Sánchez Legido, A., Controles migratorios y derechos humanos, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2019.

AuthorJavier A. González Vega
PositionUniversidad de Oviedo
Pages660-662
www.reei.org
REEI, núm. 39, junio 2020
DOI: 10.17103/reei.39.30
SÁNCHEZ LEGIDO, A., Controles migratorios y derechos humanos, Ed. Tirant lo
Blanch, Valencia, 2019.
Esta es sin duda una obra elaborada, dado que se inscribe en una densa trayectoria
centrada en el estudio de las cuestiones migratorias desde la perspectiva de los derechos
humanos. Las más recientes aportaciones del Prof. Sánchez Legido lo confirman y de
ellas bebe en buena medida el trabajo que reseñamos.
El propósito es, de un lado, desentrañar los diferentes mecanismos introducidos en la
práctica para prevenir el acceso irregular de inmigrantes al territorio europeo. En este
sentido, se abordan tanto los controles en materia de visados como las políticas de
colaboración con los países de origen y tránsito de los flujos migratorios irregulares. En
este contexto, el trabajo presta especial atención a las políticas desarrolladas
respectivamente por España e Italia, dado que como se señala el “marco intensamente
nebuloso” existente sigue propiciando acciones estatales al margen de los dispositivos
diseñados en el seno de la Unión Europea. Sigue luego el examen de otras técnicas menos
sofisticadas como la erección de muros, barreras, vallas y fosos, donde como cabrá
imaginar se presta nutrida atención al “fervor europeo” por estas instalaciones -en
palabras del autor- y al papel una vez más protagónico que ha jugado nuestro Estado en
el impulso de estas instalaciones. Dudosa relevancia de nuestro Estado que aflora de
nuevo al abordar los mecanismos de escisión y deslocalización territorial en donde la
controvertida figura de las “devoluciones en caliente” brilla con luz propia.
La segunda parte del trabajo se centra en analizar la dialéctica derivada del control férreo
que los Estados pretenden imponer sobre las políticas de ingreso en su territorio y el
vigente sistema de controles y garantías encarnado fundamentalmente por el sistema
europeo de protección de los derechos humanos y al frente del mismo el Tribunal de
Estrasburgo. En este orden, el autor repara en la aparente laxitud con la que el Derecho
internacional general concibe las competencias soberanas del Estado en la materia;
vaguedad que como advierte no ha logrado limitar el Proyecto de Artículos de la CDI
sobre expulsión de extranjeros, dados los silencios y restricciones que caracterizan al
texto, supuestamente codificador, alumbrado por la institución onusiana. No es menos
cierto que, como apunta Sánchez Legido, esa supuesta laxitud competencial en manos del
Estado, se ve temperada por los principios de buena fe e integración sistémica que
imponen a aquel el que sus competencias en materia de control migratorio deban ser
ejercidas de buena fe y de manera coherente con el resto de sus obligaciones
internacionales”, lo que impone inexorablemente la toma en consideración de las
exigencias internacionales en materia de derechos humanos. Y en este contexto, el autor
se libra a examinar lo que califica como “progresivo restablecimiento de garantías”
forjado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con estas cuestiones.
Tal caracterización, no obstante, se nos antoja errónea, toda vez que el “restablecer”
supone la previa existencia de tales garantías, presuntamente relegadas por el Tribunal en
su labor jurisprudencial precedente. Sin embargo, lo cierto es que no ha existido tal
preterición, sino más bien el desarrollo normal de una jurisprudencia evolutiva que ha
tomado en consideración en los últimos años las nuevas realidades derivadas del

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