Sistemas de jubilación y reformas de los regímenes de pensiones en Malasia
Author | Miao ZHANG,Peijie WANG,Rory SHAND,Habibah TOLOS |
DOI | http://doi.org/10.1111/j.1564-9148.2014.00219.x |
Published date | 01 September 2014 |
Date | 01 September 2014 |
Revista Internacional del Trabajo, vol. 133 (2014), núm.3
Derechos reservados © Los autores, 2014
Compilación de la revista y traducción del artículo al español © Organización Internacional del Trabajo, 2014
Sistemas de jubilación y reformas
de los regímenes de pensiones en Malasia
Habibah Tolos*, Peijie Wang**, Miao Zhang***
y Rory Shand****
Resumen. Se evalúan en este artículo los problemas actuales de los sistemas de
jubilación malasios y las reformas emprendidas recientemente. Se analizan y com-
paran los modelos de regímenes de pensiones de la OIT, el Banco Mundial y la
Geneva Association, generando un marco conceptual para el diseño y la reforma
de regímenes de pensiones. A continuación se utiliza este marco para evaluar las
reformas emprendidas en Malasia y sus ventajas e inconvenientes para los traba-
jadores. Los autores concluyen con recomendaciones para reformas futuras.
El sistema de jubilación es de importancia capital para la población activa
y para las organizaciones y empresas. Implica un proceso que comienza
al inicio de la carrera de una persona y se prolonga hasta el nal de su vida.
Un componente importante de los sistemas de jubilación es la elección del
régimen de pensiones, cuestión cada vez más compleja, mientras que las al-
ternativas deseables para los asalariados son cada vez más limitadas. Las per-
sonas conocen la existencia de estos regímenes ya en su primera juventud:
cuando Furnham y Goletto-Tankel (20 02) encuestaron a una muestra de jó-
venes británicos de 16 a 21 años de edad acerca de su conocimiento y actitu-
des en relación con el ahorro, las pensiones y los seguros de vida, observaron
diversos grados de conocimiento y de comprensión acerca de las pensiones
de jubilación. Entre las respuestas de los encuestados guraba, por ejemplo,
*
Universidad de Utara (Malasia); dirección electrónica: habibaht@yahoo.com; **
Univer-
sidad de Plymouth y Escuela de Gestión IESEG (Universidad Católica de Lille, Francia); dirección
electrónica: p.wang@ieseg.fr (autor para la correspondencia); *** Universidad de Kingston; di-
rección electrónica: miao.zhang@kingston.ac.uk; **** Universidad de Plymouth; dirección elec-
trónica: rory.shand@plymouth.ac.uk.
La responsabilidad de las opiniones expresadas en los artículos solo incumbe a sus autores,
y su publicación en la Revista Internacional del Trabajo no signica que la OIT las suscriba.
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