Introducción

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INTRODUCCIÓN
“The [Child Abduction] Convention has been described as the jewel in the crown of the Hague Conference.
But it is a jewel which requires constant attention if it is to maintain its lustre”.12
Profesor William Duncan
Anterior Secretario General Adjunto de la HCCH
El presente trabajo de investigación tiene por objeto llevar a cabo un estudio jurisprudencial
y crítico de la interpretación del Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles
de la Sustracción Internacional de Menores (Convenio de La Haya de 1980, CH1980 o Convenio) a lo
largo de sus más de cuarenta años de existencia.
Siendo uno de los tratados más exitosos de la Conferencia de La Haya de Derecho Interna-
cional Privado (Conferencia de La Haya o HCCH) si tenemos en cuenta el número de Estados
que lo han suscrito (más de un centenar de Partes contratantes),13 el Convenio de La Haya de
1980 es una pieza esencial del entramado convencional de derecho de familia, en particular de
la protección de los derechos de la infancia y adolescencia teniendo en cuenta el interés superior
del menor como una consideración primordial.
Como es bien sabido, la nalidad del Convenio se encuentra plasmada en su artículo prim-
ero que dice lo siguiente: “a) Garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados
o retenidos de manera ilícita en cualquier Estado Contratante; b) Velar por que los derechos
de custodia y de visita vigentes en uno de los Estados Contratantes se respeten en los demás
Estados Contratantes”. En particular, dicho Convenio establece una cooperación entre autori-
dades administrativas y judiciales, primordialmente para el retorno del menor al Estado de su
residencia habitual, además de una disposición limitada de derecho de visita.
El presente trabajo parte del análisis de dos factores. El primero se reere a las severas
críticas realizadas por algunos autores y académicos acerca de que el Convenio de La Haya de
1980 se encuentra desfasado de la realidad, y que ya no da una respuesta adecuada al fenómeno
12 Traducción de la autora: El Convenio [sobre Sustracción de Menores o de La Haya de 1980] ha sido
descrito como la joya en la corona de la Conferencia de La Haya. Pero es una joya que requiere constantes cuidados
para que mantenga su brillo.
13 Si bien la expresión “Partes contratantes” es sinónima del término “Estados contratantes”, al utilizarla
se evitan las connotaciones políticas de lo que se considera un “Estado” (véase sitio web de la HCCH www.hcch.net).
Nosotros utilizaremos preferentemente el término “Estados contratantes”, pues es la terminología referida en el
Convenio de La Haya de 1980. En ocasiones nos referiremos a “Estados parte”, dicho término alude a los Estados
para los cuales dicho Convenio ya ha entrado en vigor en el plano internacional.

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