Resolution IACHR. Precautionary Measure No. 548/15 (Colombia), 01-11-2016

Case OutcomeGranted
Case TypePrecautionary Measures
Respondent StateColombia
CourtInter-American Comission of Human Rights
Date01 November 2016
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHO S HUMANOS
RESOLUCIÓN 53/2016
MEDIDA CAUTELAR No. 548-15
Comunidades mineras tradicionales y ancestrales de R.dios y S.a respecto de Colombia1
1 de noviembre de 2016
I. INTRODUCCIÓN
1. El 22 de octubre de 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en lo sucesivo “la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares presentada por P...
.
A.G. (en adelante “el solicitante”), solicitando que la CIDH requiera a la República de Colombia (en
adelante “Colombia” o “el Estado”) que adopte las medidas de protección necesarias para garantizar la vida e
integridad personal de los miembros de las comunidades min eras tradicionales y ancestrales de los municipios
de Segovia y R., departamento de Ant ioquia (en adelante los propuestos beneficiarios”). De acuerdo a
la información aportada por el solicitante, este grupo se encontraría siendo objeto de amenazas,
hostigamientos y actos de violencia por parte de miembros del crimen organizado que supuestamente
controlan la zona en donde a su vez existe un conflicto territorial con la empresa Gran Colombia Gold sobre la
concesión de las minas.
2. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por las partes, la Comisión considera que la
información presentada demuestra, prima facie, que los cinco miembros identificados de las comunidades
mineras tradicionales y ancestrales de los municipios de S.a y R. se encuentran en una situación
de gravedad y urgencia, toda vez que su vida e integrid ad personal se encontrarían en riesgo. En consecuencia,
de acuerdo con el artículo 25 del R.to de la CIDH, la Comisión solicita a Colombia que: a) Adopte las
medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de E.C.Q., J..
.
A.G.G., D.M.R...Á., J.A.Á.E. y P. A lberto G.,
quienes forman parte de las comunidades mineras tradicionales y ancestrales de los municipios d e S.a y
R.; b) Adopte las medidas necesarias para que las personas identificadas puedan desarrollar sus
actividades como defensores de derechos humanos, sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas y
hostigamientos; c) Concierte las medidas con los beneficiarios y sus representantes; y d) Informe sobre las
acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente
medida cautelar y, así evitar su repetición.
II. RESUMEN DE HECHOS Y ARGUMENTOS APORTADOS POR LAS PARTES
3. Según los solicitantes, desde el año 1975 un numeroso grupo de mineros desempleados del Municipio de
S.a tomó “formal y sana posesión” de la mina El Cogote, la cual había sido abandonada, dinamitada e
inundada por la Frontino Gold Mines Ltd., debido a su cierre definitivo. En el año 1986, nació la Asociación
Mutual de Mineros El Cogotecomo resultado de gestiones para “llegar a la formalización de las labores que
se venían desarrollando en la Mina El Cogote”. En respuesta a dicha situación, el 8 de octubre de 2013 la
empresa Zandor Capital S.A Colombiaa quien supuestamente el Estado concesionó la mina- presentó un
amparo administrativo ante la Agencia Nacional Minera pidiendo el cese de actividades, desalojo y decomiso
de todos los minerales que se hallen en las instalaciones de la Mina El Cogote”, comenzando así una
1 Conforme a lo dispuesto en el artículo 17.2.a del R.to de la Comisión, el Comisionado E.G.B. o,
de nacionalidad colombiana, no participó en el debate ni en la decisió n de la presente medida cautelar.

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