El valor estratégico de la base aérea de Morón en el contexto de la seguridad internacional

AuthorLuis M. Hinojosa Martínez
PositionCatedrático de Derecho internacional público Universidad de Granada
Pages244-248

Page 244

  1. El 16 de julio de 2015 el pleno del Congreso de los Diputados aprobó por abrumadora mayoría el III Protocolo de Enmienda al Convenio de Cooperación para la Defensa entre España y los Estados Unidos, de 1 de diciembre de 1988 (texto del Protocolo en, Boletín Oficial de las Cortes Generales, núm. 417, de 24 de junio de 2015). Un mes antes, el 17 de junio, el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, I. Ybáñez Rubio y el Subsecretario de Estado estadounidense, A. Bliken, lo habían firmado en Washington. Esta tercera enmienda al Convenio tiene como único objetivo convertir en permanente la presencia de una unidad de Infantería de Marina estadounidense en la Base Aérea de Morón de la Frontera, como lugar desde el que proyectarse en caso de crisis en el continente africano. Esta presencia, con carácter temporal, había sido ya autorizada, por tres ocasiones, desde 2013.

    Un Protocolo de Enmienda I (BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2003) conllevó una revisión en profundidad del Convenio originario, reduciéndose el uso de Instalaciones de Apoyo (IDAs) en España por parte de Estados Unidos; y un Protocolo de Enmienda II (BOE, núm. 138, de 10 de junio de 2013) tuvo por finalidad que la Base Naval de Rota se convirtiera en sede logística permanente de cuatro destructores norteamericanos dotados con el sistema de defensa «Aegis» que, a su vez, forman parte del sistema antimisiles balísticos de la OTAN (ACOSTA SÁNCHEZ, M. A., «La incorporación de la Base Naval de Rota en el Escudo Antimisiles de la OTAN», REDI, vol. LXVI, 2014, pp. 297-302). En total, se estima que unos 4.000 miembros del personal de Estados Unidos, incluido civiles, más sus respectivas familias, están destinados actual-mente en España, la gran mayoría de ellos en la Base Aérea de Morón de la Frontera (Sevilla) y en la Naval de Rota (Cádiz).

  2. Los precedentes del III Protocolo de Enmienda se remontan al acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de abril de 2013 por el que se autorizaba, de acuerdo a lo previsto en el Convenio de Cooperación para la Defensa y previa solicitud del Gobierno norteamericano, el despliegue temporal y por un año de una fuerza de 500 infantes de marina y ocho aeronaves en Morón, con el objetivo de participar en operaciones de respuesta a situaciones de crisis en África. El origen de dicho despliegue obedecía a lo acontecido tras el asalto al Consulado de Estados Unidos en Bengasi (Libia), el cual originó la creación de la fuerza especial de respuesta dentro de la estructura del Mando para África de Estados Unidos (AFRICOM) y la decisión de ubicarla lo más próximo posible al teatro de operaciones.

    Esta autorización temporal no superaba los límites establecidos en el Convenio vigente, por lo que no se previó la modificación del mismo. El 7 de marzo de 2014, el Consejo de Ministros concedió una segunda prórroga anual, aumentándose la presencia de infantes de marina hasta los 850, los cuales, durante el periodo de rotación, podían alcanzar un máximo de 1.100 efectivos. Las aeronaves también se ampliaban de ocho a 17 unidades. En diciembre de 2014, el Secretario de Defensa estadouni-dense, C. Hagel, solicitó por escrito que la autorización temporal se convirtiera en permanente y se ampliara la fuerza autorizada. Así, el 23 de enero de 2015, y dada las implicaciones de la petición y la necesidad, por tanto, de modificar el Convenio bilateral, se acordó en Consejo de Ministros autorizar a los titulares de Defensa y Exteriores el inicio de negociaciones para un nuevo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT