Olesti Rayo, Andreu (Coord.), La profundización de la Unión Económica y Monetaria, Marcial Pons, Madrid, 2019, 262 pp.

AuthorManuel López Escudero
PositionUniversidad de Granada
Pages570-572
www.reei.org
REEI, núm. 38, diciembre 2019
DOI: 10.17103/reei.38.25
OLESTI RAYO, Andreu (Coord.), La profundización de la Unión Económica y
Monetaria, Marcial Pons, Madrid, 2019, 262 pp.
Esta obra colectiva coordinada por el profesor Olesti Rayo es fruto de las reflexiones
llevadas a cabo en el marco del proyecto de investigación DER2015-65003-P titulado
«El control democrático y la tutela de los derechos en la Unión Económica y
Monetaria», financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad.
Bajo el título de genérico de “Profundización de la Unión Económica y Monetaria”, la
obra agrupa doce contribuciones de profesores, pertenecientes mayoritariamente a la
Universidad de Barcelona. Las contribuciones no aparecen ordenadas por bloques,
aunque su aparición en la obra sigue una lógica que el coordinador expone en su
presentación. Las aportaciones abordan las principales cuestiones que se están
debatiendo actualmente en el ya largo proceso de mejora y profundización de la UEM,
que se inició con la crisis económica y financiera internacional de 2008 y la
subsiguiente crisis de la deuda soberana en países de la UE iniciada en 2010.
Las contribuciones presentan disparidades y algunas de ellas estudian cuestiones con
escasa relación con la profundización de la UEM. Este es el caso de las aportaciones de
David Vallespín y de Noemí Jiménez, que analizan la garantía de la información
precontractual a través de dos instrumentos, el primero en las hipotecas multidivisas, y
la segunda en la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) y el
Reglamento relativo a los Mercados Financieros (MiFIR).
Más vinculación con el tema de la obra colectiva presenta el capítulo de Yolanda
Martínez, dedicado al estudio de algunas de las cuestiones aún pendientes para la
culminación de la unión bancaria, en especial la adopción del tercer pilar de esta, a
saber, el sistema europeo de garantía de depósitos, que debe completar al pilar del
Mecanismo Único de Supervisión, operativo desde 2014, y al del Mecanismo Único de
Resolución en funcionamiento desde 2016. La autora hilvana bien el análisis de las
propuestas normativas encaminadas a la reducción del riesgo con las iniciativas
dirigidas a la mutualización del riesgo, como es el caso de la creación del sistema
europeo de garantía de depósitos, junto con la implantación de un mecanismo de
protección común de último recurso, que garantice la solvencia del Fondo Único de
Resolución. Se echan en falta en el capítulo referencias a la incipiente jurisprudencia del
TJUE sobre unión bancaria y a obras relevantes de la doctrina jurídica en este ámbito.
Las tres primeras contribuciones de la obra tampoco analizan cuestiones estrictamente
pertenecientes al debate sobre la profundización de la UEM, aunque sí que son temas
vinculados con la aplicación de los mecanismos actuales de la UEM y, en particular,
con los adoptados como respuesta a la crisis financiera. Por una parte, Francisco Javier
Donaire Villa presenta un estudio titulado «La profundización de los Derechos
fundamentales en la Unión Económica y Monetaria», en el que pasa revista a la
jurisprudencia del TJUE en materia de UEM relacionada con derechos fundamentales,
desde la sentencia Pringle hasta la sentencia Ledra, para hilvanar luego sin mucho

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