Cuartero Rubio, M. V., Cooperación judicial civil en la Unión Europea y tutela en origen de derechos fundamentales, Cizur Menor, Thomson Reuters-Aranzadi, 2020, 140 pp., por M. J. Elvira Benayas

AuthorJaume Ferrer Lloret/Andrés Rodríguez Benot/Inmaculada Marrero Rocha y Rafael Grasa Hernández
Pages470-472
470 REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO INTERNACIONAL
REDI, vol. 73 (2021), 2
Blanco aborda las políticas estatales de
«mano dura» para luchar contra el nar-
cotráfico. En segundo lugar, ahonda en
los marcos de la cooperación interestatal
y multilateral para hacer frente a esta la-
cra a través de la presentación de cuatro
niveles. Bajo mi criterio, el cuarto nivel
sobre la cooperación entre América Lati-
na y otras regiones es el más interesante
y de mayor proyección intelectual. En
esta parte, la autora presta además con
agudeza una especial atención a la labor
realizada por la OEA en la lucha contra
el problema de las drogas, la trata de per-
sonas, el «lavado de activos», el tráfico
ilegal de armas y la ciberdelincuencia.
El libro se cierra con unas conclu-
siones bien estructuradas, meditadas y
coherentes que nos permiten extraer una
serie de lecciones. La presencia tan arrai-
gada de organizaciones criminales con
un poder tan marcado tanto en lo econó-
mico como en lo político y en lo social,
tiene implicaciones graves para el desa-
rrollo de una sociedad democrática. Pero
sin entender el fenómeno del consumo, y
la incidencia económica que controla al
narcotráfico, será muy difícil poder erra-
dicar el problema. Sin duda, esta es la
principal aportación de la Profesora Mo-
rán Blanco, un análisis que deja de lado,
con éxito, los prejuicios y las tendencias
ideológicas. Ello nos permite compren-
der el alcance de un fenómeno cada vez
más arraigado en nuestras sociedades,
pero cubierto por una serie de tabúes
y discursos que dificultan su compren-
sión. El caso del narcotráfico en América
Latina-Caribe es paradigmático en este
sentido: la aparición de narco-Estados
nos deja claro que va más allá de un fenó-
meno criminal, y profundizando en sus
raíces económicas, si bien no solo, quizá
podamos encontrar alternativas reales
que nos permitan erradicar un fenóme-
no que ha costado miles de vidas entre la
violencia y la adicción.
Y. GAMARRA
Universidad de Zaragoza
http://dx.doi.org/10.17103/redi.73.2.2021.5.03
CUARTERO RUBIO, M. V., Cooperación judicial civil en la Unión Europea y tute-
la en origen de derechos fundamentales, Cizur Menor, Aranzadi-Thomson
Reuters, 2020, 140 pp.
La presente monografía afronta una
cuestión nuclear como es la protección
de los derechos fundamentales y su rela-
ción con los distintos métodos de reco-
nocimiento de las resoluciones judicia-
les en el seno de la Unión Europea. Se
centra en si el reconocimiento mutuo
es o no y, en su caso, de qué manera, un
instrumento adecuado para servir a la
tutela de aquellos o si compromete, «o
simplemente debilita, la protección de
los derechos fundamentales, y cuál es
el entendimiento más garantista posible
que permite su racionalidad» (p. 12).
Una consideración previa sobre el
título de la obra. Sin duda, la Unión
Europea ha dado un nuevo sentido al
concepto de «cooperación judicial in-
ternacional en materia civil». Lejos que-
da aquella clasificación de O. Capatina
(R. des C., 1983) en la que las cuestio-
nes sobre reconocimiento y ejecución
integraban el concepto más amplio de
la misma. En este contexto, la coopera-
ción judicial internacional no supone la
existencia de mecanismos de coordina-
ción entre procesos para que actuacio-
nes procesales que deban desarrollarse
en otro Estado lo hagan de un modo tal
que les permita integrarse en el proceso
original (principalmente, con referencia
a las cuestiones de notificación y prueba
en el extranjero), sino la unificación de
esfuerzos para que existan actuaciones
judiciales en una misma dirección para
proteger de un modo similar los dere-
chos de los justiciables. En esta obra

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