Potencial de la inmigracion temporal en la politica internacional de migraciones

DOIhttp://doi.org/10.1111/j.1564-913X.2006.tb00356.x
Date01 March 2006
Published date01 March 2006
Revista Internacional del Trabajo,
vol. 125 (2006), núm. 1-2
Copyright © Organización Internacional del Trabajo 2006
Potencial de la inmigración temporal
en la política internacional
de migraciones
Martin RUHS
*
V
arios países de altos ingresos vienen considerando la posibilidad
de instaurar, restablecer o ampliar los planes de migración tem-
poral (PMT) en tanto que instrumento para ordenar la llegada de tra-
bajadores migrantes. Por ejemplo, los Estados Unidos están estudiando
la implantación de un nuevo plan de grandes dimensiones de «trabaja-
dores invitados» destinado a acoger a emigrantes mexicanos. El Reino
Unido ya ha empezado a ensayar un nuevo plan de migración temporal
para cubrir sus necesidades en determinadas profesiones poco cualifi-
cadas de los sectores de la hostelería y la elaboración de alimentos.
Italia y España – países en los que la inmigración es un fenómeno
reciente – también tiene unos PMT muy dinámicos, la mayoría de los
cuales se enmarcan en acuerdos bilaterales con los países de origen de
inmigrantes norteafricanos y latinoamericanos.
Ahora bien, la reaparición de los PMT levanta polémicas acerbas
en los medios universitarios y políticos pues, para sus detractores, estos
planes son inoperantes e indeseables en un país democrático. Este ar-
gumento se basa, ante todo, en que muchos de los planes anteriores de
«trabajadores invitados» – muy particularmente el plan Bracero de los
Estados Unidos (1942-1964) y el plan de Gastarbeiter (Trabajadores
Invitados) de Alemania (1955-1973) – no alcanzaron los objetivos polí-
ticos que se les habían fijado, sino que tuvieron consecuencias impre-
vistas: muchos trabajadores inmigrantes no regresaron a sus países de
origen y se radicaron definitivamente en el país de acogida. El dicho
«no hay nada más permanente que los trabajadores extranjeros tempo-
* Centro de Migración, Política y Sociedad (COMPAS) de la Universidad de Oxford; direc-
ción electrónica: martin.ruhs@compas.ox.ac.uk. Este artículo se basa en un documento de trabajo
redactado por el autor para la Comisión Mundial sobre las Migraciones Internacionales (CMMI),
con el sostén de este órgano y del Consejo de Investigación Económica y Social (ESRC) del Reino
Unido.
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Revista Internacional del Trabajo
rales» resume muy bien la opinión tan extendida de que los planes cita-
dos fueron un fracaso
1
.
Los defensores de unos PMT nuevos y mejorados, sin negar que
los anteriores tuvieron consecuencias negativas (véase, por ejemplo,
Schiff, 2004, y Martin, 2003), sostienen que unos diseños innovadores
podrían poner coto a los errores políticos del pasado y ser muy benefi-
ciosos para todas las partes, comprendidos los trabajadores migrantes y
sus países de origen. Por ejemplo, en su reciente informe al Secretario
General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, la Comisión Mundial so-
bre las Migraciones Internacionales manifestó que «los Estados y el
sector privado deben considerar la opción de introducir programas de
migraciones temporales cuidadosamente diseñados como medios para
colmar las necesidades económicas de los países de origen y de destino»
(CMMI, 2005, pág. 17).
En este artículo analizaremos el potencial de los planes tempora-
les como medio para encauzar las migraciones internacionales de ma-
nera a la vez práctica y atenta a los intereses de todas las partes. Más
concretamente, presentaremos primero una definición y una breve ti-
pología de los PMT. Consideraremos después cómo, y en qué supuestos
estos planes pueden:
a)
servir a los países de altos ingresos para satisfa-
cer las necesidades de su mercado de trabajo;
b)
facilitar a los habitan-
tes de los países de bajos ingresos un acceso mejor a los mercados labo-
rales de los países más acomodados;
c)
conseguir que la migración sea
lo más provechosa posible para el desarrollo de los países de origen, y
d)
ayudar a los países ricos a superar la preocupación que despierta el
posible asentamiento permanente de los inmigrantes temporales y la
diversidad cultural que éstos fomentan dentro de la sociedad
2
. Nuestro
análisis se basará en los resultados y las experiencias políticas de varios
PMT ya concluidos o en curso, con el propósito de exponer las conside-
raciones y criterios fundamentales indispensables para concebir debi-
damente estos planes y llevarlos a la práctica con eficacia.
Definición y tipología de los planes temporales
Definición
Los debates en esta esfera quedan enturbiados a menudo por la
confusión que reina en cuanto a la propia definición de los planes. Por
1
Son numerosísimos los estudios en que se recogen pruebas empíricas de los «fracasos
políticos» de los planes anteriores de este tipo. En Castles (1986), y Martin y Teitelbaum (2001),
por ejemplo, figuran sendas panorámicas del asunto.
2
La distinción entre países de ingresos bajos que envían migrantes y países de ingresos
altos que los reciben es una simplificación cómoda, pero, claro está, es importante tener presente
que existen corrientes considerables de emigración hacia países de ingresos medios y, asimismo,
entre países de ingresos bajos. Se calcula que el 37 por ciento de los migrantes internacionales del
mundo vivía en países en desarrollo en el año 2000 (OIM, 2005).
Potencial de los planes de inmigración temporal
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ejemplo, los que se oponen a ellos parten a veces del supuesto de que,
por principio, los trabajadores migrantes admitidos y ocupados en el
marco de un PMT no podrán adquirir nunca la residencia permanente.
Al contrario, algunos defensores de estos planes parecen dar por senta-
do que los migrantes adquieren derechos automáticamente con el paso
del tiempo, y que la contratación en calidad de trabajador temporal es
sólo un primer paso hacia la residencia permanente. Ambos supuestos
son más bien contraproducentes, porque entrañan una distorsión que
impide desde el principio hacer una valoración objetiva de los PMT.
En este artículo nos basaremos en una definición sencilla, pero ri-
gurosa, de PMT que, en principio, podrá servir de fundamento a un am-
plio abanico de políticas de inmigración temporal. Así pues, entendere-
mos que la característica fundamental de un PMT es que
la residencia y
el empleo basados en un permiso de trabajo temporal no dan por sí solos
el derecho a vivir permanentemente en el país anfitrión
. Como es obvio
según esta definición, los migrantes cuyos permisos de trabajo tempo-
rales han expirado, y a los que no se ha concedido la condición de inmi-
grantes permanentes (véase más adelante), pierden el derecho a residir
en el país anfitrión, por lo que han de regresar a su país de origen o emi-
grar a otro.
Al mismo tiempo, es importante subrayar que la definición ante-
rior no excluye la posibilidad de que se acabe por conceder la residencia
permanente en el país anfitrión a algunos migrantes admitidos en él en
virtud de un PMT. Mas, en lugar de hacerla un derecho que los migran-
tes pueden adquirir simplemente en virtud de su residencia y su trabajo
con un permiso de trabajo temporal,
la concesión de la residencia per-
manente a los migrantes con permiso de trabajo temporal queda sujeta a
la discreción del Estado anfitrión.
En principio, hay una amplia gama de criterios que los Estados an-
fitriones pueden aplicar para conceder a los migrantes con permisos de
trabajo temporales la condición de inmigrantes permanentes. Estos cri-
terios varían a lo largo del tiempo y de un país a otro; por ejemplo, un
país anfitrión puede decidir, por motivos puramente económicos, con-
ceder la residencia permanente a algunos o a la mayoría de los migran-
tes que hayan conseguido renovar sus permisos de trabajo temporales
durante cierto número de años
3
. También puede concederles la resi-
dencia permanente por razones no económicas, por ejemplo, el matri-
monio con un ciudadano o ciudadana del país o con un residente per-
manente. Un tercer criterio, el más extremo, consiste en no conceder
3
Por ejemplo, con arreglo al plan principal de permisos de trabajo vigente en el Reino
Unido para trabajadores migrantes cualificados, los titulares de permisos de trabajo temporales
pueden solicitar un permiso para quedarse indefinidamente (esto es, la residencia permanente) al
cabo de cuatro años de trabajar en el país.

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