Notas previas para una revision contra-hegemónica del principio de igualdad

AuthorJosé María Seco Martínez
PositionUniversidad Pablo de Olavide
Pages349-372
Revista inteRnacional de Pensamiento Político - i ÉPoca - vol. 10 - 2015 - [349-372] - issn 1885-589X
349
NOTAS PREVIAS PARA UNA REVISION
CONTRA-HEGEMÓNICA DEL PRINCIPIO
DE IGUALDAD
PREVIOUS NOTES TO A COUNTER-HEGEMONIC PRINCIPLE
OF EQUALITY REVIEW
José María Seco Martínez
Universidad Pablo de Olavide
jmsecmar@upo.es
Recibido: noviembre de 2015
Aceptado: diciembre de 2015
Palabras Clave: Igualdad, materialismo, democracia, justicia social, pluriidentidad, derechos humanos.
Keywords: Equality, materialism, democracy, social justice, multiidentity, human rights.
Resumen: La dimensión formal de la igualdad reduce el problema de la
efectividad de los derechos, a una consideración de eciencia normativa y
los aísla del resto de dimensiones de la realidad, incluidas las condiciones
materiales que permiten alcanzarla. Desde una perspectiva materialista, en
cambio, la igualdad responde a esa necesidad histórica de que “los seres
humanos” puedan “existir”, con condiciones materiales de posibilidad, es
decir, para que puedan seguir haciéndolo. Desde esta última, para lo que
nos interesa aquí, partiendo de la base de que jurídicamente no se acaba
de dar una respuesta satisfactoria al problema de la igualdad, pretendemos
deletrear aquí algunas de las vías para superar el estancamiento de la idea
de igualdad en los sistemas democráticos occidentales, para arriesgar des-
pués caminos y algunas respuestas.
Abstract: The idea of equality, as established in modern society, has got
two different aspects or dimensions: the legal-formal and the materialis-
tic aspects. Tha rst one has prevailed in our normative systems and it is
considered as a subjective right for all the citizens in the face of the State.
However, this formal dimension of equality reduces the problem of the ef-
fectiveness of the rights to a consideration of normative efciency, and it
isolates them from reality, including the material conditions that make get it.
The second dimension gives an answer to the historical necessity that “hu-
man beings” can “exist” with material conditions of possibility. Since legally
no answer has been given to the problem of equality, in this article I will try
to show some procedures to overcome the stagnation of the idea of equality
in the western democratic systems, as well as some answers.
Revista inteRnacional de Pensamiento Político - i ÉPoca - vol. 10 - 2015 - [349-372] - issn 1885-589X
350
1. Introducción
Con la llegada de la modernidad y sus ex-
pectativas igualitaristas irrumpe un siste-
ma de regulación de las relaciones socia-
les, basado en la idea de igualdad jurídica,
representada en un modelo de ciudadanía
que presuponía, por una parte, el reco-
nocimiento de los derechos inherentes e
inalienables de todos los hombres; y, por
otra, la igualdad de todos los ciudadanos
ante la ley que, como bien apuntaban las
Declaraciones de Derechos “deberá ser la
misma para todos, tanto si protege como
si castiga” (art. 6 de la Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano de
1789”)
Y es que la igualdad, con sus perspecti-
vas, posibilidades y deniciones, constitu-
ye ahora, como entonces, uno de los pro-
blemas cruciales del pensamiento jurídico
político1. No en vano, se rearma como
uno de los hitos en la cultura occidental.
Le asiste una tradición de casi dos siglos
que la apuntala como uno de los pilares
de la conformación histórico-cultural mo-
derna. Quiere decirse que la igualdad es
una de las categorías políticas centrales
de la modernidad y sus procesos (demo-
cratización y secularización), que reuye
en un modelo, inédito hasta entonces, de
ciudadanía. La sustitución, por una par-
te, del vínculo social ontológico (el zoom
1. Como bien apunta Fernando Rey, el concepto
jurídico de igualdad “es más potente y denso que
nunca”. F. REY, “El principio de la igualdad en
el contexto de la crisis del Estado Social: Diez
problemas actuales”, en M. PRESNO (Coord.)
La Metamorfosis del Estado y el Derecho, Fun-
damentos, Oviedo, 2014, p. 8. Cfr. con J. HE- p. 8. Cfr. con J. HE-
RRERA y R. RODRIGUEZ, “Legalidad: Explo-
rando la nueva ciudadanía”, en VV.AA, Campos
de juego de la ciudadanía, El Viejo Topo, Barce-
lona, 2003.
politikon aristotélico) por un vínculo social
instituido como fundamento absoluto del
sistema marco de la modernidad, repre-
sentado en el “individuo” como sujeto ra-
cional (de derechos) y disociado2; y, por
otra, la asunción de la idea de nación
reejo idealista y anónimo de la burgue-
sía como clase3–, como la unidad políti-
ca fundamental –que vertebraba todo el
sistema político, canalizaba el ejercicio de
los derechos y aseguraba la lealtad so-
cial–, cristalizaron en el ciudadano (con
“capacidad jurídica” y en condiciones de
igualdad), como único esquema posible
2. Es decir, “totalmente abstraído de la herencia
social, de los trabajos de socialización realizados
por la sociedad que les preexiste”. J.R. CAPEL-
LA, “La ciudadanía de la cacotopía. Un material
de trabajo”, El Vuelo de Ícaro, nº 2-3, 2001-2002,
p. 8.
3. La burguesía se llamará a partir de ahora Pue-
blo, Nación, Patria. La nación será su conciencia
de clase. Su idea colectiva e indisoluble de grupo
social (de nacionales//ciudadanos) constituido en
el Estado. Su voluntad será la voluntad general.
Una voluntad que se concibe como “algo obje-
tivo, intemporal, sagrado como la verdad. Es la
verdad de la nación” (J.A. MARINA, Los sueños
de la razón. Ensayo sobre la experiencia política,
Anagrama, Barcelona, 2003, p. 176). Se hacía de
ella una entidad metafísica. Por eso tiene un “ho-
rror instintivo a las divisiones, a las escisiones, a
las minorías, maldice como atentatorio contra su
Majestad todo lo que puede compartir su volun-
tad, (…) todo lo que pueda crear en ella diversi-
dad, pluralismo, divergencia”. Su “colectividad
es indivisa, su sufragio universal es indiviso, de
donde surge una asamblea unitaria que segrega a
su vez un gobierno indiviso, que produce una na-
ción también indivisa: todo el jacobinismo, todo
el sistema de centralización, de imperialismo, de
absolutismo, proviene de esta forma de idealismo
popular”. E. MOUNIER, “Anarquía y persona-
lismo”, en Obras Completas, Vol. I, Salamanca,
Sígueme,1992, p. 799; Cfr. con R. PALMER,
The Improvement of Humanity, Education and
the French Revolution, Princeton University
Press, Princeton, 1985.

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT