Goñi Sein, J.L. e Iriarte Ángel, J.L. (dirs.), RODRIGUEZ SANZ DE GALDEANO, B., (coord.) Prevención de riesgos laborales y protección social de trabajadores expatriados, Cizur Menor (Navarra), Thomson Reuters/Aranzadi, pp. 523.

AuthorNuria Marchal Escalona
PositionUniversidad de Granada
Pages645-647
www.reei.org
REEI, núm. 39, junio 2020
DOI: 10.17103/reei.39.26
GOÑI SEIN, J.L. e IRIARTE ÁNGEL, J.L. (dirs.), RODRIGUEZ SANZ DE
GALDEANO, B., (coord.) Prevención de riesgos laborales y protección social de
trabajadores expatriados, Cizur Menor (Navarra), Thomson Reuters/Aranzadi, pp.
523.
A la vista de la enorme utilidad que para el práctico del Derecho puede tener el
tratamiento de la prevención de riesgos laborales y la protección social de los
trabajadores expatriados, hay que saludar la reciente publicación de esta obra colectiva
dirigida por los profesores J.L. Goñi Sein y J.L. Iriarte Ángel y coordinada por la
profesora B. Rodríguez Sanz de Galdeano.
La obra agrupa quince contribuciones de profesores provenientes del ámbito del
Derecho Internacional Privado y del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
pertenecientes mayoritariamente a la Universidades de Navarra y Deusto, a los que se
les une M. Velázquez Fernández, Inspector de trabajo y Seguridad Social, que aporta la
visión práctica que este tema necesita.
De las contribuciones recogidas, ciertamente dispares, algunas abordan estudios en los
que escasamente se profundiza sobre el que, como se declara en la presentación (y en
contra de lo que se puede inferir del título, que sin duda induce a confusión), constituye
el objeto de estudio de la obra colectiva, a saber: la movilidad de trabajadores para la
prestacn de servicios en otro país. No hay que olvidar que son éstos trabajadores que
presentan características propias, como el mantenimiento del vínculo laboral con el
empresario que los desplaza, así como la temporalidad del desplazamiento;
circunstancia esta última que les diferencian de aquellos trabajadores que son
expatriados, trabajadores cuyo desplazamiento tiene una vocación de permanencia en el
Estado donde han sido desplazados. Este es el caso, p.e., de la aportación de D. Gluhaia
que, bajo el título “Cuestiones de competencia judicial internacional en los litigios
derivados de accidentes de trabajo, analiza de manera interesante las cuestiones de
competencia judicial, aunque con carácter general, sin tratar concretamente las que
afectan a este tipo de trabajadores. Igual sucede con la contribución de A. Muñoz
Fernández, que analiza cómo se precisa el lugar de establecimiento del trabajo como
foro de competencia y punto de conexión en los Reglamentos europeos, y con la de N.
Goñi Urriza. que trata la responsabilidad del empresario por los daños ocasionados a los
trabajadores en Derecho internacional privado.
Mayor vinculación con el tema al que se dedica la obra presentan las contribuciones de
J.L. Goñi Sein (“Movilidad internacional de trabajadores y prevención de riesgos
laborales: las claves fundamentales”), de B. Rodríguez Galdeano (“Las obligaciones de
prevención de riesgos laborales del empresario español en los supuestos de prestación
de servicios en el extranjero”), de J.L. Iriarte Ángel (“La ley aplicable al contrato de
trabajo internacional desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales en el
caso del trabajador desplazado en el extranjero”) y de M. Casado Abarquero
(“Legislación aplicable a los trabajadores desplazados en el marco de un prestación de
servicios en la Unión Europea”). En tales contribuciones, no obstante, se echa en falta

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