La legitimación de normas penales basada en principios y el concepto de bien jurídico

AuthorGerhard Seher
Pages65-87
65
LA LEGITIMACIÓN DE NORMAS PENALES
BASADA EN PRINCIPIOS Y EL CONCEPTO
DE BIEN JURÍDICO *
Gerhard SEHER
I. INTRODUCCIÓN
El Derecho penal está de actualidad. Las últimas décadas han traído con-
sigo no solo importantes reformas de los cánones legislativos existentes, sino
también un protagonismo del Derecho penal en ámbitos que trascienden su
marco de aplicación tradicional. De una parte, aumenta la atención del De-
recho penal por intereses o valores colectivos (baste citar el desarrollo de la
protección de la vida económica, del medio ambiente o de los animales); de
otra, la amenaza de pena se extiende sin límite a conductas que solo pueden
conf‌igurarse bajo esquemas de peligrosidad abstracta.
Hay algo común a los postulados de este «moderno Derecho penal»: ya
no se acomodan a la estructura tradicional del delito, basada en la lesión por
un agente de una posición jurídicamente protegida de otra persona concreta
y a quien se impone una pena por la producción de ese resultado. Y es debi-
do a ello por lo que esa evolución arroja no pocas cuestiones de legitimidad,
que han sido ya planteadas y que han generado una cada vez más intensa
discusión sobre el principio actualmente vigente de legitimación de normas:
la teoría del bien jurídico 1. Solo en un aspecto hay unanimidad: que dicha
teoría, en cuanto instrumento suprapositivo de legitimación [«de crítica del
sistema» (systemkritisches)], se halla en serias dif‌icultades.
A este diagnóstico se le han dado diversas respuestas: debería renunciar-
se a esa función crítica del sistema y hablar de bienes jurídicos protegidos
* Traducción del original «Prinzipiengestützte Strafnormlegitimation und der Rechtsgutsbe-
griff», por Rafael Alcácer Guirao.
1 De entre las muchas contribuciones de los últimos años, véase solo WOHLERS, Deliksty-
pen des Präventionsstrafrechts, 2000; id., GA, 2002, pp. 15 ss.; HEFENDEHL, GA, 2002, pp. 21 ss.;
KRÜGER, Die Entmaterialisierungstendenz beim Rechtsgutbegriff, 2000; MÜSSIG, Schutz abstrakter
Rechtsgüter und abstrakter Rechtsgüterschutz, 1994; HASSEMER, ZRP, 1992, pp. 378 ss.; STRATEN-
WERTH, en Festschrift für Theodor Lenckner, 1998, pp. 377 ss.; id., ZStW 105 (1993), pp. 677 ss.
Gerhard Seher
66
únicamente en el contexto de la interpretación del Derecho vigente; la teoría
del bien jurídico no debería seguir operando como criterio de legitimación
de todo el conjunto de las normas penales, sino que solo ha de ser relevante
en el marco del Derecho penal nuclear; por último, también se viene postu-
lando desde hace tiempo ya una despedida del «dogma del bien jurídico»
en su conjunto y su sustitución por otras concepciones, como por ejemplo
una teoría de la lesividad social. En realidad, las propuestas de def‌inición del
concepto «bien jurídico» oscilan entre un rigor clásico que impide integrar
nuevas normas penales y una amplitud que inutiliza el concepto para el dis-
curso crítico. Surge con ello la fundada sospecha de que la teoría del bien
jurídico no tiene por sí misma capacidad para delimitar de modo preciso sus
perf‌iles conceptuales 2.
Si dicho diagnóstico es correcto, la teoría del bien jurídico necesita ayuda
externa. Esta podía prestársela el discurso angloamericano acerca de la legiti-
mación de normas penales, cuyos postulados apenas tienen correspondencia
con la noción de bien jurídico, sino que parte de la formulación de diversos
principios como criterios de legitimación de normas, siendo su plausibilidad
y aceptabilidad el objeto de la discusión.
Las consideraciones siguientes, de índole metodológica, intentarán pro-
poner un nuevo lenguaje para el debate de legitimación de normas penales.
Comienza con una breve panorámica del estado actual de la discusión sobre
la teoría del bien jurídico (II), que mostrará la aporía en la que ha caído di-
cho concepto, al demandar de él una capacidad exclusiva de legitimación de
las normas penales que no está en situación de ofrecer. Como consecuencia,
se propondrá en un segundo paso (III) precisar la discusión introduciendo
ulteriores principios de cara a esa legitimación, en vez de limitar la discusión
al interrogante habitual de si la norma en cuestión «protege un bien jurí-
dico». En esta línea, se propondrá, a modo de ejemplo, una reformulación
del discurso de legitimación de algunas normas del Derecho penal alemán,
problemáticas a esos efectos, de la mano de los principios previamente ex-
puestos. En un último punto (IV) habrá que plantear la cuestión relativa a
qué papel ha de otorgarse al bien jurídico en un sistema de legitimación de
normas apoyado en principios.
II. SOBRE EL ESTADO DE LA TEORÍA DEL BIEN JURÍDICO
Los distintos planteamientos dentro de la teoría del bien jurídico son tan
variables como el mismo concepto que las aglutina, el de «bien jurídico».
Abarcan desde la rigidez de la teoría personal del bien jurídico de Hasse-
2 En igual sentido WOHLERS, GA, 2002, pp. 15 ss. (p. 17); cfr. también el listado de def‌ini-
ciones, muchas de ellas sumamente vagas, que proporciona STRATENWERTH, FS-Lenckner (nota 1),
p. 378.

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT