La seguridad en el transporte público terrestre

AuthorLic. Roberto Alfonso Magallón Mijangos
Preambulo

Al inicio del año de 1983, el derecho a la protección de la salud, como derecho autónomo, fue elevado a Rango constitucional mediante reforma al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para lo cual se le adicionó el siguiente párrafo:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Con la reforma constitucional en comento, se ha requerido de una mayor reflexión y acciones inmediatas en relación con el planteamiento de soluciones para la protección de la vida en materia de seguridad en el Sector Transporte.

Luego entonces, en ese orden de ideas, tenemos que:

- Es objetivo prioritario para el Sector Transporte la disminución de accidentes.

- Los accidentes generan una alta tasa de mortalidad, un número elevado de discapacitados y cuantiosas pérdidas materiales.

- El factor humano es la principal causa de accidentes (90%)

- Entre los principales factores de riesgo se encuentran: hipertensión arterial, fatiga, enfermedades predisponentes, consumo de drogas y alcohol.

Ahora bien, para cumplir en forma más adecuada y eficiente en materia de seguridad y prevención de accidentes se detectan limitaciones en las siguientes áreas:

  1. Sin cobertura geográfica en el Distrito Federal para la práctica de Exámenes Psicofísicos, Médicos en Operación y Toxicológicos, investigación de accidentes (desde el punto de vista médico), procesos de calidad en tiempos de atención al público, control al transporte, calibración de equipo médico y suministro de insumos, entre otros.

  2. Sin Marco Normativo para la Prevención de Accidentes.

  3. Sin infraestructura para la aplicación de los Exámenes.

  4. Sin base de datos de conductores y personal auxiliar.

Ante la problemática de la seguridad y prevención de accidentes en el transporte, el Estado de Tamaulipas no es ajeno, por lo que le corresponde, en sus esquemas y conceptos fundamentales en este aspecto, instrumentar un nuevo marco jurídico que complemente la firmeza y sentido de la prevención de accidentes en el transporte publico de pasaje y carga.

Dar la mayor transparencia y armonía participativa de los sectores involucrados representativos de la producción y consumo en la procuración de la protección y prevención de accidentes en el transporte publico de pasaje y carga; y procurar, además, fuentes de trabajo adecuadamente remunerados, así como garantizar, también, mayores prioridades en la seguridad en el transporte, y consecuentemente, introducir una participación social totalmente activa y generadora para alcanzar el...

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