In memoriam : Alejandro Rodríguez Carrión

AuthorJuan Antonio Carrillo Salcedo
Pages11-12

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Con el fallecimiento de Alejandro Rodríguez Carrión el 14 de mayo de 2008, yo he perdido un amigo fraterno y la comunidad científica de los internacionalistas españoles uno de sus más destacados miembros.

Le conocí en la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada donde Alejandro cursó sus estudios de licenciatura y en la que tuve el privilegio de ser el director de su tesis doctoral. Como signo de su gusto por el compromiso, su trabajo de investigación versó sobre una cuestión muy discutida entonces y ahora: la de saber cuando es lícito y cuando no el uso de la fuerza por los Estados.

Desde aquellos años de las décadas de los sesenta y setenta del siglo pasado, nuestros vínculos de amistad personal y familiar, cultivada en Granada, Madrid, Sevilla y Málaga, se fueron haciendo más y más sólidos, con todas las notas de ese afecto que llamamos amistad.

Alejandro y yo cooperamos en nuestro común quehacer universitario sobre la base de una misma convicción: la de que la Universidad es un ethos, una manera de situarse ante la vida y no en la vida. Juntos recorrimos un largo camino ayudándonos, con delicadeza y desde el respeto a la irreductible singularidad de cada uno, a ser distintos y a la vez afines en lo fundamental.

La comunidad de profesores españoles de Derecho Internacional y de Relaciones Internacionales, por su parte, ha perdido con la muerte de Alejandro un muy destacado miembro de un grupo cada vez más reducido, incluso en peligro de extinción: el de los generalistas.

En efecto, Rodríguez Carrión sostuvo con firmeza una visión global del Derecho Internacional Público en la que lo esencial es tener en cuenta las relaciones e interacciones que se dan entre cada uno de sus sectores. De ahí que en sus estudios se esforzó siempre en no perder de vista los principios constitucionales, las bases que vertebran el Derecho Internacional.

Visión global del Derecho Internacional y, al mismo tiempo, conciencia de cómo las normas de este sistema jurídico están condicionadas, tanto en su elaboración como en su aplicación, por factores culturales, políticos, económicos y sociales.

Esta convicción le llevó a rechazar el formalismo y a ser muy consciente de los límites del Derecho en un medio social tan poco integrado y tan escasamente institucionalizado como es la sociedad internacional. No en vano, había trabajado en la Universidad de Groninga con el profesor Röling, quien con tanta fuerza había afirmado que el Derecho, todo Derecho...

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