La posición de la Corte Interamericana de derechos humanos sobre la aplicación de estereotipos y prejuicios de género en contextos de violencia sexual (casos Linda Lopez Soto y otros vs. Venezuela y mujeres de Atenco vs. México)

AuthorAlberto Delfín Arrufat Cárdava
Pages15-19
Crónica de Derecho internacional público
- 15 -
DOI: 10.17103/reei.37.15
LA POSICIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS SOBRE LA APLICACIÓN DE
ESTEREOTIPOS Y PREJUICIOS DE GÉNERO EN CONTEXTOS
DE VIOLENCIA SEXUAL (CASOS LINDA LOPEZ SOTO Y
OTROS vs. VENEZUELA Y MUJERES DE ATENCO vs. MÉXICO).
Alberto Delfín Arrufat Cárdava*
I. HECHOS.
El caso de las mujeres victimas de tortura sexual en Atenco aborda la responsabilidad
internacional del México por la conducta de sus agentes estatales antes, durante y después
de una protesta social ocurrida en los municipios de Texcoco y San Salvador de Atenco
en mayo de 200627. La sentencia es resultado de la demanda interpuesta por la Comisión
ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIADH) como consecuencia de la
detención de once mujeres en el marco de un operativo policial encaminado a sofocar una
revuelta social contra la decisión gubernamental de expropiar y urbanizar un terreno
utilizado habitualmente por vendedores irregulares. La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) determinó que fueron víctimas de detención ilegal, de
diversas formas de violencia física, psicológica y sexual en el marco de su traslado y
llegada al centro de detención; incluyendo actos de tortura sexual, intimidación verbal,
estigmatización, así como la falta de atención médica adecuada con afectación a su salud;
así como los daños psíquicos causados a sus familiares.
Por su parte, el asunto Linda Loaiza López Soto28 evalúa la responsabilidad de Venezuela
resultado de violencia física, verbal, psicológica y sexual, incluyendo ingesta forzada de
alcohol, drogas y medicamentos, desnudez forzada, violaciones reiteradas vaginales,
anales y con objetos, amenazas y humillaciones, privación de alimentos, entre otros
cometidos contra ésta y por el deficiente procesamiento interno de los responsables de
dichos actos con resultado absolutorio en primera instancia. El juicio fue revisado en
segunda instancia resultando condenadas dos personas, mientras el principal acusado
permanece huido. Ninguno de ellos ha sido condenado por violación. La joven estudiante
universitaria tenía 18 años cuando, un particular -hijo del Rector de una Universidad- la
raptó y la esclavizó sexualmente durante cuatro meses. Debido a las lesiones sufridas,
tuvo que ser hospitalizada durante un año y someterse a 15 cirugías, incluidas la
reconstrucción de los labios, de la nariz, del pabellón auricular izquierdo y de la vagina.
López Soto es la primera venezolana que presenta una demanda ante la CIDH por los
hechos y constituye uno de los pocos casos donde la Corte tiene la oportunidad de
* Profesor Agregado (Contratado Doctor) de Derecho Internacional Público en la Universidad Católica de
Valencia (ad.arrufat@ucv.es)
27 CIADH, Caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2018. Serie C No. 371.
28 CIADH. Caso López Soto y otros Vs. Venezuela. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de
septiembre de 2018. Serie C No. 362.

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