Resolution No. 9 IACHR. Precautionary Measure No. 1302/18 (Venezuela), 04-03-2019

Case OutcomeGranted
Case TypePrecautionary Measures
Respondent StateVenezuela
Date04 March 2019
CourtInter-American Comission of Human Rights
Resolution Number9
- 1 -
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN 9/2019
Medidas cautelares No. 1302-18
I.J.M.C. respecto de Venezuela
4 de marzo de 2019
I. INTRODUCCIÓN
1. El 1 de noviembre de 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares presentada por
la señora T.S., Directora Ejecutiva del Observatorio de Derechos Humanos, Instituto CASLA (“la
solicitante”), instando a la Comisión que requiera a la República Bolivariana de Venezuela (“el Estado” o
“Venezuela”) la adopción de las medidas necesarias para proteger los derechos del señor I.J....
.
M.C., quien en la actualidad se encontraría detenido en el fuerte militar “Tiuna”, Caracas,
donde sus derechos a la vida e integridad personal estarían en riesgo.
2. La Comisión solicitó información al Estado, conforme el artículo 25.5 del Reglamento, el 8 de
febrero de 2019. El 22 de febrero, se recibió una solicitud de prórroga por parte del Estado. El 22 de
febrero, la Comisión otorgó una prórroga por tres días. A la fecha no se ha recibido la respuesta del
Estado.
3. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por la solicitante, la Comi sión
considera, desde el estándar prima facie aplicable, que el propuesto beneficiario se encuentra en una
situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos enfrentan un riesgo de daño irreparable.
Por consiguiente, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión solicita al Estado de
Venezuela que: a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a vida e integridad personal
del señor I.J.M.C.; b) adopte las medidas necesarias para garantizar que las
condiciones de detención del propuesto beneficiario cumplan con los estánda res internacionales
aplicables; y c) informe sobre las acciones adoptadas a fin de invest igar los hechos alegados que dieron
lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición.
II. RESUMEN DE HECHOS Y ARGUMENTOS
1. Información aportada por la solicitante
4. El propuesto beneficiario, Teniente Coronel del Ejército, se encontraría privado de libertad en el
fuerte militar “Tiuna”, Caracas, desde el 2 de marzo de 2018, siendo procesado por la presunta comisión
de los delitos de traición a la patria”, instigación a la rebelióny contra el decoro militar1. La
solicitante indicó que sus condiciones de detención suponían una fuente de riesgo, en la medida que el
propuesto beneficiario ha pasado periodos supuestamente incomunicado, “[…] en un cu arto oscuro con
una bolsa en la cabeza y las manos amarradas […]”, donde le lanzaban la comida al suelo.
Adicionalmente, la solicitante alegó que las autoridades le amenazaron con su esposa e hijos y que le
castigaron encerrándolo varias veces en lo que se denominó como “jaula de los locos”.
5. Conforme a la información disponible, se trataría de una celda de 2x3 metros aproximadamente
con condiciones insalubres e inhumanas, en donde los detenidos serían sometidos a torturas continuas
1 La solicitante indicó que esta detención se dio en un contexto de represión y persecución perpetrado por el Estado contra civiles y militares.

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