España y los problemas de aplicación del Convenio de Aguas de Lastre en el área del Estrecho de Gibraltar. A propósito del alga invasora rugulopterix okamurae

AuthorJesús Verdú Baeza
PositionProfesor Titular de Derecho internacional público y Relaciones internacionales, Universidad de Cádiz (jesus.verdu@uca.es).
Pages261-287
REDI, vol. 72 (2020), 2
ESPAÑA Y LOS PROBLEMAS DE APLICACIÓN
DEL CONVENIO DE AGUAS DE LASTRE EN EL ÁREA
DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR. A PROPÓSITO DEL ALGA
INVASORA RUGULOPTERIX OKAMURAE
Jesús VERDÚ BAEZA*
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.—2. EL ESTRECHO DE GIBRALTAR: UN ESPACIO SINGULAR
Y VULNERABLE ANTE LA ALTERACIÓN AMBIENTAL POR LAS ALGAS INVASORAS IN-
TRODUCIDAS POR EL AGUA DE LASTRE.—3. MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL,
EUROPEO Y ESPAÑOL EN RELACIÓN CON LAS ESPECIES INVASORAS.—4. EL CON-
VENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE
Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES (CONVENIO BWM).—5. EL CONVENIO BWM Y
EL ÁREA DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR.—6. CONCLUSIONES.
1. INTRODUCCIÓN
1. Desde que se documentara inicialmente en 2015, la zona del estre-
cho de Gibraltar está siendo devastada por la presencia de un alga invasora
procedente de Asia, denominada Rugulopterix okamurae, con una capacidad
de adaptación y crecimiento explosivo que ha sorprendido a la comunidad
científ‌ica. Este alga no solo afecta a los equilibrios ecológicos, sino también
a actividades económicas fundamentales en el territorio como la pesca y el
turismo, afectando potencialmente, incluso, a la salud pública.
2. El caso citado del alga asiática en el estrecho no es, desafortunada-
mente, un caso aislado. Por el contrario, los efectos perniciosos de la intro-
ducción de especies invasoras en otros ecosistemas, tanto marinos como
terrestres, es un problema ambiental de enorme transcendencia en todo el
planeta que se suma a la compleja lista de amenazas al, ya frágil, equilibrio
medioambiental de nuestro planeta. En este artículo, trataremos de ofrecer
una visión general de las respuestas jurídicas de la comunidad internacional
a este desafío.
Revista Española de Derecho Internacional
Sección ESTUDIOS
Estudios sobre España y el Derecho internacional/
Studies on Spain and International Law
Vol. 72/2, julio-diciembre 2020, Madrid, pp. 261-287
http://dx.doi.org/10.17103/redi.72.2.2020.1b.04
© 2020 Asociación de Profesores
de Derecho Internacional
y Relaciones Internacionales
ISSN: 0034-9380; E-ISSN: 2387-1253
Recepción: 25/03/2020. Aceptación: 22/05/2020
* Profesor Titular de Derecho internacional público y Relaciones internacionales, Universidad de
Cádiz (jesus.verdu@uca.es).
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REDI, vol. 72 (2020), 2
3. Previo al análisis de los instrumentos jurídicos, en este trabajo parti-
remos del extraordinario valor medioambiental del estrecho de Gibraltar y
de su entorno motivado por sus condicionantes geofísicos y como punto de
encuentro de dos mares y dos continentes. Al mismo tiempo, situaremos al
estrecho como ruta estratégica en la navegación internacional que atraviesan
más de cien mil buques al año.
4. Todos los indicios científ‌icos sugieren que el alga invasora fue intro-
ducida accidentalmente a través de las descargas de agua de lastre, técnica
de navegación esencial para la estabilidad y navegabilidad de las grandes
embarcaciones. Por ello, nos detendremos señalando como a través del agua
de lastre se ha producido un fenómeno de dispersión de especies exógenas
por prácticamente todos los entornos marinos de nuestro planeta, generando
consecuencias ecológicas severas en determinados ecosistemas, como es el
caso particular del estrecho de Gibraltar.
5. Ante este problema ambiental de especial transcendencia se ha articu-
lado un conjunto de reglas y normas tanto a nivel internacional, como euro-
peo, que pretenden reducir o controlar este vector de dispersión de especies
invasoras. La aplicación de este acervo normativo algo disperso y fragmen-
tado no está exenta de dif‌icultades. El instrumento internacional clave en el
medio marino es el Convenio para el control y la gestión del agua de lastre y
los sedimentos de los buques (BWM). Trataremos, en consecuencia, de des-
cribir los objetivos, principios y técnicas de este tratado para luchar contra la
dispersión de especies invasoras, procurando identif‌icar los principales pro-
blemas de aplicación.
6. Para concluir, nos centraremos en los problemas de aplicación del
Convenio que son especialmente visibles en un área especialmente comple-
ja, como es el estrecho de Gibraltar. Esta zona se caracteriza por una alta
conf‌lictividad jurídica y política entre los Estados presentes en la región,
con controversias territoriales tanto en la orilla norte, como en la orilla sur,
no existiendo, en consecuencia, delimitaciones consensuadas de los espa-
cios marinos. Adicionalmente, como paso estratégico para la navegación
internacional, el estrecho presenta un régimen jurídico particular previsto
en la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que limita
las facultades de los Estados ribereños. Por todo ello, es enormemente com-
plicado que existan marcos para abordar la cooperación en asuntos como el
medioambiental. No obstante, concluimos nuestro trabajo con algunas pro-
puestas que, aun reconociendo la intensidad del problema y las dif‌icultades
jurídicas y políticas presentes, podrían proporcionar una respuesta ante la
magnitud de la crisis ecológica causada por la introducción de especies
invasoras.

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