Evolución de las normas del derecho internacional humanitario

AuthorRodríguez-Villasante y Prieto, José Luis
Pages23-30
2. EVOLUCIÓN DE LAS NORMAS DEL DERECHO
INTERNACIONAL HUMANITARIO
2.1. INTRODUCCIÓN
En los orígenes de la humanidad se pueden encontrar normas que tratan de
regular la conducta en la guerra, costumbres humanitarias y prácticas (deriva-
das de imperativos morales, religiosos, políticos, militares y hasta económicos)
que exigen que se respete a quien no combate o no puede ya combatir y se le dé
un trato humano. Estas normas nacen de la guerra misma (tratados entre jefes
militares o prácticas seguidas por los hombres de armas a lo largo de la historia)
y se convierten en reglas consuetudinarias que reglamentan la guerra. Son las
«Leyes, usos y costumbres de la guerra».
Mientras el recurso a la guerra era una prerrogativa de la soberanía nacional
la justicia de las causas de la guerra no tenía relevancia jurídica, de forma que
toda guerra era «justa». Sin embargo, la evolución de la Comunidad Internacional
después de la Segunda Guerra Mundial ha cambiado radicalmente este plantea-
prohíbe terminantemente el recurso a la guerra, extendiendo esta proscripción
a todo acto de fuerza y a toda amenaza de emplear la guerra en las relaciones
internacionales.
Como consecuencia de esta evolución, algunos autores sostuvieron la opi-
nión de que, estando prohibida la guerra, sería minar la confianza de la opinión
pública sobre la eficacia de la Organización de Naciones Unidas, la aprobación
de normas de aplicación en la guerra (Derecho de la guerra); y ello significó el
escaso desarrollo de las reglas internacionales sobre el uso de la fuerza (Derecho
de La Haya).
Por el contrario, el Comité Internacional de la Cruz Roja fue más pragmático
al promover el progreso del llamado Derecho Internacional Humanitario (De-
recho de Ginebra, sobre protección de las personas contra el abuso de la fuerza
en caso de conflicto armado), pues las guerras se producen a pesar de todo y hay
situaciones en las que se admite recurrir a la fuerza, conforme a la misma Carta
de las Naciones Unidas (legítima defensa, acción preventiva o represiva ordenada
por el Consejo de Seguridad de la ONU o aplicación del principio del derecho de
los pueblos a su libre determinación).

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