien jurídico es lo suf‌icientemente claro, así
como sobre si al f‌inal con los bienes jurídicos «espiritualizados» no se puede
legitimar casi cualquier criminalización. Últimamente estas reservas se han
confrontado con principios recibidos de modelos anglosajones sobre la limi-
tación de la pena, especialmente de modelos de la tradición de John Stuart
Mill y, más recientemente, de Joel Feinberg. La diferenciación entre lesiones,
perturbaciones, moralismo jurídico y paternalismo jurídico, parece facilitar
el punto de partida para un debate más preciso.
Partiendo de consideraciones todavía más básicas, otra crítica a la teoría
del bien jurídico cuestiona el hecho de que desde su posición individualista-
liberal, determinada por su tiempo, esta teoría no puede comprender (o no
de forma completa) las auténticas razones de la criminalización. En el punto
de mira aparece especialmente la necesidad de criminalizar comportamien-
tos que chocan «con las concepciones valorativas o sobre los comportamien-
tos arraigados en la sociedad», con las «convicciones homogéneas existentes
en la sociedad» 1, aunque no se lesionen los derechos de nadie o bienes cla-
ramente determinables. La criminalización de los denominados «delitos de
comportamiento» 2, desde la perspectiva de los críticos de la teoría del bien
jurídico, no es una mera excepción a la regla de que, básicamente, solo son
merecedoras de pena las lesiones a bienes jurídicos. Por el contrario, el que
se penalice un comportamiento intolerable es el supuesto normal y evidente;
* Traducción a cargo de Irene Navarro Frías.
1 HEFENDEHL, GA, 2002, pp. 21 y ss., 23.
2 HEFENDEHL (nota 1).

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