Resolution No. 33 IACHR. Precautionary Measure No. 331/17 (Nicaragua), 22-08-2017
Case Outcome | Granted |
Case Type | Precautionary Measures |
Respondent State | Nicaragua |
Date | 22 August 2017 |
Court | Inter-American Comission of Human Rights |
Resolution Number | 33 |
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN 33/2017
Medida cautelar no. 331-17
F.R. y familiares respecto de Nicaragua
22 de agosto de 2017
I. INTRODUCCIÓN
1. El 12 de mayo de 2017 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en lo sucesivo “la
Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares
presentada por el “Centro Nicaragüense de Derechos Humanos”, la “Fundación P. Na” y el “Centro
por la Justicia y el Derecho Internacional” (en adelante “los solicitantes”), instando a la Comisión que
requiera al Estado de Nicaragua (en adelante “Nicaragua” o “el Estado”) la adopción de las medidas
necesarias para proteger la vida e integridad personal de la señora Francisca R. y su núcleo
familiar1 (en adelante “los propuestos beneficiarios”) en Nicaragua. Según la solicitud, la señora R.
se encuentra en una situación de grave riesgo con motivo de su desempeño como defensora de derechos
humanos, especialmente en relación con la representación de aquellas personas cuyos territorios
habrían resultado afectados a raíz de la construcción del canal transoceánico.
2. La Comisión solicitó información al Estado el 28 de julio de 2017, para que aporte sus
observaciones dentro de un plazo de 10 días. El 7 de agosto de 2017, los solicitantes aportaron
información adicional. El 9 de agosto de 2017, se recibió la respuesta del Estado.
3. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por las partes, la Comisión
considera que la información presentada demuestra prima facie que la señora F.R. y los
miembros identificados de su núcleo familiar enfrentan una situación de gravedad y urgencia, toda vez
que sus derechos a la vida e integridad personal se encuentran en riesgo. En consecuencia, de acuerdo
medidas necesarias para preservar la vida e integridad personal de la señora F.R. y de los
miembros identificados de su núcleo familiar; b) adopte las medidas necesarias para asegurar que la
señora R. pueda desarrollar sus actividades como defensora de derechos humanos sin ser objeto
de amenazas, hostigamientos y actos de violencia en el ejercicio de funciones; c) concierte las medidas a
adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y d) informe sobre las acciones adoptadas
tendentes a investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar
y así evitar su repetición.
II. RESUMEN DE HECHOS Y ARGUMENTOS APORTADOS POR LAS PARTES
1. Información aportada por los solicitantes
4. Según los solicitantes, la propuesta beneficiaria – residente en la comarca La Fonseca, municipio
de Nueva Guinea – es una defensora de derechos humanos y coordinadora del “Consejo por la Defensa
1 Los solicitantes requirieron la adopción de medidas cautelares a favor de: la señora F.R.T. y su núcleo familiar compuesto por
su esposo M.L.C. y sus hijos M.L.R..a., de 20 años de edad; F.M.L.R., de 11 años de edad; M..R., de 7 años de
edad; G.L.Á., de 20 años de edad; M.L.Á., de 23 años de edad; M.L.Á.arez, de 24 años de edad;
M.L.Á., de 26 años de edad; G.L.Á., de 28 años de edad; y K.I.R.T.rez, de 22 años de edad. Por
otra parte, en la solicitud se identifica al señor F.F.F.G. como hermano de la señora F.R.z T..
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