Salinas Alcega, S., Desplazamiento ambiental y Derecho Internacional. Consideraciones en torno a la necesidad de un marco regulatorio no exclusivo, Valencia , Tirant lo Blanch, 2020, pp. 237

AuthorEnrique J. Martínez Pérez
PositionUniversidad de Valladolid
Pages571-572
www.reei.org
REEI, núm. 40, diciembre 2020
DOI: 10.17103/reei.40.25
SALINAS ALCEGA, Sergio, Desplazamiento ambiental y Derecho Internacional.
Consideraciones en torno a la necesidad de un marco regulatorio no exclusivo,
Valencia , Tirant lo Blanch, 2020, pp. 237.
1. A la ya copiosa investigación del consolidado Grupo de Investigación AGUDEMA
(Agua, Derecho y Medio Ambiente) de la Universidad de Zaragoza, se suma este nuevo
trabajo que analiza jurídicamente un fenómeno que en los últimos tiempos se ha
intensificado: los movimientos migratorios debido a los desastres naturales, la
degradación del medio ambiente y el cambio climático. A pesar de que no estamos ni
mucho menos ante una nueva realidad, los últimos datos, siempre rodeados de
incertidumbre, muestran un claro agravamiento del problema. Ciertamente preocupante
es uno de los últimos informes del Banco Mundial (si bien criticado por ser poco fiable)
que ha elevado a los 140 millones las personas que podrían provocar el desplazamiento
por el cambio climático. Ante esta situación, es necesario mejorar la protección de los
derechos de las personas desplazadas, con soluciones duraderas, para lo cual es
necesario introducir cambios importantes en diferentes sectores del ordenamiento
jurídico internacional, hoy claramente insuficientes para dar respuesta a este desafío. Y
debe hacerse, en mi opinión, como lo enfoca el autor de esta obra, alejándose de
interpretaciones amplias y de planteamientos simplistas, poco realistas y sin visos de
materialización en la práctica, de acuerdo con la compleja sociedad internacional de
nuestros tiempos.
2. El trabajo se divide en tres capítulos perfectamente estructurados a través de los
cuales el autor nos va introduciendo paso a paso, con un lenguaje preciso pero su vez
sencillo, en la materia objeto de la investigación. En el primero de ellos se lleva a cabo
una labor previa de conceptualización, con un análisis terminológico, identificando a los
potenciales beneficiarios de un futuro régimen jurídico de la gobernanza del
desplazamiento ambiental, y con un estudio de su impacto cuantitativo así como de su
dimensión cualitativa. El autor rechaza el término refugiado climático y se decanta por
el de desplazado ambiental, ya que permite identificar separadamente a los potenciales
destinatarios. No obstante, apuesta, ante la multicausalidad de las razones del
desplazamiento, por una aproximación amplia, que sirva para dar cobertura a cualquier
persona que se vea forzada a abandonar su hogar con independencia de la razón que le
lleva a tomar esa decisión. De igual modo, defiende, después de estudiar el fenómeno
desde una vertiente cuantitativa y cualitativa, la necesidad de identificar subcategorías
que nos lleve a una respuesta jurídica también flexible para responder a la diferente
casuística que se presenta.
3. El segundo capítulo se centra en el análisis de los límites e insuficiencias de
diferentes sectores del Derecho internacional: Estatuto de los refugiados, derechos
humanos, cambio climático o el Derecho de la Unión Europea. En opinión del autor,
ninguno de ellos ofrece una respuesta suficiente, sino meramente soluciones parciales.
Del primero de ellos destaca los dos elementos que impiden que este tipo de
desplazados puedan recibir la protección que brinda la Convención de Ginebra (los
motivos y la propia exigencia de persecución); del segundo, pone de relieve, entre otros,

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