La contribution de la Convention des Nations Unies sur le droit de la mer à la bonne gouvernance des mers et de océans/La contribución de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a la buena gobernanza de los mares y océanos/The Contribution of the United Nations Convention on the Law of the Sea to Good Governance of the Oceans and Seas

AuthorC. Espósito, E. Zabalo e I. Rodríguez
Pages323-328

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SOBRINO, J. M. (dir.), La contribution de la Convention des Nations Unies sur le droit de la mer à la bonne gouvernance des mers et de océans/La contribución de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a la buena gobernanza de los mares y océanos/The Contribution of the United Nations Convention on the Law of the Sea to Good Governance of the Oceans and Seas, Nápoles, Editoriale Scientifica, 2014, 2 vols., 908 pp.

Esta obra es el resultado del IV Coloquio ordinario de la Association Internationale du Droit de la Mer que, celebrado en la Universidade da Coruña durante los días 13 y 14 de diciembre de 2012, tuvo como tema La contribución de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a la buena gobernanza de los mares y océanos. El objetivo de la Asociación era conmemorar el 30 aniversario de la apertura a la firma de la CNUDM por medio del examen de «su incidencia sobre la evolución del orden jurídico marítimo, su adaptabilidad a las transformaciones experimentadas por las relaciones marítimas y la conveniencia o no de desarrollar o revisar esta convención o algunas de sus normas e instituciones».

La obra recoge los trabajos presentados al coloquio en las lenguas en las que fueron presentadas (inglés, francés y español) e incluye, además, una presentación del Prof. J. M. Sobrino, editor de la obra, y unas conclusiones muy bien sistematizadas de N. Ros. Su contenido está dividido en cuatro grandes partes. La primera, denominada La incidencia de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar sobre la codificación y el desarrollo del Derecho internacional del mar
, aborda algunas cuestiones generales relativas a la convención como son el modelo de negociación internacional seguido (J. A. Pastor Ridruejo), sus pretensiones de universalidad y generalidad
(R. Casado Raigón) y el lento y complejo proceso de ratificación (G. Cataldi). Asimismo, contiene algunos trabajos sobre diferentes aspectos específicos como los posibles límites al principio de jurisdicción exclusiva del Estado de pabellón
(L. Carballo Piñeiro, I. Claro Quintáns y
M. Hinojo Rojas).

La segunda parte de la obra, La incidencia de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar sobre el proceso de judicialización y de institucionalización del Derecho internacional del mar, analiza la práctica institucional del Tribunal Internacional del Derecho del Mar (R. Virzo y J. M. Cortés Martín), de la Autoridad Internacional de los Fondo Marinos (F. Loureiro Bastos y M. E. Salamanca Aguado) y la actividad de las organizaciones regionales pesqueras
(M. Arenas Meza y E. Vázquez Gómez).

En la tercera parte, dedicada a La práctica internacional y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, se examina la tensión existente entre la gobernanza «zonal» y la gobernanza «global» en tres ámbitos concretos: la conservación y gestión de recursos pesqueros (J. M. Sobrino y C. Teijo), la pro-

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tección del medio ambiente (M. Abad,
J. Juste Ruiz, L. Marill y V. Rossi) y la prevención y represión de actos ilícitos en el mar (D. Momtaz, G. Belilacqua y
K. Neri).

En la cuarta parte, alrededor del tema La Convención de las Naciones Unidas frente a las nuevas realidades jurídico-marítimas, se estudian la situación jurídica de las aguas polares, en especial en el Ártico (T. Henriksen, A. Caliguri y C. Cinelli); la protección del patrimonio cultural subacuático (M. Aznar Gómez, E. PérezÁlvaro y F. González Zalba) y algunos problemas particulares que se plantean en el Mediterráneo como el régimen de algunas aguas portuarias (M. A. Acosta Sánchez y J. Verdú) y la delimitación de algunos espacios marinos (I. González García y V. L. Gutiérrez Castillo).

En la actualidad existe un amplio acuerdo sobre la importancia que la CNUDM tiene tanto para el Derecho internacional en cuanto ordenamiento jurídico como para la regulación jurídica de nuevos espacios y actividades en los mares y océanos. En este sentido, como afirma J. M. Sobrino en su presentación, la Convención es «un texto fundador de un orden jurídico devenido en la referencia y la fuente de toda actividad humana marina y marítima, aplicable a todos los mares y océanos, sobre el agua y bajo el agua hasta los fondos marinos. Ha devenido una...

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