Jiménez García, F., Los comportamientos recíprocos en Derecho Internacional

AuthorF. Jesús Carrera Hernández
Pages548-549

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JIMÉNEZ GARCÍA, F., Los comportamientos recíprocos en Derecho Internacional, Dilex, Madrid, 2002, 312 páginas.

No es habitual encontrar jóvenes autores dispuestos a sumergirse en la teoría del Derecho para llevar a cabo trabajos dedicados al análisis de cuestiones propias de la teoría general de nuestra asignatura en los momentos actuales. Sin embargo, Francisco Jiménez García, Profesor Titular de Derecho Internacional Público en la Universidad Rey Juan Carlos, nos ofrece una obra rigurosa y exhaustiva sobre una materia que por insertarse precisamente a esa teoría general está revestida de una gran complejidad: los comportamientos recíprocos en Derecho Internacional.

Bajo este paraguas, el autor expone los caracteres más importantes de tres figuras (la aquiescencia, el estoppel y la confianza legí-tima) que influyen en los procesos de modificación y extinción de derechos y obligaciones internacionales. Y lo hace con gran rigor, siendo destacable el esfuerzo de teorización realizado. En el prólogo, Luis Ignacio Sánchez Rodríguez lo califica como «un trabajo completo, arriesgado y repleto de evidentes referencias teóricas, que aborda el núcleo más duro de nuestra asignatura: el proceso de creación, modificación y extinción de derechos y Page 549 de obligaciones en el ordenamiento internacional».

El libro consta de cuatro capítulos, precedidos de una introducción en la que el autor realiza un planteamiento general de la cuestión y se detiene en la exposición del fundamento jurídico (la buena fe y la seguridad jurídica) común a los comportamientos recíprocos. El origen interno de los mismos, lleva al autor a exponer en el primer capítulo la situación de los comportamientos recíprocos en los ordenamientos internos, deteniéndose especialmente en la doctrina de los propios actos en Derecho español, aunque pasando revista también a otras figuras como el estoppel anglosajón, la «apariencia» francesa o la doctrina alemana sobre la inadmisibilidad de la contradicción con la propia conducta. En este mismo capítulo, el autor analiza el estado de la cuestión en la Unión Europea, centrándose en el análisis de la aplicación del principio de confianza legítima, especialmente como detonante de la responsabilidad de la Comunidad Europea en el marco de su facultad de apreciación del ejercicio de la «protección diplomática comunitaria», cuestión que se encuentra íntimamente vinculada al asunto Odigitria, resuelto en primera instancia por el TPI, y en...

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