Relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno español

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2002-60 1

RELACIONES DERECHO INTERNACIONAL-DERECHO INTERNO.-Aplicación e interpretación de tratados y normas internas.

Segundo. (...) Porque para la recta aplicación del artículo 4 del Convenio de Cooperación Cultural celebrado entre España y Colombia no se puede prescindir de la normativa interna, acorde con las Directivas Comunitarias a que se ha hecho mención. Por ello, la homologación solicitada exige que la Administración lleve a cabo un control de equivalencia del título extranjero respecto del título español al que se pretende homologar (...).

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 10 de diciembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Enrique Cancer Lalanne.]

F.: RAJ, 2002, núm. 664.

R.E.D.I., vol. LIV (2002), 1 Page 824

Nota: Idéntico considerando se recoge en las siguientes sentencias:

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 20 de noviembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.]

F.: RAJ, 2002, núm. 153.

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 21 de noviembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Goded Miranda.]

F.: RAJ, 2002, núm. 154.

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 4 de diciembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.]

F.: RAJ, 2002, núm. 372.

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 21 de diciembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.]

F.: RAJ, 2002, núm. 1810.

[Sentencia TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7.ª) de 21 de diciembre de 2001. Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.]

F.: RAJ, 2002, núm. 1811.

2002-61

RELACIONES DERECHO INTERNACIONAL-DERECHO INTERNO. Jerarquía de los Tratados en España.

Quinto. El quinto motivo alega la infracción del principio de jerarquía normativa establecido en el artículo 9.3 de la Constitución, vulnerado -dice el recurrente- al ignorarse el Convenio Cultural de 1971 y pretender poner por encima de él meras normas reglamentarias.

El recurrente insiste en tomar como presupuesto de su argumentación que el referido Convenio ordena la homologación automática e incondicionada por la mera comprobación de la validez formal de los títulos exhibidos, lo que no es...

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