Pericias criminalísticas. Su importancia en los juicios orales

AuthorDr. Rodolfo Fernández Romo
PositionProfesor principal de criminalística de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana. Cuba.

El debido proceso penal que se ha desarrollado en América Latina con las reformas procesales a partir de la década de los noventa del pasado siglo, demanda de la realización de un juicio oral y público, donde se respeten los derechos fundamentales de aquellas personas que comparecen al proceso penal como acusados, para lo cual los estados en sus códigos procesales deben instrumentar un conjunto de principios y garantías que permitan tal propósito.

Entre las garantías del debido proceso penal que avalan un juicio justo para todo acusado, encontramos la libertad probatoria de las partes sobre el hecho objeto del proceso, lo que presupone la posibilidad de que puedan demostrar sus respectivas tesis de cargo o descargo por cualquier vía lícita, o lo que es igual, a través de cualquiera de los medios probatorios que prevé la ley de trámites penales.

El dictamen pericial constituye uno de los medios de prueba generalmente aceptados en los códigos procesales del sistema de enjuiciamiento europeo continental y latinoamericano; este es el resultado del arduo trabajo del perito criminalística en el proceso de obtención de las huellas y/o evidencias en la escena del crimen y su posterior remisión y análisis en el laboratorio.

La actuación del perito criminalista en la fase investigativa, puede considerarse como un genuino acto de investigación o fuente de prueba, que se introduce al proceso por las partes a través del medio de prueba pericial o documental, y una vez sometido al contradictorio propio del juicio oral, puede integrar el conjunto de pruebas que permiten formar convicción judicial, sobre el hecho pretérito que se juzga, al aportar al órgano jurisdiccional máximas de experiencias científicas.

Ante los retos cotidianos que impone la criminalidad cada vez más perfeccionada y el surgimiento de los llamados delitos no convencionales, la ciencia criminalística, como ciencia transdisciplinaria auxiliar del derecho penal, trabaja a diario para descubrir nuevas y variadas formas de cómo tributar científicamente en el ámbito probatorio, e incluso, sin desechar los innegables logros que en este campo se han alcanzado por técnicas, consideradas clásicas, como por ejemplo, la dactiloscopia y la documentología, investiga constantemente sobre sus fundamentos científicos, en correspondencia con el desarrollo que en todos los órdenes de la vida social y tecnológica viene alcanzado a diario la humanidad, lo que ha propiciado se recientan de mutables criterios aceptados como dogmas en el orden probatorio del juicio oral.

Pero el acto pericial de obtención de huellas y/o evidencias en la escena del crimen o de informar como categórico o diagnostico la forma de ocurrencia de un suceso, de precisar el tipo, la marca o la procedencia del instrumento utilizado en el acto del juicio oral, no resulta una actividad sencilla, se requiere de una actuación del perito criminalista que además del rigor científico demostrado, respete las exigencias del debido proceso penal, de manera que no pueda tacharse de ilícita o prohibida.

Respetar las exigencias del debido proceso implica actuación técnica y profesional de conformidad con las exigencias legales previamente establecidas en las leyes procesales, en cuanto a la utilización de sus diferentes técnicas, en particular, en el acto de obtención, ocupación, embalaje y análisis de las huellas o evidencias, o sea, en su cadena de guarda custodia, de manera que permitan al perito ofrecer un dictamen conclusivo válido al respecto, que puede ser utilizado por el acusador, para establecer una acusación oportuna, o por el acusado para desplegar su estrategia de defensa.

El desarrollo criminalístico alcanzado en Cuba en la actualidad, permite exhibir un número importante de especialidades que con carácter científico tributan al proceso penal, y particularmente al juicio oral, mediante la realización de pericias de identificación de sustancias, objetos, cosas y personas, vinculadas a hechos catalogados a priori como delitos, entre las que se encuentran la Biología, Drogas y Toxicología, Químico-Físico, Trazología, Balística, Dermatoscopía, Identificación de las Personas por sus Rasgos Exteriores (IPRE), Documentología, Fotografía y Vídeo, Averías, Explosiones e Incendios (AVEXI), Aplicaciones Químicas Operativas (AQO), Técnica Canina Criminalística, Odorología Criminalística, Lugar del Suceso, Informática Criminalística, fono criminalística e infografía.

En el desarrollo de este trabajo haremos referencia a las particularidades de cinco especialidades del trabajo criminalístico, de especial importancia en el proceso de identificación; nos referiremos en lo esencial a la Balística Judicial, a la Dactiloscopia como rama de la Dermatoscopía, a la grafología como rama de la Documentología, a la Odorología Criminalística, y a la infografía, novedosa especialidad que resulta fruto del trabajo conjunto de varios especialistas.

En los presuntos actos delictivos donde se utilizan armas de fuego resulta frecuente que en la escena del crimen se hallen restos de disparos, como huellas y/o evidencias que resultan necesarios identificar; para ello el perito criminalista se auxilia de la balística judicial, como especialidad de la técnica criminalística, la que tiene por objeto el estudio e investigación de las armas de fuegos y sus distintos componentes, así como los fenómenos que se producen al efectuarse el disparo y las huellas producidas por éste.

La balística judicial se auxilia de los estudios de otras especialidades, tales como la medicina legal, en la parte que estudia las heridas producidas por los proyectiles disparados por armas de fuego; así mismo, dentro de las ciencias militares se aprovecha de los conocimientos que le brinda la balística exterior, que estudia la trayectoria de los proyectiles disparados, desde su salida por la boca del cañón del arma que los disparó, hasta el lugar de caída o tope y de la balística interior, que se ocupa del fenómeno que ocurre durante el disparo en el ánima del cañón y el carácter del aumento de velocidad que experimenta el proyectil dentro del cañón.

En todo proceso investigativo en el que se investigue un hecho donde se hayan utilizado armas de fuego, cobra particular importancia la correcta denominación de cada huella o evidencia obtenida para su posterior análisis en el laboratorio por el forense, y así obtener un dictamen pericial valido, ya que todo objeto percutido con un arma de fuego está integrado por varios componentes, pero no todos desde el punto de vista criminalístico tienen igual denominación; se le denomina cartucho a la unión, en una sola pieza, de un casquillo, un proyectil, una cápsula detonante y cierta cantidad de pólvora.

El casquillo, reúne a todos los componentes del cartucho, contiene la pólvora e impide que al momento del disparo los gases a alta presión emanados de la deflagración escapen hacia atrás. El proyectil es el cuerpo lanzado al espacio por el arma de fuego debido a la acción propulsora de los gases emanados de la deflagración de la pólvora.

La cápsula detonante está dotada de una pequeña cantidad de explosivo de alta potencia que detona por acción mecánica, produciendo una chispa que inflama la pólvora que contiene el cartucho.

La pólvora es un explosivo de tipo deflagrante (baja velocidad de detonación) que se presenta en forma de partículas con formas, tamaños y colores diversos. Al inflamarse por la chispa que produce la cápsula detonante, produce una gran cantidad de gases que impulsan al proyectil por el interior del cañón del arma.

La balística judicial estudia cada uno de estos objetos en su conjunto y por separado, lo que posibilita, realizar dictámenes tanto de armas de fuego, como de cartuchos, proyectiles y casquillos; cada una de estas pericias son capaces de aportar al debate penal datos de interés investigativo, traducidos en máximas de experiencias científicas, que posibilitan crear una hipótesis final del suceso en relación con la verdad histórica.

Por medio de un peritaje de arma de fuego se puede precisar en juicio oral y público, el Tipo de arma utilizada, la marca, modelo, destinación y calibre, así como procedencia; su estado técnico, aptitud para el disparo y si ha estado involucrada en otros hechos delictivos.

La pericia de un cartucho, es capaz de esclarecer en un juicio, el Tipo, modelo y calibre de las armas que pueden utilizarlo; el Tipo, marca, modelo, destinación y procedencia del mismo; si muestra señales de haber sido recargado, su estado técnico y aptitud para el disparo.

Con un peritaje criminalístico de casquillo se puede determinar el Tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo percutió, si es de confección industrial o artesanal; el Tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte; la Identificación del arma que lo percutió y si muestra señales de haber sido recargado.

Por su parte un peritaje de proyectil arroja en juicio el tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo disparó, si es de confección industrial o artesanal, el tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte, así como la identificación del arma que lo disparó.

Esta importantísima pericia, según sea el caso y la necesidad investigativa, puede determinar la sucesión de los disparos y la dirección, sentido y distancia en los que se produjeron estos.

Para esclarecer la forma de ocurrencia de un suceso, en el que se realizaron disparos con armas, es imprescindible determinar a través de una profunda observación si se advierten impactos contra algún tipo de barrera en la escena del crimen, las que deben ser captadas fotográficamente, al constituir huellas que permiten establecer una hipótesis de sospecha.

Las huellas de impacto en alguna barrea conforme a la balística judicial se pueden clasificar en principales, denominadas también brechas, y secundarias, conocidas como complementarias.

Las huellas principales son realizadas por el proyectil, y en correspondencia con...

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