Giles Carnero, R., El régimen jurídico internacional en materia de cambio climático, Cizur Menor, Thomson Reuters Aranzadi, 2021, 185 pp.

AuthorE. J. Martínez Pérez
Pages533-535
BIBLIOGRAFÍA 533
REDI, vol. 74 (2022), 2
En la tercera parte, los casos de estu-
dio dedicados a los BRIC sacan a relucir
las dificultades cada vez mayores que tie-
nen estos Estados para llegar a acuerdos
multilaterales jurídicamente vinculantes
y con un contenido normativo sustantivo
fuerte. En este parte cabe mencionar el
capítulo de Armando Alvares García Jr.
sobre los factores que han dificultado la
adquisición de un mayor protagonismo
de los BRICS en los procesos de cons-
trucción de normas globales; el traba-
jo de José Luis López Aranguren sobre
las dimensiones o ejes que articulan el
desplazamiento del centro de gravedad
de la política mundial hacia el Pacífico;
el análisis sobre la norma global relati-
va a la Responsabilidad de Proteger, de
Miquel Caum; el trabajo de Jonathan
Pass que interpreta el Banco Asiático de
Inversión en Infraestructuras como una
organización internacional utilizada por
las élites dominantes chinas; el capítulo
por Montserrat Pintado, quien analiza
la contribución de China como potencia
emergente en la reconfiguración norma-
tiva en el orden internacional contempo-
ráneo; y, finalmente, el trabajo de Meije
Jiang que analiza cómo China proyecta
una estrategia de redes en la que la po-
lítica exterior integra ideas, comporta-
mientos e instituciones, al tiempo que
redefine su propia identidad como actor
normativo. En suma, se evidencia la re-
sistencia y contestación por parte de los
BRICS de aquellas normas globales que
suponen una delegación de autoridad a
entidades supranacionales o un refuer-
zo de la estructura liberal de gobernan-
za. Así es hasta el punto de que Caterina
García y Pablo Pareja llegan a considerar
a estos actores, y en especial a las poten-
cias asiáticas, como «antiemprendedo-
res» o «resistentes creativos» (p. 44).
Con todas las virtudes de esta obra,
a nuestro parecer, sin embargo, se echa
en falta un análisis más pormenoriza-
do de la contribución de los actores no
gubernamentales. Si el «nuevo» marco
teórico nos habla de la participación de
«oenegés, think tanks, empresas multina-
cionales [...] o asociaciones de la socie-
dad civil», ¿por qué el papel que juegan
estos actores no se ve reflejado en los ca-
sos de estudio? Lejos de poner en cues-
tión la validez del marco teórico o de los
casos estudiados, esta ausencia subraya
la necesidad de abrir nuevos espacios o
líneas de investigación que arrojen aún
más luz sobre la contribución normati-
va de las organizaciones internacionales,
las potencias emergentes y los actores
no gubernamentales. Esta obra inicia
esa senda necesaria y se constituye una
aportación novedosa y original al estudio
de algunos actores internacionales como
actores normativos, como son o preten-
den ser la UE y los BRICS.
A. RODRÍGUEZ-PÉREZ
Universitat Rovira i Virgili
http://dx.doi.org/10.17103/redi.74.2.2022.4.14
GILES CARNERO, R., El régimen jurídico internacional en materia de cambio
climático, Cizur Menor, Thomson Reuters Aranzadi, 2021, 185 pp.
El Derecho internacional del medio
ambiente es un productivo laboratorio
jurídico, donde podemos encontrar ex-
perimentos normativos, estructuras ins-
titucionales y mecanismos de control sui
generis. Esto sucede, sin lugar a dudas,
en el marco del régimen jurídico interna-
cional del cambio climático, objeto de la
presente obra, cuya capacidad de innova-
ción, en palabras de la autora de esta mo-
nografía, «hace particularmente intere-
sante su análisis desde la perspectiva del
diseño y la implementación de la obliga-
ción ambiental». Así, desde la óptica de
los procedimientos de creación norma-
tiva, nos encontramos con mecanismos
flexibles que garantizan un acoplamien-
to rápido de los nuevos conocimientos

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