Sabido Rodríguez, M., Régimen jurídico de los contratos turísticos internacionales: la protección del turista-consumidor, Navarra, Thomson Reuters Aranzadi, 2020, 203 pp.

AuthorDavid Carrizo Aguado
PositionUniversidad de León
Pages828-831
www.reei.org
REEI, núm. 41, junio 2021
DOI: 10.17103/reei.41.41
SABIDO RODRÍGUEZ, M., Régimen jurídico de los contratos turísticos
internacionales: la protección del turista-consumidor, Navarra, Thomson Reuters
Aranzadi, 2020, 203 pp.
Durante décadas, el turismo ha experimentado un continuo crecimiento y una profunda
diversificación, hasta convertirse en uno de los sectores económicos que presentan un
mayor peso en la economía mundial. Ciertamente, el turismo mundial guarda una estrecha
relación con el desarrollo y es por ello por lo que se ha convertido en un motor clave del
progreso socioeconómico. Tal y como ha manifestado el Secretario General de la OMT,
la crisis derivada del COVID-19 ha supuesto una oportunidad para replantear cómo ha de
ser el sector turístico y su aportación a las personas y al planeta. La compleja coyuntura
en la que estamos inmersos hace que exista la opción de que, al reconstruirlo, el sector
sea mejor, más sostenible, inclusivo y resiliente.
La Dra. Sabido, en el capítulo I, establece el marco social, económico y jurídico que se
deriva de la comercialización de los productos y servicios turísticos. Como puede
apreciarse la autora hace hincapié en la globalización y mundialización que la actividad
turística ha adquirido de manera preponderante en el Mercado único. Asienta esta idea,
sabiamente, con base a dos elementos: la liberalización de mercado y el desarrollo
tecnológico. En este encuadre inicial resulta asimismo esclarecedora la importancia que
posee el Derecho internacional privado en la actividad turística. Tal y como manifiesta la
Profa. Sabido, “los beneficios que reporta la internacionalización de los contratos
turísticos son indudables, sin embargo, como contrapartida, también presentan ciertas
dificultades que requieren soluciones específicas y hacen necesaria la intervención
legislativa. La presencia de diferentes Estados, y, por ende, de distintos ordenamientos
jurídicos llamados a regular una misma situación conlleva que el Derecho internacional
privado resulte el instrumento propicio en manos del legislador para alcanzar los objetivos
integradores…” (p. 28).
En el capítulo II, bajo la rúbrica Fuentes de regulación, pluralidad normativa, la Dra.
Sabido focaliza su análisis en determinar el elenco de normas que pueden llegar a regular
la contratación turística a la luz de la interrelación de los distintos ámbitos de producción
jurídica. Merece destacar el desarrollo realizado en torno a los principios y libertades del
Mercado europeo: libertad de circulación y residencia, libertad de establecimiento y
prestación de servicios y la libre competencia. En este sentido, resulta fundamental que
la UE encare tanto las necesidades de las empresas que intervienen en el sector, así como
las de los propios turistas. En cuanto a las primeras, el legislador europeo debe velar por
la libre competencia bajo el principio de información veraz, fiable, actualizada y
pertinente para que el conjunto de turistas aprecie la calidad de los servicios ofrecidos por
los diferentes competidores. Respecto del turista, han de existir medidas claras de
protección en tanto parte débil en la relación contractual. A este respecto, de manera
profusa, la Dra. Sabido Rodríguez expone al lector el conjunto de Directivas y
Reglamentos adoptados por la Unión en relación con determinadas figuras contractuales
en el campo del Derecho turístico. Como cierre de capítulo, la autora realiza un desarrollo
de las disposiciones normativas a nivel interno, por un lado, la Constitución española,

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